Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE ABRIL DEL AÑO 2002 (16/04/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 33

Pág. 221479 NORMAS LEGALES Lima, martes 16 de abril de 2002 VISTO: El Oficio Nº 076-NAC-2002/CEC-PUCP, de fecha 27 de marzo de 2002, de la Directora del Centro de Educa- ción Continua de la Pontificia Universidad Católica del Perú; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución del Superintendente Nacio- nal de los Registros Públicos Nº 097-96-SUNARP, de fe- cha 3 de junio de 1996, se aprobó el Texto Único Ordenado del Reglamento del Concurso Público de Méritos para el acceso a los cargos de Registrador Público e Integrante de los Órganos de Segunda Instancia Administrativa Re- gistral; Que, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 6º de la Ley Nº 26366, para acceder al cargo de Registrador Públi- co se requiere, como uno de los requisitos, aprobar el con- curso público de méritos supervisado por la SUNARP; es- tableciéndose en el Artículo 17º del Texto Único Ordenado del Reglamento de Concurso Público, como una de las eta- pas de estos concursos públicos, el examen escrito que deberán rendir los postulantes; Que, mediante Resolución del Superintendente Nacio- nal de los Registros Públicos Nº 032-2002-SUNARP, de fecha 22 de enero de 2002, se ha incorporado al Texto Único Ordenado del referido Reglamento, el Artículo 20-A, que establece que " Están exceptuados de rendir el examen escrito, los postulantes que acrediten haber aprobado con nota no menor a 13/20, cualquiera de los cursos de post- grado, post-título o diplomado que promueva la SUNARP ...", estableciéndose además que " Los cursos a que se refiere este artículo, deberán estar referidos a alguna área del Derecho Registral, tener una duración no menor a 100 ho- ras académicas y ser reconocidos como válidos para los concursos públicos a través de Resolución del Superin- tendente Nacional, la misma que deberá publicarse en el Diario Oficial El Peruano"; Que, la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos está colaborando con el Centro de Educación Continua de la Pontificia Universidad Católica del Perú en la organización del curso: "PRIMER POST TÍTULO INTER- NACIONAL EN DERECHO REGISTRAL Y NOTARIAL ", el mismo que se desarrollará en la ciudad de Lima, del 6 de junio al 29 de agosto del presente año, con un total de 135 horas académicas; Que, son funciones y atribuciones del Superin- tendente Nacional de los Registros Públicos, de acuer- do al Estatuto de la SUNARP, promover la realización de estudios e investigaciones en materia registral, así como promover la capacitación de los registradores públicos y demás personal de los registros que forman parte del Sistema; Con lo que antecede, y de conformidad con lo dispues- to en el inciso v), del Artículo 7º del Estatuto de la Superin- tendencia Nacional de los Registros Públicos; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Reconocer como válido, para efectos de los Concursos Públicos de Méritos para el acceso a los cargos de Registrador Público e Integrante de los Órganos de Segunda Instancia Administrativa Registral, al curso: "PRIMER POST TÍTULO INTER- NACIONAL EN DERECHO REGISTRAL Y NOTARIAL", que organizará el Centro de Educación Continua de la Pontificia Universidad Católica del Perú con la colabora- ción de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, el Comité Latinoamericano de Consulta Regis- tral y la Universidad Notarial Argentina, el mismo que se llevará a cabo en la ciudad de Lima, durante los meses de junio, julio y agosto de 2002. Artículo Segundo.- Disponer que los participantes que logren aprobar el curso, con la nota mínima requeri- da, podrán solicitar su exoneración del examen escrito en los concursos públicos que convoquen las Oficinas Registrales a nivel nacional, de conformidad con lo es- tablecido en el Artículo 20-A del Texto Único Ordenado del Reglamento de Concurso Público de Méritos para el acceso a los cargos de Registrador Público e Integrante de los Órganos de Segunda Instancia Administrativa Registral.Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS GAMARRA UGAZ Superintendente Nacional de los Registros Públicos 6759 CONSEJOS TRANSITORIOS DE ADMINISTRACIÓN REGIONAL Aprueban Texto Único de Procedimien- tos Administrativos del CTAR Callao RESOLUCIÓN DE LA PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 091-2002-CTAR CALLAO-PE Callao, 11 de abril de 2002 VISTOS; El Informe Nº 031-2002-CTAR CALLAO/ST/OOS, de fecha 19 de febrero del 2002, emitido por la Oficina de Or- ganización y Sistemas del Consejo Transitorio de Adminis- tración Regional del Callao – CTAR CALLAO; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 757, Ley Marco para el Crecimiento de la Inversión Privada, se ha estable- cido la obligatoriedad para las diversas Instituciones y Or- ganismos Públicos de cualquier naturaleza ya sean depen- dientes del Gobierno Central, Gobiernos Regionales o Lo- cales, de aprobar normas legales destinadas a unificar, reducir y simplificar todos los procedimientos y trámites administrativos que se siguen ante estas instituciones y organismos públicos; Que, las instituciones y organismos públicos mencio- nados deberán aprobar su correspondiente Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA), de conformidad con lo establecido por el Decreto Supremo Nº 094-92-PCM; Que, por Decreto Supremo Nº 018-2001-PCM se dis- pone que las entidades del Sector Público incorporen en sus TUPA un procedimiento para facilitar a las personas el acceso a la información que posean o produzcan; Que, la Oficina de Organización y Sistemas del Conse- jo de Administración del Consejo Transitorio de Adminis- tración del Callao, en coordinación con las Unidades Orgá- nicas ha elaborado el Texto Único de Procedimientos Ad- ministrativos (TUPA); Con las visaciones de la Secretaría Técnica, la Geren- cia Regional de Asesoría Jurídica, la Gerencia Regional de Operaciones, la Gerencia Regional de Control Interno, la Gerencia Regional de Promoción de Inversiones, la Ge- rencia Regional de Planificación, Presupuestos y Desarro- llo Institucional, la Gerencia Regional de Administración y de la Oficina de Organización y Sistemas; En uso de la atribución conferida por el Artículo 15º in- ciso o) del Reglamento de Organización y Funciones del CTAR CALLAO, aprobado por Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 193- 2001- PE; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar el Texto Unico de Procedi- mientos Administrativos (TUPA), del Consejo Transitorio de Administración Regional del Callao- CTAR CALLAO, docu- mento de gestión que forma parte integrante de la presen- te Resolución. Artículo Segundo.- Dejar sin efecto cualquier disposi- ción que se oponga o contradiga a lo dispuesto en la pre- sente Resolución. Regístrese y comuníquese. ROGELIO A. CANCHES GUZMÁN Presidente Ejecutivo Consejo Transitorio de Administración Regional del Callao CTAR - CALLAO