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Pág. 234852 NORMAS LEGALES Lima, lunes 9 de diciembre de 2002 Metropolitana correspondiente al distrito de Magdalena del Mar, solicitada por Diego Guillermo Mas Vega, mediante Documento Simple Nº 21791-99 de R2 a R4. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. En Lima, a los veintiún días del mes de noviembre de dos mil dos. GERMÁN APARICIO LEMBCKE Teniente Alcalde de Lima Encargado de la Alcaldía 21692 Declaran procedente desafectación y cambio de uso de suelo de parque en el distrito de Villa María del Triunfo ORDENANZA Nº 448 EL TENIENTE ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA; ENCARGADO DE LA ALCALDÍA; POR CUANTO: EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA: Visto en Sesión de la fecha el expediente Nº 0000016762-1998, seguido por el Asentamiento Humano Inca Pachacútec solicitando Cambio de Uso de Suelo del Parque Nº 05 a Residencial de Densidad Media R-4 cuya área es de 3,655.68 m2, el cual forma parte del AA.HH. Inca Pachacútec, distrito de Villa María del Triunfo, provin- cia y departamento de Lima; y, De conformidad con lo opinado por la Comisión de De- sarrollo Urbano en su Dictamen Nº 087-2002-MML-CDU; CONSIDERANDO: Que, el Plano de Zonificación correspondiente al distri- to de Villa María del Triunfo aprobado por Decreto de Alcal- día Nº 042 del 19 de mayo de 1997, calificó al terreno del recurso como Otros Usos - OU (Complejo Deportivo Mi- caela Bastidas), manteniéndose la zonificación vigente a la fecha según Ordenanza Nº 162-MML del 19 de febrero de 2000, conforme indica el Plano Nº Lima 35; Que, de acuerdo al Plano Definitivo de Trazado y Lotiza- ción del Asentamiento Humano Inca Pachacutec - Sector Micaela Bastidas aprobado por Resolución Nº 1692 de fe- cha 23 de mayo de 2002, calificó al terreno del recurso como Parque Nº 05; Que, la Municipalidad de Villa María del Triunfo mediante Oficio Nº 005-DDU-99 del 5 de febrero de 1999, remite el Infor- me Nº 040-DC/MVMT de fecha 26 de enero de 1999, el cual opina por la procedencia de lo solicitado, toda vez que a menos de 50 ml. se encuentra otra área reservada para recreación; Que, la Oficina del Plan de Desarrollo Metropolitano de la Dirección Municipal de Desarrollo Urbano, mediante Informe Nº 194-99-MML/DMDU-OPDM/DPTN de fecha 4 de marzo de 1999, emitió opinión favorable a la solicitud de cambio de uso de suelo para su asignación para el uso residencial; Que, según el inciso b) del Articulo 28º de la Ordenanza Nº 296-MML publicada el 23 de diciembre de 2000, que regula el Régimen de Constitución y Administración de Bienes de Uso Público en la provincia de Lima, establece como causal de des- afectación de los bienes de uso público, la perdida de la natura- leza que justificó su inclusión en esa categoría de bienes; Que, la Comisión de Desarrollo Urbano de la Municipa- lidad Metropolitana de Lima mediante Acuerdo Nº 190-2002- MML-CDU adoptado en Sesión Nº 031 de fecha 5 de se- tiembre de 2002, emitió opinión favorable sobre la referida desafectación y cambio de uso de suelo, condicionándolo a mantener reservada el área destinada al Complejo De- portivo Micaela Bastidas; Aprobó la siguiente ORDENANZA Artículo Único.- Declárese procedente la Desafectación y Cambio de Uso de Suelo del Parque Nº 05 a Residencial de Densidad Media R-4 cuya área es de 3,655.68 m2, el cual forma parte del AA.HH. Inca Pachacútec, distrito de Villa Ma-ría del Triunfo; condicionándolo a mantener reservada el área destinada al Complejo Deportivo Micaela Bastidas. Mando se registre, publique y cumpla. En Lima a los veintinueve días del mes de noviembre de dos mil dos. GERMÁN APARICIO LEMBCKE Teniente Alcalde de Lima Encargado de la Alcaldía 21695 Declaran procedente desafectación de uso de suelo de área de terreno y le asig- nan el uso de residencial en el distrito de San Juan de Lurigancho ORDENANZA Nº 449 EL TENIENTE ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA; ENCARGADO DE LA ALCALDÍA; POR CUANTO: EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA: Visto en Sesión de la fecha el expediente Nº 0000017872-98, seguido por doña Alicia Carlos Martell, solicitando Cambio de Uso de Suelo de un área destinada como Aporte de Parque (Jardín Nº 09) para uso Residen- cial de Densidad Media R-4 cuya área es de 121.00 m2, ubicado en el AA.HH. Santa Fe de Totorita, distrito de San Juan de Lurigancho, provincia y departamento de Lima; y, De conformidad con lo opinado por la Comisión de De- sarrollo Urbano en su Dictamen Nº 088-2002-MML-CDU; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Plano de Zonificación de Lima correspondiente al distrito de San Juan de Lurigancho, aprobado por Decreto de Alcaldía Nº 042 del 19 de mayo de 1997, calificó al terreno del recurso como Residencial de Densidad Media R-4, manteniéndose la zonificación vi- gente a la fecha según Ordenanza Nº 163-MML del 26 de noviembre de 1998, conforme indica el Plano Nº Lima 36; Que, de acuerdo al Plano Definitivo de Trazado y Lotiza- ción del Asentamiento Humano Santa Fe de Totorita, sig- nado como lámina CFP 114 y que fuera aprobado por la Comisión de Formalización de la Propiedad Informal - COFOPRI, determinó al área materia de evaluación, como Aporte para Parque (Jardín Nº 9) y se ubica en la Mz. "A" de la referida lotización. Asimismo, con anterioridad su plano de Trazado y Lotización fue aprobado por Resolución de Alcaldía Nº 951 del 4 de abril de 1986 y por Resolución de Alcaldía Nº 082 del 28 de junio de 1983 emitidos por la Municipalidad Metropolitana de Lima y que aprueba el nuevo Cuadro de Distribución de aportes del referido AA.HH.; Que, por Resolución de Alcaldía Nº 1839 de fecha 17 de noviembre de 1998, la Municipalidad de San Juan de Lurigan- cho declaró fundada la solicitud de cambio de uso del terreno destinado como Jardín Nº 9 para el uso Residencial R-4; Que, la Oficina del Plan de Desarrollo Metropolitano de la Dirección Municipal de Desarrollo Urbano, mediante Informe Nº 141-99-MML/DMDU-OPDM/DPTN de fecha 9 de marzo 1999, emitió opinión favorable a la solicitud de cambio de uso de suelo para su asignación para el uso residencial; Que, según el inciso b) del artículo 28º de la Ordenanza Nº 296-MML publicada el 23 de diciembre de 2000, que regula el Régimen de Constitución y Administración de Bienes de Uso Público en la provincia de Lima, establece como causal de des- afectación de los bienes de uso público, la perdida de la natura- leza que justificó su inclusión en esa categoría de bienes; Que, la Comisión de Desarrollo Urbano de la Municipalidad Metropolitana de Lima mediante Acuerdo Nº 194-2002-MML- CDU adoptado en Sesión Nº 031 de fecha 5 de setiembre de 2002, emitió opinión favorable sobre el referido cambio de uso; Aprobó la siguiente: ORDENANZA Artículo Único.- Declárese procedente la Desafec- tación de Uso de Suelo de un área de 121.00 m2 destinada como Aporte de Parque (Jardín Nº 09) y asignar el uso de