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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE ABRIL DEL AÑO 2002 (03/04/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 5

Pág. 220651 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 3 de abril de 2002 deficiencias de la infraestructura de riego y drenaje, así como establecer los requisitos para acceder a los pro- gramas de financiamiento para la ejecución de obras de mejoramiento de esa infraestructura; Con las visaciones del Jefe del Instituto Nacional de Recursos Naturales - INRENA, la Oficina General de Pla- nificación Agraria y de la Oficina General de Asesoría Jurí- dica; De conformidad con el inciso a) del Artículo 5º de la Ley Orgánica del Ministerio de Agricultura - Decreto Ley Nº 25902 y el Artículo 8º de su Reglamento de Organiza- ción y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 017- 2001-AG; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar los "Lineamientos básicos para el financiamiento de obras de mejoramiento de la infraes- tructura de riego y drenaje a nivel nacional, con la partici- pación de las Juntas de Usuarios de los Distritos de Rie- go", en los términos siguientes: - Apoyar e impulsar la participación de las Juntas de Usuarios en el financiamiento y construcción de obras de mejoramiento de infraestructura de riego y drenaje a nivel nacional. - Propugnar la cultura de pago de la tarifa por uso de agua y alentar la concientización, por parte de los usuarios de agua, sobre la importancia de cumplir con el pago inme- diato de la tarifa por el uso de agua (pago contra entrega de agua). - Apoyar la formación de capacidades, para una ges- tión técnica y administrativa más efectiva y eficiente de las Juntas de Usuarios. Artículo 2º.- Para participar en los programas de finan- ciamiento con recursos del Estado, a cargo del Ministerio de Agricultura, provenientes del Tesoro Público o de En- deudamiento Externo, que tienen por objeto ejecutar obras de mejoramiento de la infraestructura de riego y drenaje a nivel nacional, las Juntas de Usuarios deberán cumplir con los requisitos siguientes: a. Aportar con el 15% como mínimo, del costo total de cada obra y de la supervisión correspondiente. b. Acreditar la designación de los miembros de la Junta Directiva vigente, con inscripción en los Registros Públicos. c. Acreditar la contratación del Gerente Técnico. d. Presentar presupuestos realistas para ejecutar la operación y mantenimiento de las obras. e. Acreditar el pago inmediato de la tarifa por uso de agua con fines agrarios. f. Acreditar que por lo menos el 75% de los miembros de la Junta de Usuarios se encuentre al día en el pago de la Tarifa por uso de Agua con Fines Agrarios. g. Demostrar capacidad económica y/o patrimonial para ser sujetos del financiamiento. h. Otros requerimientos de las entidades financieras internacionales para cumplir con el proceso de elegibili- dad.Artículo 3º.- La Oficina General de Planificación Agraria en coordinación con la Dirección General de Aguas y Suelos del Instituto Nacional de Recursos Naturales - INRENA, evaluará el cumplimiento de la presente resolución. Regístrese y comuníquese. ÁLVARO QUIJANDRÍA SALMÓN Ministro de Agricultura 6085 DEFENSA Autorizan viaje de oficiales FAP para asistir a Feria Internacional del Aire y del Espacio (FIDAE 2002) que se reali- za en Chile RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 611-DE/FAP-CP Lima, 26 de marzo de 2002 Vista la hoja de recomendación COMA-Nº 0011 de fecha 26 de febrero de 2002 del Comandante de Mate- rial, Oficio IV-170-PEPE-Nº 0249 de fecha 1 de marzo de 2002 del Comandante de Personal, Hoja de Recomendación EMPE-Nº 0006-2002 de fecha 13 de marzo de 2002 del Jefe del Estado Mayor General y M/ C SGFA-181735 marzo-2002 del Secretario General; referentes a la propuesta de nombramiento en Comi- sión del Servicio al extranjero del Personal Militar FAP que se indica; CONSIDERANDO: Que, el Personal Militar FAP que se indica en la parte resolutiva ha sido propuesto para ser nombrado en Comi- sión del Servicio a la República de Chile, del 31 de marzo al 6 de abril de 2002, con la finalidad de asistir a la Feria Internacional del Aire y del Espacio (FIDAE 2002), a desa- rrollarse en el aeropuerto Los Cerrillos, en la ciudad de Santiago de Chile; Que, los costos de los pasajes de ida y retorno se- rán asumidos por el Grupo Tecnológico del Perú S.A. representante en el Perú de los Sistemas Silicon Gra- phics; Que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619 del 4 de enero de 2002, Decreto Supremo Nº 048- 2001-PCM del 27 de abril de 2001 y su modificatoria el Decreto Supremo Nº 053-2001-PCM del 8 de mayo de 2001; y, Estando a lo opinado por el Comandante de Perso- nal, a lo informado por el Jefe del Estado Mayor Gene- ral y a lo acordado con el Comandante General de la FAP;