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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE AGOSTO DEL AÑO 2002 (02/08/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 47

Pág. 227601 NORMAS LEGALES Lima, viernes 2 de agosto de 2002 neficios establecidos en favor de los vecinos y/o contribu- yentes de nuestro distrito; Que, el Artículo 5º de la Ordenanza Nº 09-2002-MDSM establece que el plazo establecido puede ser prorrogado mediante Decreto de Alcaldía; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades con- feridas en la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 23853 y el Artículo 5º de la Ordenanza Nº 09-2002-MDSM; SE DECRETA: Artículo Primero.- Prorrogar el plazo de vigencia de la Ordenanza Nº 09-2002-MDSM hasta el día 31 de agosto del 2002 respecto al período de regularización tributaria y administrativa municipal - PERTAM. Artículo Segundo.- Encargar a la Oficina de Rentas, Informática, Administración, Imagen Institucional y Ejecu- toría Coactiva el cumplimiento del presente Decreto. POR TANTO: Regístrese, comuníquese y cúmplase. JORGE MORENO MORÁN Alcalde 13790 MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO Prorrogan vigencia de Campañas de Desagio de Deudas Tributarias y de Fle- xibilización de Multas Administrativas ORDENANZA Nº 114-MSS Santiago de Surco, 1 de agosto de 2002 EL ALCALDE DE SANTIAGO DE SURCO POR CUANTO: El Concejo Municipal de Santiago de Surco, en Sesión Extraordinaria de la fecha; CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 102-MSS de fecha 9.MAY.2002 se aprobó la Campaña Especial de Regularización de Deudas Exigibles Pendientes de Pago - Desagio de Deu- das Tributarias a desarrollarse del 1.JUN. al 31.JUL.2002; Que, mediante Ordenanza Nº 98-MSS de fecha 10.ABR.2002 se aprobó la Campaña de Flexibilización y/o Condonación de Sanciones Administrativas, la misma que mediante Ordenanza Nº 113-MSS se prorrogó hasta el 31.JUL.2002; Que, teniendo en cuenta la acogida que han tenido ambas campañas entre los vecinos y contribuyentes, lo que ha quedado demostrado con la masiva afluencia de público a los centros de atención, y a la solicitud presen- tada por los vecinos; y a fin de brindar los mayores benefi- cios para la regularización de obligaciones pendientes con la Municipalidad, es conveniente prorrogar la vigencia de las mencionadas campañas; Que, el Artículo 2º de la Ley Orgánica de Municipali- dades Nº 23853, establece que las Municipalidades, como órganos de gobierno local, tienen autonomía económica y administrativa en los asuntos de su competencia; De conformidad a lo dispuesto por los Artículos 36º in- ciso 3), 109º y 110º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, por Unanimidad aprobó la siguiente: ORDENANZA PRÓRROGA DE LA VIGENCIA DE LAS CAMPAÑAS DE DESAGIO DE DEUDAS TRIBUTARIAS Y DE FLEXIBILIZACIÓN DE MULTAS ADMINISTRATIVAS Artículo 1º.- Prorróguese hasta el 5.SET.2002 los be- neficios establecidos en la Campaña de Desagio de Deu-das Tributarias aprobada por Ordenanza Nº 102-MSS, tan- to para personas naturales como jurídicas. Artículo 2º.- Prorróguese hasta el 5.SET.2002 los be- neficios establecidos en la Campaña de Flexibilización de Multas Administrativas aprobada por Ordenanza Nº 98-MSS y que fuera prorrogada por Ordenanza Nº 113-MSS. Artículo 3º.- La presente Ordenanza entrará en vigen- cia a partir del día siguiente de su publicación. Artículo 4º.- Encargar el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Oficina de Rentas y a la Dirección de Fis- calización y Control. POR TANTO: Mando se registre, comunique, publique y cumpla. CARLOS DARGENT CHAMOT Alcalde 13791 MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO Prorrogan vigencia de amnistía tribu- taria y administrativa aprobada median- te Ordenanza Nº 088/MDS DECRETO DE ALCALDÍA Nº 011-02-MDS Surquillo, 31 de julio de 2002 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SURQUILLO VISTO: El Informe Nº 039-02-OR/MDS del 23.7.02, mediante el cual la Oficina de Rentas solicita la Ampliación de la Amnistía Tributaria y Administrativa, aprobada por la Ordenanza Nº 088/MDS de fecha 10 de julio del 2002; CONSIDERANDO: Que, mediante el Informe de Vistos, la Oficina de Ren- tas de la Municipalidad de Surquillo, solicita la Ampliación de la Amnistía Tributaria y Administrativa contenida en la Ordenanza Nº 088/MDS del 10 de julio del 2002, cuyo ven- cimiento fue ampliado mediante Decreto de Alcaldía Nº 010- 02-MDS del 19 de julio del 2002, hasta el 31 de julio del 2002; Que, siendo conveniente dar atención a las solicitudes de los vecinos del distrito de Surquillo, en el sentido de ampliar la vigencia de la Amnistía Tributaria con la finalidad de que los contribuyentes puedan cumplir con sus obliga- ciones tributarias; Que, el Artículo Noveno de la referida Ordenanza Nº 088/MDS, faculta al señor Alcalde para que, mediante De- creto de Alcaldía, amplíe su vigencia; Por lo que, en uso de las facultades conferidas por los incisos 3) y 6) del Artículo 47º y estando a lo previsto por el Artículo 111º de la Ley Nº 23853 - Ley Orgánica de Munici- palidades; SE RESUELVE: Artículo Primero.- PRORRÓGUESE hasta el 15 de agosto del 2002, la vigencia de la Amnistía Tributaria y Ad- ministrativa, aprobada mediante Ordenanza Nº 088/MDS de fecha 10 de julio del 2002. Artículo Segundo.- Encárguese el cumplimiento del presente Decreto a la Oficina de Rentas, Oficina de Infor- mática y Unidad de Imagen Institucional. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. GUSTAVO SIERRA ORTIZ Alcalde 13727