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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE ABRIL DEL AÑO 2002 (03/04/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 14

Pág. 220660 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 3 de abril de 2002 Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República NICOLÁS LYNCH GAMERO Ministro de Educación PEDRO PABLO KUCZYNSKI Ministro de Economía y Finanzas 6105 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 098-2002-EF Lima, 2 de abril de 2002 Visto, el Expediente Nº 024216-2001, presentado por la Pontificia Universidad Católica del Perú, sobre inafectación de los Derechos Arancelarios y del Impues- to General a las Ventas a la importación de un bien que se encuentra en el Anexo III del Decreto Supremo Nº 046-97-EF, modificado por el Decreto Supremo Nº 003- 98-EF. CONSIDERANDO: Que, los Artículos 22º y 23º del Decreto Legislativo Nº 882 "Ley de Promoción de la Inversión en la Educación", establecen que la transferencia o importación de bienes y la prestación de servicios que efectúen las instituciones educativas públicas y particulares para sus fines propios están inafectas de los Derechos Arancelarios y del Impuesto General a las Ventas; Que, mediante Decreto Supremo Nº 046-97-EF, modifi- cado por el Decreto Supremo Nº 003-98-EF, se aprobó la relación de bienes y servicios inafectos al pago de los De- rechos Arancelarios y del Impuesto General a las Ventas aplicables a las instituciones educativas públicas o parti- culares, estableciéndose, asimismo, el procedimiento para la aplicación del beneficio tributario a los bienes incluidos en el Anexo III; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legis- lativo Nº 882 y el Decreto Supremo Nº 046-97-EF, modifi- cado por el Decreto Supremo Nº 003-98-EF; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- APRUÉBASE, en vía de regularización, la inafectación de los Derechos Arancelarios y del Impues- to General a las Ventas a la importación realizada por la Pontificia Universidad Católica del Perú, según consta en el Expediente Nº 024216-2001, por un valor total de US$ 8 698,09 (Ocho Mil Seiscientos Noventa y Ocho y 09/100 Dólares de Estados Unidos de América), del siguiente bien que se encuentra incluido en el Anexo III del Decreto Su- premo Nº 046-97-EF, modificado por el Decreto Supremo Nº 003-98-EF: Cantidad Partida Descripción (Unidad) Arancelaria 018421.19.10.00 Centrifugadoras y secadoras centrífugas de laboratorio Artículo 2º.- La inafectación a que se refiere el artí- culo anterior procederá siempre que la importación del bien se ajuste a la cantidad, valor y demás característi- cas declaradas en los formularios de "Importaciones Li- beradas - Decreto Legislativo Nº 882", presentados por la Pontificia Universidad Católica del Perú, según el Expe- diente Nº 024216-2001 y que dicho bien sea destinado al cumplimiento de los fines propios de la referida institu- ción educativa. Lo dispuesto en este artículo se aplica sin perjuicio de las acciones de fiscalización que correspondan efectuar según el caso, al Ministerio de Educación, así como a la Superintendencia Nacional de Aduanas -ADUANAS-, in-cluyendo la verificación de la clasificación arancelaria de los bienes cuya inafectación se solicita. Artículo 3º.- Transcríbase la presente Resolución a la Superintendencia Nacional de Aduanas. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Educación y por el Ministro de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República NICOLÁS LYNCH GAMERO Ministro de Educación PEDRO PABLO KUCZYNSKI Ministro de Economía y Finanzas 6106 Aprueban Calendario de Compromisos del mes de abril del Año Fiscal 2002 RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 015-2002-EF/76.01 Lima, 1 de abril de 2002 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Directoral Nº 013-2002- EF/76.01 se aprobó la Asignación y Previsión Trimes- tral correspondiente al Segundo Trimestre del año fis- cal 2002 por cada Fuente de Financiamiento, para la ejecución de gastos de los Pliegos Presupuestarios, la misma que comprende el nivel de recursos disponibles para el Calendario de Compromisos del mes de abril del Año Fiscal 2002; Que, de acuerdo con lo establecido por el Artículo 32º de la Ley Nº 27209 - Ley de Gestión Presupuestaria del Estado, la ejecución de gastos informada por los Pliegos Presupuestarios por las distintas fuentes de financiamiento se efectúa mediante los Calendarios de Compromisos, te- niendo en cuenta la Asignación y Previsión Trimestral de gastos, sujetándose a la disponibilidad de los Recursos Públicos, la cual constituye la autorización máxima para la ejecución de egresos y no convalidan actos o acciones de los Pliegos Presupuestarios que no se ciñan a la normati- vidad vigente; De conformidad con lo dispuesto por el Artículo 32º de la Ley Nº 27209 - Ley de Gestión Presupuestaria del Esta- do y el Artículo 21º de la Directiva Nº 001-2002-EF/76.01 aprobada por la Resolución Directoral Nº 043-2001-EF/ 76.01; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el Calendario de Compromisos del mes de abril del Año Fiscal 2002, en los montos que se detallan en el Anexo de la presente Resolución. Artículo 2º.- El Calendario de Compromisos aproba- do, no convalida actos, acciones o gastos de los Plie- gos Presupuestarios que no se ciñan a la normatividad vigente, de conformidad con el Artículo 32º de la Ley Nº 27209. Artículo 3º.- Los montos aprobados en el Anexo que se señala en el Artículo 1º, se desagregan a nivel de Pliego, Unidad Ejecutora, Función, Programa, Grupo Genérico de Gastos y Fuentes de Financiamiento, de acuerdo a los reportes que forman parte del Calenda- rio de Compromisos del mes de abril del Año Fiscal 2002. Regístrese y comuníquese. NELSON SHACK YALTA Director General Dirección Nacional del Presupuesto Público