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Pág. 234858 NORMAS LEGALES Lima, martes 10 de diciembre de 2002 Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del señor RAÚL DIEZ CANSECO TERRY Primer Vicepresidente de la República Encargado del Despacho Presidencial LUIS SOLARI DE LA FUENTE Presidente del Consejo de Ministros ALLAN WAGNER TIZÓN Ministro de Relaciones Exteriores 21799 Autorizan viaje del Ministro del Inte- rior para asistir a la firma del Acuerdo de Cooperación Policial con el Ministe- rio de Defensa Nacional de la Repúbli- ca de Colombia RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 543-2002-PCM Lima, 9 de diciembre de 2002 Visto el Oficio Nº 2677-2002-IN/0604 del Secretario General del Ministerio del Interior; CONSIDERANDO: Que, el doctor Gino Costa Santolalla, Ministro del In- terior, asistirá a la firma del Acuerdo de Cooperación Policial entre el Ministerio de Defensa Nacional de la República de Colombia y el Ministerio del Interior, a rea- lizarse en la República de Colombia del 10 al 11 de di- ciembre de 2002; Que, en consecuencia es necesario autorizar el viaje del Ministro del Interior; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legisla- tivo Nº 560, Ley Nº 27619, Decreto de Urgencia Nº 030- 2002 y Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del doctor GINO COSTA SANTOLALLA, Ministro del Interior, a la República de Co- lombia del 10 al 11 de diciembre de 2002, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolu- ción. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, se efectuarán con cargo al Plie- go Presupuestal del Ministerio del Interior, de acuerdo al siguiente detalle: -Pasajes :US$ 305,62 -Viáticos :US$ 400,00 -Tarifa CORPAC :US$ 25,00 Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema no otor- ga derecho a exoneración de impuestos o de derechos aduaneros, de ninguna clase o denominación. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República LUIS SOLARI DE LA FUENTE Presidente del Consejo de Ministros 21800Encargan el Despacho del Interior al Ministro de Agricultura RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 544-2002-PCM Lima, 9 de diciembre de 2002 CONSIDERANDO: Que el doctor Gino Costa Santolalla, Ministro del Inte- rior, se ausentará del país del 10 al 11 de diciembre de 2002, a fin de viajar en Misión Oficial a la República de Colombia, para tratar asuntos relacionados a la función que ejerce; Que, en consecuencia, es necesario encargar el Despacho del Interior, mientras dure la ausencia de su titular; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 127º de la Constitución Política del Perú; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo Único.- Encargar el Despacho del Interior al señor ÁLVARO QUIJANDRÍA SALMÓN, Ministro de Agri- cultura, a partir del 10 de diciembre de 2002 y en tanto dure la ausencia del titular. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República LUIS SOLARI DE LA FUENTE Presidente del Consejo de Ministros 21801 AGRICULTURA Disponen continuar con trámite de otorgamiento directo del contrato de administración parcial del Subsector Sauce Grande del Coto de Caza "El Angolo" RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 018-2002-INRENA-DGANP Lima, 4 de diciembre de 2002 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 0264-75-AG, de fecha 1 de julio de 1975, se establece el Coto de Caza "El Angolo", sobre un área superficial de 65 000 ha, con el objetivo de conservar el bosque sudoccidental y su recur- so faunístico a través del manejo sostenible de la fauna silvestre, para así contribuir al desarrollo socioeconómico regional fomentándose el turismo aficionado a la caza de- portiva; Que, el Coto de Caza "El Angolo" se subdivide en cua- tro subsectores administrativos, uno de los cuales es el denominado Subsector Sauce Grande, con una extensión superficial de 9 918.00 ha; Que, el artículo 17º de la Ley de Áreas Naturales Protegidas, dada por Ley Nº 26834, de fecha 4 de julio de 1997, establece que el Estado reconoce y promueve la participación del sector privado en la gestión de las áreas naturales protegidas, para ello el INRENA podrá