Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE AGOSTO DEL AÑO 2002 (02/08/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 46

Pág. 227600 NORMAS LEGALES Lima, viernes 2 de agosto de 2002 de Recepción de Obras Tipo Progresivo signado con el Nº 003-2000-DHU-DDU/DDU/MDSJL; Que, es procedente atender la solicitud de la Recepción de Obras de la Habilitación de la Asociación Provivienda Inca Manco Cápac, II Etapa Mz. W III de Tipo Progresivo de con- formidad a lo dispuesto en el inciso b) del Artículo 9º del Decreto Supremo Nº 011-98-MTC, que da por cumplida la Etapa de Aprobación de la Habilitación Urbana a aquellos que contaran con resolución consentida que apruebe los Estudios preliminares y permite que soliciten la Recepción de Obras de Habilitación Urbana. La Asociación recurrente tiene culminadas las obras de Agua/desagüe y Electrifica- ción al 100% y la culminación de las obras de pavimentación y veredas se ejecutará en el plazo de cuatro (4) años por ser considerado Habilitación de Tipo Progresivo, de acuerdo a las consideraciones técnicas de pavimentos (subrasante, base, superficie de rodadura, bermas centrales, aceras, sar- dineles, rampas peatonales) según se indican en el cuarto considerando de la presente resolución; Que, en concordancia a lo establecido en los Artículos II-XVIII-3.6 y II-XVIII-4.6, del Reglamento Nacional de Cons- trucciones y el Artículo 47º del Reglamento de Inscripcio- nes, en la resolución de recepción de obras se dispondrá la libre venta de los lotes y la incorporación de la habilita- ción a la jurisdicción municipal correspondiente; Que, la Asociación recurrente, ha cumplido con los pa- gos de derecho de trámite e inspecciones técnicas según TUPA de la Municipalidad de San Juan de Lurigancho por S/. 340.00 Nuevos Soles, de acuerdo al Informe Nº 008- 2000-DCUC-DDU/MDSJL; Que en concordancia al Texto Único del Reglamento de la Ley General de Habilitaciones en su Artículo 20º apro- bado con D.S. Nº 011-98-MTC, el Plano de Replanteo Nº 003-2000-DHU-DDU/DDU/MDSJL de la Recepción de Obras, NO PRESENTA modificaciones de las obras en la habilitación de la Mz. W III de la II Etapa de la Asociación Provivienda Inca Manco Cápac, que impliquen una revi- sión de los Planes de Desarrollo Urbano, NO Requiriéndose por lo tanto de una revisión por parte de la Municipalidad Provincial de Lima; Que, la Asociación recurrente, ha redimido en dinero los déficit de aportes reglamentarios correspondientes para Educación mediante depósito en efectivo de S/. 272.00 (doscientos setentidós con 00/100 Nuevos Soles), cance- lados a la Cta. Cte. Nº 0000249351 del Ministerio de Edu- cación de fecha 22.Nov.1999. Habiendo asimismo cumpli- do con la redención en dinero del déficit de aportes para Recreación Pública según Oficio Nº 514-91/SERPAR-LIMA/ OGA/MLM; Que, con Informe Técnico Nº 008-2000-DCUC-DDU/ MDSJL de la División de Catastro, Informe Nº 108-DHU- DDU/MDSJL de la División de Habilitaciones Urbanas e Informe Nº 1675-2000-OAJ-MSJL, de la Oficina de Aseso- ría Jurídica se da cuenta de la PROCEDENCIA de lo soli- citado; Estando a las consideraciones expuestas y en uso de las facultades conferidas por el inciso 6) del Artículo 47º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dar por cumplida la Etapa de Apro- bación de Habilitación Urbana para Uso Residencial de Densidad Media R-4, del terreno de la Manzana W III de la II Etapa de la Asociación Provivienda Inca Manco Cápac, de 8,000.00 m² (Ocho mil con 00/100 Nuevos Soles), de propiedad de la Asoc. Provivienda Inca Manco Cápac, ubi- cado en el distrito de San Juan de Lurigancho, provincia y departamento de Lima. Artículo Segundo.- Declárese cumplidas las Obras de Habilitación Urbana Tipo Progresivo, del terreno de 8,000.00 m² referido en el artículo precedente, de acuerdo al Plano de Replanteo signado con el Nº 003-2000-DHU-DDU/ MDSJL, que es parte integrante de la presente resolución, otorgándose a la Asociación recurrente un plazo de cuatro (4) años, para culminar con la pavimentación y y veredas, de acuerdo a las especificaciones técnicas establecidas en el quinto considerando de la presente resolución. Artículo Tercero.