Norma Legal Oficial del día 03 de diciembre del año 2002 (03/12/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 26

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Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente MORDAZA MORDAZA DE CELIZ Subcontadora General de la Nacion MORDAZA MORDAZA MORDAZA Representante de la Comision Nacional Supervisora de Empresas y Valores MORDAZA LUZ MORDAZA MORDAZA Representante de la Superintendencia de Banca y Seguros

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

MORDAZA, martes 3 de diciembre de 2002

MORDAZA MORDAZA FRISANCHO Representante de la Federacion de Colegios de Contadores Publicos del Peru y su Junta de Decanos MORDAZA MORDAZA MORDAZA Representante del Colegio de Contadores Publicos de MORDAZA MORDAZA CASALLO MORDAZA Representante de la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria MORDAZA LUNG MORDAZA Representante del Banco Central de Reserva del Peru MORDAZA MORDAZA CUTIMBO MORDAZA Representante del Instituto Nacional de Estadistica e Informatica MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Representante de la Confederacion de la Camara de Comercio y Produccion del Peru MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA MORDAZA Representante de la Actividad Administrativa del Estado MORDAZA CANCINO MORDAZA Director General de Contabilidad del Sector Publico YORLLELINA MORDAZA MORDAZA Directora General de Contabilidad Analitica de Explotacion MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General de Investigacion de la Contabilidad 21255

Que, la Ley Nº 27815, Ley del Codigo de Etica de la Funcion Publica, establece en su articulo 1º que dicho Codigo rige para los servidores publicos de las entidades de la Administracion Publica; Que, para los efectos del Codigo de Etica de la Funcion Publica, la propia Ley Nº 27815 ha considerado como servidor publico a todo funcionario, servidor o empleado de las entidades de la Administracion Publica, en cualquiera de los niveles jerarquicos, sea este nombrado, contratado, designado, de confianza o MORDAZA, que desempene actividades o funciones en nombre o al servicio del Estado; Que, los asesores y/o consultores externos, asi como las empresas de asesoria y/o consultoria externa que presten servicios a las entidades de la Administracion Publica, por su propia naturaleza no estan ni pueden estar comprendidos dentro de la categoria de servidor publico; Que, por ello, en el Codigo de Etica de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, aprobado mediante Resolucion Nº 287-2002-SUNARP/SN, se dispone que el mencionado Codigo establece las normas y principios eticos que deben inspirar la conducta y el quehacer del personal de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos y de las Zonas Registrales que integran el Sistema Nacional de los Registros Publicos; Que, por lo tanto, es necesario aclarar la Resolucion del Superintendente Nacional de los Registros Publicos Nº 437-2002-SUNARP/SN, en el sentido que cuando se refiere a los asesores de la Alta Direccion, no se comprenda en dicha referencia a ningun asesor y/o consultor externo ni a empresa de asesoria y/o consultoria externa alguna; Que, el articulo 7º del Estatuto de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, aprobado mediante Resolucion Suprema Nº 135-2002-JUS, establece que el Superintendente Nacional es el funcionario de mayor nivel jerarquico de la Entidad; Que, estando a lo anteriormente senalado y conforme al lo dispuesto por el literal w) del articulo 7º del Estatuto de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos; SE RESUELVE: Articulo Unico.- PRECISESE, que cuando la Resolucion del Superintendente Nacional de los Registros Publicos Nº 437-2002-SUNARP/SN, hace referencia a los asesores de la Alta Direccion, no estan comprendidos en dicha referencia los asesores y/o consultores externos ni las empresas de asesoria y/o consultoria externa que prestan servicios a la SUNARP o a sus Zonas Registrales. Registrese, comuniquese y publiquese.

SUNARP
Precisan alcances de la Res. Nº 4372002-SUNARP/SN referida a asesores de la Alta Direccion
RESOLUCION DEL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS Nº 571-2002-SUNARP/SN

MORDAZA MORDAZA UGAZ Superintendente Nacional de los Registros Publicos 21253

SUNAT
Modifican resolucion que dispuso actualizacion total de los datos del RUC y la comunicacion de nuevos datos
RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA Nº 173-2002/SUNAT

MORDAZA, 29 de noviembre de 2002 Visto el Informe Nº 033-2002-SUNARP/GL-JGC, de fecha 31 de MORDAZA de 2002, referido a la necesidad de aclarar el sentido de la Resolucion del Superintendente Nacional de los Registros Publicos Nº 047-2002-SUNARP/ SN; y,

MORDAZA, 2 de diciembre de 2002

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