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Pág. 234856 NORMAS LEGALES Lima, martes 10 de diciembre de 2002 PODER EJECUTIVO P C M Aprueban modificación del Texto Úni- co de Procedimientos Administrativos del CONAM DECRETO SUPREMO Nº 130-2002-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 26410 se crea el Consejo Nacio- nal del Ambiente (CONAM), como organismo público des- centralizado, adscrito a la Presidencia del Consejo de Mi- nistros; Que, mediante Decreto Supremo Nº 081-2001-PCM se aprueba el Texto Único de Procedimientos Administrativos del CONAM; Que, resulta necesario efectuar modificaciones al cita- do Texto Único de Procedimientos Administrativos, a fin de incorporar la modificación que se deriva de la implementa- ción de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública e incluir el procedimiento estableci- do en el artículo 36º del Decreto Supremo Nº 022-2001- PCM, que aprueba el Reglamento de Organización y Fun- ciones del Consejo Nacional del Ambiente, destinado a pro-mover en los Sectores la implementación de sistemas de gestión ambiental y de calidad con el fin de mejorar la ges- tión ambiental del país; Que, conforme a lo dispuesto por el artículo 38º de la Ley Nº 27444, las modificaciones al Texto Único de Proce- dimientos Administrativos -TUPA- de las entidades de la Administración Pública se aprueban por Decreto Supremo del sector correspondiente; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo y la Ley Nº 27444 - Ley del Procedi- miento Administrativo General; DECRETA: Artículo 1º.- Aprobar la modificación del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Consejo Nacional del Ambiente (CONAM), que en anexo adjunto forma parte integrante del presente Decreto. Artículo 2º.- Derogar el Decreto Supremo Nº 081-2001- PCM. Artículo 3º.- El presente Decreto Supremo será refren- dado por el Presidente del Consejo de Ministros. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los cuatro días del mes de diciembre del año dos mil dos. RAÚL DIEZ CANSECO TERRY Primer Vicepresidente de la República Encargado del Despacho Presidencial LUIS SOLARI DE LA FUENTE Presidente del Consejo de Ministros REQUISITO PARA PUBLICACIÓN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS Se comunica al Congreso de la República, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autónomos y Descentralizados, CTAR y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivos y sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales respectivamente, deberán además remitir estos documentos en disquete o al siguiente correo electrónico. normaslegales@editoraperu.com.peDIARIO OFICIALPODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL Res. Adm. Nº 184-2002-CE-PJ.- Establecen disposiciones re- feridas a magistrados reincorporados al amparo de la Ley Nº 27433 234871 CORTE SUPREMA DE JUSTICIA Fe de Erratas de la Res. Adm. Nº 197-2002-P-PJ 234872 ORGANISMOS AUTÓNOMOS MINISTERIO PÚBLICO Res. Nº 2041-2002-MP-FN.- Autorizan viaje de magistrado de fiscalía provincial especializada en delitos de corrupción defuncionarios para participar en diligencia de declaración testi- monial que se realizará en EE.UU. 234873 UNIVERSIDADES Res. Nº 444-2002-CU-UNE.- Disponen contratación de servi- cio de desarrollo y alojamiento - web de capacitación de la Uni- versidad Enrique Guzmán y Valle, mediante proceso de adjudicación de menor cuantía 234873 ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS OFICINA DE NORMALIZACIÓN PREVISIONAL R.J. Nº 204-2002-JEFATURA/ONP.- Autorizan exoneración de procesos de concurso público para extender vigencia de contratos de arrendamiento de inmuebles que ocupa la ONP en diversos departamentos 234874