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Pág. 234874 NORMAS LEGALES Lima, martes 10 de diciembre de 2002 Capacitación Universidad Enrique Guzmán y Valle- Doc Cantuta-Web-Capac.", en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la UNE para el Ejercicio 2002, cuyo valor referencial asciende a la suma de S/. 54,498.024, financia- do con recursos provenientes de la fuente de financiamiento de Recursos Directamente Recaudados del Presupuesto Institucional de la Universidad, el cual se debe realizar me- diante Proceso de Adjudicación por Menor Cuantía. Artículo 2º.- AUTORIZAR a la Dirección de Adquisi- ciones y Contrataciones, para que en coordinación con la Dirección de Finanzas de esta Casa Superior de Estudios, procedan a tomar las acciones pertinentes para el cumpli- miento de la presente Resolución, en el ámbito de su com- petencia. Artículo 3º.- PUBLICAR la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, así como remitir copia de la mis- ma a la Contraloría General de la República, en los plazos que establece la ley. Artículo 4º.- EL EGRESO que genere la presente Re- solución se afectará al mnemónico de la Estructura Fun- cional Programática y a la Cadena de Gasto corres- pondiente al Presupuesto de la Universidad Nacional de Educación Enrique Guzmán y Valle del Ejercicio Presu- puestal 2002. Regístrese, comuníquese y cúmplase. MANUEL ALEJANDRO SOLÍS GÓMEZ Rector (e) JUAN MIGUEL MALPARTIDA ROBLES Secretario General (e) 21741 ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS OFICINA DE NORMALIZACIÓN PREVISIONAL Autorizan exoneración de procesos de concurso público para extender vigen- cia de contratos de arrendamiento de inmuebles que ocupa la ONP en diver- sos departamentos RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 204-2002-JEFATURA/ONP Lima, 27 de noviembre de 2002 VISTO: El Memorándum Nº 448-2002-GO.CD/ONP e Informe Nº 024-GO.CD/ONP-2002 de la División de Coordinación de Departamentales de la Gerencia de Operaciones de la Oficina de Normalización Previsional (ONP), mediante el cual se sustenta la necesidad de prorrogar los contratos de arrendamientos de siete de los inmuebles que viene ocupando la ONP, durante los siguientes períodos: Arequi- pa por un período de tres (3) años, Ayacucho por un perío- do de dos (2) años, Cajamarca por un período de un (1) año, Ica por un período de dos (2) años, Loreto por un pe- ríodo de un (1) año, Puno por un período de un (1) año y Tacna por un período de dos (2) años; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto en el literal g) del Artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el D.S. Nº 012-2001-PCM, están exonerados de los proce- sos de Licitación Pública, Concurso Público o Adjudica- ción Directa, la prórroga del plazo de los contratos de arren- damiento de inmuebles ocupados por la Entidad, siemprey cuando la renta no se incremente en una tasa mayor al crecimiento del índice general de precios al por mayor; Que, visto el Informe Legal Nº 259-A-2002-GL-24/ONP emitido por la Gerencia Legal, con opinión favorable, se con- cluye que para la prórroga del plazo de los contratos de arren- damiento de los inmuebles que vienen ocupando la ONP en los departamentos de: Arequipa, Ayacucho, Cajamarca, Ica, Loreto, Puno y Tacna, procede la exoneración, al encontrar- se dentro del supuesto establecido en el inciso g) del Artícu- lo 19º º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el D.S. Nº 012-2001-PCM; requiriéndose para tales efectos, de conformidad con el Artículo 20º del Texto Único Ordena- do de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisicio- nes del Estado, aprobado por el D.S. Nº 012-2001-PCM, emitirse la Resolución Jefatural que la apruebe; Que, el Artículo 5º del Decreto de Urgencia Nº 030- 2002, establece que las adquisiciones de bienes y servi- cios que efectúen las Entidades Públicas, de acuerdo a sus respectivos Planes Anuales de Adquisiciones y Con- trataciones que superen las tres (3) UIT, deberán ser auto- rizadas por el Titular de la Entidad, mediante la resolución correspondiente, la misma que se publicará en la respecti- va página WEB de la Entidad; De conformidad con lo dispuesto por el inciso g) del Artículo 19º y 20º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Es- tado aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, el Artículo 116º de su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, la Directiva Nº 011-2001- CONSUCODE/PRE, aprobada por Resolución Nº 118- 2001-CONSUCODE/PRE, el Artículo 5º del Decreto de Ur- gencia Nº 030-2002 y en uso de las facultades conferidas por el inciso d) del Artículo 7º del Decreto Supremo Nº 61- 95-EF elevado a rango de Ley a través del Artículo 17º de la Ley Nº 26504, el inciso g) del Artículo 8º de la Resolu- ción Suprema Nº 306-2001-EF y la Resolución Ministerial Nº 469-2002-EF/10; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar la exoneración del Proceso de Concurso Público para prorrogar el plazo de vigencia de los contratos de arrendamiento de los inmuebles que vie- nen ocupando la ONP en los departamentos de: Arequipa, Ayacucho, Cajamarca, Ica, Loreto, Puno y Tacna, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la pre- sente Resolución. Artículo 2º.- Autorizar a la Gerencia de Administración a prorrogar el plazo de los contratos de arrendamiento de los inmuebles ocupados por la Entidad en los departamentos de: Arequipa por un período de tres (3) años (S/. 119,988.00), Ayacucho por un período de dos (2) años (S/. 30,408.00), Cajamarca por un período de un (1) año (S/. 15,000.00), Ica por un período de dos (2) años (S/. 70,800.00), Loreto por un período de un (1) año (S/. 23,232.00), Puno por un período de un (1) año (S/. 30,180.00) y Tacna por un período de dos (2) años (S/. 33,528.00), siguiéndose para tal efecto el Proce- so de Adjudicación de Menor Cuantía, cuyo valor referencial es de S/. 323,136.00 (Trescientos Veintitrés Mil Ciento Treinta y Seis con 00/100 Nuevos Soles). El egreso que irrogue la contratación objeto de la pre- sente exoneración, se afectará a la Fuente de Finan- ciamiento de Recursos Directamente Recaudados. Artículo 3º.- Disponer que la Gerencia de Administra- ción remita copia de la presente Resolución y de los infor- mes que sustentan la presente exoneración, a la Contralo- ría General de la República dentro de los diez (10) días ca- lendario siguientes a la fecha de su aprobación, conforme a lo dispuesto en el Artículo 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Artículo 4º.- Disponer que la presente resolución se publique en el Diario Oficial El Peruano y en la página Web de la Oficina de Normalización Previsional. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER PENNY PESTANA Jefe (e) 21740