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Pág. 234451 NORMAS LEGALES Lima, martes 3 de diciembre de 2002 Nº 457-2002-OAT/MC por el cual la Oficina de Adminis- tración Tributaria, presenta las propuestas de beneficios tributarios que fueron aprobadas por la Comisión Espe- cial de Regidores y Funcionarios, la misma que fuera constituida en sesión Ordinaria de Concejo de fecha 27 de noviembre del 2002, mediante el cual se presenta propuesta de Beneficios Tributarios, como parte del Ani- versario del distrito. CONSIDERANDO: Que, al 31 de octubre del presente año, la Municipa- lidad Distrital de Comas tiene como saldos por cobrar, el Impuesto Predial del Insoluto más los gastos adminis- trativos por un monto aproximado de S/. 9'249,988.00, los cuales se encuentran con un descuento de moras e intereses; de igual manera se tiene saldos por cobrar de los Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines que ascienden a S/. 17'235,960.00, de dicha cantidad S/. 6,131,134.00 corresponden a la Cartera del Ejercicio 2002, asimismo el monto de la Cartera de los años 1996, 1997 y 1998, es menor respecto al de los años 1999 (S/ . 1,921,990.00), 2000 (S/. 2,591,572.00) y del 2001 (S/. 4,095,217.00, por lo que se considera conveniente y su- mamente beneficioso para los contribuyentes, condonar la citada obligación en lo que corresponde a los Ejerci- cios 1996 al 2001 siempre que se cancele lo correspon- diente al ejercicio 2002; Que, de conformidad con el Artículo 10º incisos 3) y 4) de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 23853, y el Artículo 41º del Código Tributario, los Gobiernos Lo- cales, administran sus bienes y rentas, y puedan dispo- ner la Condonación de Intereses Moratorios y Sancio- nes respecto a tributos que administran, mediante Orde- nanza; En uso de las facultades conferidas por la Ley Orgá- nica de Municipalidades - Ley Nº 23853, el Pleno del Concejo Municipal aprobó por unanimidad la siguiente: ORDENANZA Artículo Primero.- Otorgar a los Contribuyentes que cumplan con cancelar el monto insoluto del Arbitrio de Limpieza Pública, Parques y Jardines, correspondiente al año 2002, la Condonación de la deuda del citado Ar- bitrio correspondiente a los años 1996 al 2001. Artículo Segundo.- Otorgar, a todo aquel contribu- yente que haya cumplido con cancelar el Arbitrio de Lim- pieza Pública, Parques y Jardines lo correspondiente hasta el año 2001, un descuento del 70% sobre el insoluto del Arbitrio de Limpieza Pública, Parques y Jardines co- rrespondiente al año 2002. Artículo Tercero.- Otorgar, a todo aquel contribuyente que hubiese cumplido con cancelar el total del Arbitrio de Limpieza Pública, Parques y Jardines correspondiente al año 2002, el descuento del 70% sobre el citado Arbi- trio que adeudare hasta el año 2001. Artículo Cuarto.- Los Contribuyentes cuya cobran- za se encuentre en Convenio o en la vía coactiva, tam- bién se encuentran comprendidos de los beneficios an- tes citados, sin el pago de costas coactivas. Artículo Quinto.- OTORGAR el descuento, del 90% sobre las Multas Administrativas en general, y del 70% sobre las Multas Tributarias por diferentes conceptos, im- puestas hasta el 30 de noviembre del 2002. Artículo Sexto.- Condonar los reajustes e intereses moratorios que correspondan al Impuesto Predial y al Arbitrio de Limpieza Pública, Parques y Jardines de los Ejercicios 1996 al 2002. Artículo Séptimo.- La presente Ordenanza tiene vi- gencia hasta el 24 de diciembre del 2002. Artículo Octavo.- Dispensar de la Lectura del Acta para su inmediato cumplimiento. Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese. ARNULFO MEDINA CRUCES Alcalde 21270MUNICIPALIDAD DE CHORRILLOS Prorrogan vigencia de beneficio de con- donación de los intereses y moras de las deudas tributarias y administrativas aprobado mediante Ordenanza Nº 039- MDCH DECRETO DE ALCALDÍA Nº 011/2002-MDCH Chorrillos, 30 de noviembre del 2002 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHORRILLOS CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 039-MDCH, de fecha 20 de julio del 2002, se aprobó conceder el beneficio de condonación de deudas tributarias y administrativas al amparo de lo dispuesto del Artículo 41º del Código Tri- butario a todos los contribuyentes del distrito; Que, el Artículo 15º de la referida Ordenanza, faculta al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía pueda ampliar el plazo, reglamentar y dictar medidas complementarias para dar cumplimiento a los alcances de dicha Ordenanza; Que, en aplicación de ello y mediante Decreto de Al- caldía Nº 010-02-MDCH de fecha treintiuno de octubre del dos mil dos, se prorrogó el plazo de vigencia de la misma hasta el 30 de noviembre del 2002; Que, estando por vencer el plazo antes señalado y aten- diendo a las diversas solicitudes de los innumerables con- tribuyentes que desean se prorrogue la fecha de pago de dicho beneficio a fin de ponerse al día en sus deudas tribu- tarias y administrativas contraídas con el Municipio; Que, en virtud de lo establecido en el Texto Único del Código Tributario aprobado mediante Decreto Supremo Nº 135-99-EF, en ejercicio de las atribuciones conferi- das al Alcalde según lo dispuesto en el Artículo 47º inci- so 6) de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, y con las facultades otorgadas por la Ordenanza Nº 039/ MDCH; SE DECRETA: Artículo Primero.- PRORROGAR el plazo de vigen- cia del beneficio de condonación de los intereses y mo- ras de las Deudas Tributarias y Administrativas aproba- do mediante Ordenanza Nº 039-MDCH, el cual se entenderá vigente hasta el 31 de diciembre del 2002. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Dirección de Administración, Oficina de Rentas, Oficina de Ejecutoría Coactiva y a la Unidad de Informática el cabal cumpli- miento del presente Decreto de Alcaldía. Regístrese, publíquese y cúmplase. AUGUSTO MIYASHIRO YAMASHIRO Alcalde 21300 MUNICIPALIDAD DE EL AGUSTINO Modifican Cuadro de Escala de Infracciones y Sanciones Administra- tivas ORDENANZA Nº 155-MDEA El Agustino, 28 de noviembre de 2002