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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2002 (03/12/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

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Pág. 234452 NORMAS LEGALES Lima, martes 3 de diciembre de 2002 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE EL AGUSTINO POR CUANTO: El Concejo Municipal en Sesión Ordinaria celebrada el 28 de noviembre del 2002, visto el Dictamen Nº 02- CRR de la Comisión de Rentas; CONSIDERANDO: Que la Dirección de Rentas de esta Municipalidad ha iniciado un Programa de Fiscalización de Establecimien- tos del distrito, habiéndose detectado que en éstos funcio- nan juegos de lotería, de azar, teléfonos públicos que requieren tarjeta o monedas, los mismos que no cuen- tan con la respectiva licencia municipal de funciona- miento; Que, en esta circunstancia es necesario la aproba- ción de una norma complementaria a la Ordenanza Nº 117-MDEA, que establezca las sanciones administrati- vas que permitan tener un efectivo control de las normas municipales en el distrito; Que, en ejercicio de las facultades conferidas al Con- cejo Municipal por la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, con el voto unánime de los señores Miembros del Concejo Municipal, ha expedido la siguiente Orde- nanza; Artículo 1º.- Modifíquese el Cuadro de Escala de In- fracciones y Sanciones Administrativas, aprobado con Ordenanza Nº 117-MDEA, en el rubro Licencia de Fun- cionamiento en la forma siguiente: Código 2001, por carecer de certificado de autoriza- ción, licencia municipal de funcionamiento (personas na- turales) 20% de la UIT, debiendo proceder a la regulari- zación o la clausura como corresponda. Artículo 2º.- Incluir en el Cuadro de Escala de Infrac- ciones y Sanciones antes aludido el código 2008, por carecer de licencia municipal de funcionamiento, para teléfonos públicos, con tarjeta o moneda, juegos de azar y venta de loterías y similares, en establecimientos co- merciales (persona jurídica), 200% de la UIT, debiendo proceder a su regularización de dicha licencia. Artículo 3º.- La presente Ordenanza entrará en vi- gencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Artículo 4º.- Póngase en conocimiento con la pre- sente Ordenanza a las diversas oficinas de esta Comu- na, para su cumplimiento. Regístrese, comuníquese y cúmplase. FRANCISCO ANTIPORTA LAYMITO Alcalde 21265 Aclaran parte resolutiva del Acuerdo de Concejo Nº 039-A-2002-SEGE-06- MDEA que autorizó contratación de servicios personalísimos de asesoría legal ACUERDO DE CONCEJO Nº 050-MDEA El Agustino, 28 de noviembre de 2002 EL CONCEJO MUNICIPAL DE EL AGUSTINO VISTO.- En Sesión Ordinaria del 28 de noviembre del 2002, el Oficio Nº 2423-2002 (GTN/MON) de fecha 5-11- 2002 del Consejo Superior de Contrataciones y Adquisi- ciones del Estado, relacionado con la contratación de servicios personalísimos;CONSIDERANDO: Que, con Acuerdo de Concejo Nº 039-A-2002-SEGE- 06-MDEA del 29-8-2002, se autoriza la Contratación por Servicios Personalísimos de Asesoría Legal para Defen- sa, Fiscalización y Recaudación Tributaria de deuda ad- ministrativa a favor de la Municipalidad de El Agustino, que tienen las empresas Sedapal, Telefónica del Perú, Edelnor, Luz del Sur, Ferrovías Andinas, Cable Mágico, Cable Express entre otros, por concepto de licencia de construcción, impuesto predial, arbitrios municipales, y multas administrativas, con el objeto de realizar las cobranzas correspondientes a las Entidades deudoras, exonerándose de los procesos de selección con suje- ción a la Ley; Que, con Oficio Nº 2423-2002 (GNT/MON) CON- SUCODE del 5-11-2002, el Consejo Superior de Contra- taciones y Adquisiciones del Estado, hace conocer a la Municipalidad de El Agustino observaciones al Acuerdo de Concejo Nº 039-A-2002-SEGE-02-MDEA, y dispone se gestione las medidas correctivas a las observaciones hechas, con el objeto de encuadrarlo en Ley; Que, la Dirección de Rentas con Informe Nº 231-2002- DIRENT-MDEA dando cumplimiento a lo dispuesto por el Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado (CONSUCODE), alcanza las aclaraciones que es conveniente incluir en el Acuerdo de Concejo antes citado; Que, en este contexto es conveniente señalar que la empresa que prestará el servicio requerido, por aseso- ría especializada es el Estudio Allemant Abogados; Que, asimismo se precisa que las características y/o cualidades particulares que se tuvieron en cuenta del Estudio Allemant Abogados, es el costo de sus servicios que alcanzan al 15% más IGV, costo razonable y mucho menor a las propuestas alcanzadas, garantizando la co- branza y la eficacia de la recaudación, dado que cuenta con un equipo de profesionales multidisciplinario, que aplica el enfoque de sistemas y el método integrativo y de negociaciones positivas; Por tanto estando a lo expuesto, al Informe Nº 788- 2002-DAJ-MDEA de la Dirección de Asesoría Jurídica, Dictamen de la Comisión de Asuntos Legales, en uso de las facultades que le confiere la Ley Nº 23853 - Orgánica de Municipalidades, por votación unánime; ACUERDA: Artículo 1º.- Aclarar la parte Resolutiva del Acuerdo de Concejo Nº 039-A-2002-SEGE-06-MDEA del 29-8- 2002, que queda redactado de la siguiente manera: 1.- Autorizar la Contratación por Servicios Personalísimos de Asesoría para la Defensa, Fiscali- zación y Recaudación de la deuda administrativa a favor de la Municipalidad Distrital de El Agustino, que tienen las empresas Sedapal, Telefónica del Perú, Edelnor, Luz del Sur, Edegel, Etecen, Ferrovías Andi- nas, Cable Mágico, Cable Express entre otros, por con- cepto de licencia de construcción, impuesto predial, arbitrios municipales y multas administrativas, con el objeto de realizar las cobranzas respectivas a las em- presas deudoras, exonerándose de los procesos de selección con sujeción a la Ley. 2.- Aprobar la contratación del Estudio Allemant Abo- gados, para que ejecute los trabajos anteriormente enun- ciados. 3.- El valor referencial asciende a la suma de S/. 3'432,052. Nuevos Soles (monto máximo a recaudar). 4.- La Fuente de Financiamiento será la Fuente 09, Recursos Directamente Recaudados del Presupuesto Municipal. 5.- La Dependencia u Órgano encargado de realizar dicha contratación es la Dirección de Administración, a través del Comité Especial que será designado por Re- solución de Alcaldía. Artículo 2º.- Póngase en conocimiento con el presente Acuerdo a las diversas Oficinas de esta