- Aprobar el Plano de Replanteo sig- nado con el Nº 003-2000-DHU-DDU/MDSJL, el cual NO PRESENTA modificaciones de las obras en el proyecto de Habilitación Urbana de la Manzana W III de la II Etapa de la Asociación Provivienda Inca Manco Cápac, que requieran revisión de los Planes de Desarrollo Urbano. NO Requi- riéndose de revisión por parte de la Municipalidad Provin- cial de Lima, sobre los Planes de Desarrollo Urbano, en concordancia con el Artículo 20º del D.S. Nº 011-98-MTC. dándose por aprobado la Recepción de Obras de la Mz. WIII de la II Etapa de la Asoc. Provivienda Inca Manco Cápac. Artículo Cuarto.- Del área bruta total de 8,000.00 m² (Ocho mil con 00/100 metros cuadrados), corresponde área útil de lotes de 5,491.99 m² (Cinco mil cuatrocientos no- ventiuno con 99/100 metros cuadrados), distribuidos en cuatro (4) Manzanas (A, B, C y D) y total de 53 lotes, de la siguiente manera: MZ. CANTIDAD RANGO MZ. CANTIDAD RANGO LOTES DE LOTES LOTES DE LOTES A 15 del 1 al 15 C 13 del 1 al 13 B 14 del 1 al 14 D 11 del 1 al 11 Total de Manzanas: 4 Total de Lotes: 53 Lotes Correspondiendo para vías un área de 2,5081.01 m² (dos mil quinientos ocho con 01/100 metros cuadrados), cuyo detalle por lote se indica en el Plano Nº 003-2000- DHU-DDU/MDSJL, que es parte integrante de la presente Resolución. Artículo Quinto.- Autorícese la libre venta de lotes de la presente habilitación urbana recepcionada, de confor- midad con el Plano de Replanteo Nº 003-2000-DHU-DDU/ MDSJL. Artículo Sexto.- Dispóngase que la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano estará a cargo de la parte interesada. Artículo Sétimo.- Transcríbase esta Resolución a la Oficina Registral de Lima y Callao - ORLC, para su corres- pondiente inscripción, de acuerdo a Ley General de Habili- taciones Urbanas Nº 26878 y al D.S. Nº 011-98-MTC. Para su incorporación de la habilitación recepcionada al casco urbano del distrito de San Juan de Lurigancho. Artículo Octavo.- Encargar a la Dirección de Desarro- llo Urbano y a la Oficina de Asesoría Jurídica, el cumpli- miento de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y cúmplase. RICARDO CHIROQUE PAICO Alcalde 13749 MUNICIPALIDAD DE SAN MIGUEL Prorrogan período de regularización tributaria y administrativa municipal - PERTAM DECRETO DE ALCALDÍA Nº 08-2002-MDSM San Miguel, 31 de julio de 2002 LA ALCALDESA DE SAN MIGUEL Visto el informe de la Oficina de Rentas en el que soli- cita se amplíe el plazo de vigencia del PERTAM de acuerdo a lo dispuesto por el Artículo 5º de la Ordenanza Nº 09- 2002; CONSIDERANDO: Que, la Oficina de Rentas ha señalado que existe un gran número de contribuyentes que están solicitando se amplíe el plazo del PERTAM a fin de poder regularizar to- das sus deudas pendientes de pago; Que, teniendo presente la petición formulada por los vecinos del distrito de San Miguel, quienes demuestran su voluntad de regularizar sus deudas tributarias frente a la Administración Tributaria, en base a los beneficios otorga- dos por el Período de Regularización Tributaria y Adminis- trativa y, que en razón del tiempo y de la situación econó- mica se ven imposibilitados de acogerse a los beneficios contenidos en la Ordenanza Nº 09-2002-MDSM; Que, el plazo ampliado mediante el Decreto de Alcaldía Nº 07-2002-MDSM ha resultado insuficiente para que un gran número de contribuyentes puedan regularizar su si- tuación administrativa y tributaria, esto debido a que la si- tuación económica no ha mejorado; Que, la Administración Tributaria no puede estar ajena respecto de la situación antes expuesta, por lo que se hace necesario establecer una prórroga del plazo establecido en la Ordenanza Nº 09-2002-MDSM y sus consecuentes be-