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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE AGOSTO DEL AÑO 2002 (05/08/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 12

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Pág. 227704 NORMAS LEGALES Lima, lunes 5 de agosto de 2002 privadas solicitan por escrito al Director General de la Oficina Ejecutiva de Control de Drogas la asignación del(de los) bien(es) incautado(s) por tráfico ilícito de drogas. 2. Las unidades orgánicas de la OFECOD pertinen- tes evalúan, desde el punto de vista administrativo y le- gal, la solicitud presentada teniendo en cuenta los crite- rios de priorización establecidos en el literal anterior y emiten tanto el Informe como el dictamen legal corres- pondiente. 3. El Director General de la OFECOD aprueba o desa- prueba el Informe y Dictamen legal emitido. En caso de ser favorable a lo solicitado dispone la formulación de la Resolución Directoral correspondiente. En caso de ser desfavorable a lo solicitado dispone se comunique a la entidad solicitante. 4. Aprobada la Resolución Directoral correspondien- te se procede de la manera siguiente: a. Se remite copia certificada de la Resolución Direc- toral a la dependencia o institución pública o privada beneficiaria, a la Oficina de Control Interno, a la unidad orgánica responsable de la custodia del bien o de los bienes. b. Se solicita a la entidad beneficiaria designe por escrito a un servidor o funcionario para que actuando en representación legal de la misma proceda a suscribir el Acta de Entrega, Recepción e Inventario del Bien . c. El Director General de la OFECOD designa al funcio- nario o servidor funcionalmente competente para que en representación de la OFECOD suscriba el Acta de En- trega, Recepción e Inventario del Bien . VI. DISPOSICIONES FINALES A. La OFECOD efectuará las acciones de verificación y control administrativo sobre los bienes asignados, de conformidad a las normas contenidas en el "Reglamen- to de Administración de Bienes Decomisados o Incautados por Tráfico Ilícito de Drogas" , aprobado por Resolución Ministerial Nº 001-IN/OFECOD-F de 18 de marzo de 1987. B. La Oficina de Control Interno realizará las accio- nes de verificación y control posterior que correspondan para asegurar el correcto cumplimiento de las disposi- ciones de la presente Directiva. Lima, 24 de enero del 2002 1813 MIMDES Auspician la I Conferencia Latinoame- ricana 2002 "Fortaleciendo Alianzas para el Apoyo a las Madres", a realizar- se en la ciudad de Lima RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 450-2002-MIMDES Lima, 2 de agosto de 2002 Vistos la Carta de fecha 18 de junio de 2002, de la Directora Ejecutiva del Centro de Promoción y Estudios de Nutrición - CEPREN; CONSIDERANDO: Que, el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, di- seña, propone y ejecuta la política de desarrollo social y humano promoviendo la equidad de género y la igualdad de oportunidades para la mujer, la niñez, la tercera edad y las poblaciones en situación de pobreza y pobreza ex- trema, discriminadas y excluidas; Que, mediante el documento de vistos la Directora Ejecutiva del Centro de Promoción y Estudios de Nutri- ción - CEPREN, comunica que viene organizando la I Conferencia Latinoamericana 2002 "Fortaleciendo Alian- zas para el Apoyo a las Madres" a llevarse a cabo del 25al 30 de agosto de 2002, en la ciudad de Lima, con el objetivo de promover la iniciativa global de apoyo a las madres (IGAM) dentro del marco del Plan de Acción por la Infancia y de la campaña de la semana mundial de lactancia materna 2002, por lo que en este contexto re- sulta procedente auspiciar el mencionado evento; Con la opinión favorable de la Gerencia de Promoción de la Niñez y la Adolescencia del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27793 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Auspiciar la I Conferencia Latinoamerica- na 2002 "Fortaleciendo Alianzas para el Apoyo a las Madres", organizado por el Centro de Promoción de la Mujer y Estudios de Nutrición - CEPREN, a realizarse del 25 al 30 agosto de 2002, en la ciudad de Lima. Artículo 2º.- El auspicio del evento a que se hace referencia, no generará egreso alguno al Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social. Artículo 3º.- Remitir copia de la presente Resolución al Centro de Promoción y Estudios en Nutrición - CE- PREN. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANA MARÍA ROMERO-LOZADA L. Ministra de la Mujer y Desarrollo Social 13921 Dejan sin efecto resolución que autori- zó a procuradora iniciar acciones con- tra ex funcionarios de la COOPOP por presunta responsabilidad civil y penal RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 456-2002-MIMDES Lima, 2 de agosto de 2002 Vistos el Oficio Nº 406-2002-GG/COOPOP de fecha 10 de julio de 2002, de la Gerencia General de la Oficina Nacional de Cooperación Popular - COOPOP, y el Oficio Nº 1962-02/PROMUDEH-PP de fecha 11 de julio de 2002, de la Procuraduría Pública del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social; CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 379-2002- PROMUDEH de fecha 3 de julio de 2002, se resolvió au- torizar a la Procuradora Pública a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, para que en representación y defensa del Estado inicie e impulse las acciones legales correspondientes contra Hugo Abelardo Cuellar Maugriola, ex Jefe de la Unidad Operativa de COOPOP - Huancapi, y contra aquellos que resulten responsables, por supuesto ejercicio ilegal de la profesión y supuesta falsificación de documentos; Que, los antecedentes administrativos que dieron origen a la Resolución Ministerial antes mencionada obran en el Oficio Nº 313-2002-GG/COOPOP, el mis- mo que corre adjunto al Oficio Nº 1962-02/PROMUDEH- PP de vistos, en el cual la Gerenta General de la Ofici- na Nacional de Cooperación Popular - COOPOP, soli- cita a la señora Procuradora Pública del Ministerio que inicie las acciones judiciales contra la persona men- cionada ut supra; Que, asimismo, la señora Procuradora Pública del Ministerio remite dichos actuados administrativos y el Informe Especial Nº 01-2002-02-0197 "Examen Especial sobre verificación de hechos denunciados en la Unidad Operativa COOPOP - Huancapi, Ayacucho", a fin de que se deje sin efecto la Resolución Ministerial precitada, y se considere a dicho Informe de Control como base para