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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE ENERO DEL AÑO 2002 (21/01/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 2

Pág. 216080 NORMAS LEGALES Lima, lunes 21 de enero de 2002 PODER EJECUTIVO ECONOMÍA Y FINANZAS Aceptan donaciones de bienes que se- rán destinados a los damnificados por sismo ocurrido en el sur del país RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 034-2002-EF Lima, 17 de enero de 2002 CONSIDERANDO: Que, la Empresa A.C. Denim Group S.A. ha efectuado una donación a favor del Instituto Nacional de Defensa Ci- vil -INDECI- consistente en prendas de vestir, que serán destinadas como ayuda para los damnificados del sismo ocurrido el 23 de junio del presente año en el Sur del Perú; De conformidad con lo dispuesto por el inciso k) del Ar - tículo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, apro- bado por el Decreto Supremo Nº 055-99-EF; el numeral 1) del inciso d) del Artículo 88º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto a la Renta, aprobado por el Decreto Supremo Nº 054-99-EF y el Decreto Supremo Nº 124-2001-EF; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar y aprobar, la donación efectuada por la Empresa A.C. Denim Group S.A. a favor del Instituto Na- cional de Defensa Civil -INDECI- consistente en 1 fardo con- teniendo 137 pantalones para damas y caballeros en material denim, y 10 cajas conteniendo 359 camisas para caballeros M/C en material drill y 1 734 camisas para caballeros M/L en material drill, con un valor aproximado de S/. 93 730,00 (Noventa y Tres Mil Setecientos Treinta y 00/100 Nuevos So- les) y un peso aproximado de 621 kgs., según Carta de Do- nación de fecha 12 de setiembre de 2001. Dicha donación será destinada como ayuda para los damnificados del sismo ocurrido el 23 de junio del presente año en el Sur del Perú. Artículo 2º.- Compréndase a la donación citada en el ar - tículo anterior dentro de los alcances del inciso k) del Artículo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por Decre- to Supremo Nº 055-99-EF y el numeral 1) del inciso d) del Ar - tículo 88º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto a la Renta, aprobado por el Decreto Supremo Nº 054-99-EF. Artículo 3º.- Para efecto del Crédito contra el Impuesto a la Renta, previsto en el numeral 1) del inciso d) del Artículo 88º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto a la Renta, aprobado por el Decreto Supremo Nº 054-99-EF, se considera el costo computable equivalente a S/. 93 729,68 (Noventa y Tres Mil Setecientos Veintinueve y 68/100 Nuevos Soles), se- gún Declaración Jurada de fecha 12 de setiembre de 2001. Lo dispuesto en este artículo se aplica sin perjuicio de la comprobación posterior que corresponda efectuar a la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria - SUNAT. Artículo 4º.- Transcríbase la presente Resolución Su- prema a la Contraloría General de la República, dentro de los plazos establecidos. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema, será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República ROBERTO DAÑINO ZAPATA Presidente del Consejo de Ministros PEDRO PABLO KUCZYNSKI Ministro de Economía y Finanzas 1337RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 035-2002-EF Lima, 17 de enero de 2002 CONSIDERANDO: Que, la Empresa CLEMENTS PERUANA S.A. ha efec- tuado una donación a favor del Instituto Nacional de Defen- sa Civil -INDECI- consistente en avena, que será destina- da como ayuda para los damnificados del sismo ocurrido el 23 de junio del presente año en los departamentos de Arequipa, Moquegua y Tacna; De conformidad con lo dispuesto por el inciso k) del Artículo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impues- to General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por el Decreto Supremo Nº 055-99-EF; el nume- ral 1) del inciso d) del Artículo 88º del Texto Unico Ordena- do de la Ley del Impuesto a la Renta, aprobado por el De- creto Supremo Nº 054-99-EF y el Decreto Supremo Nº 124- 2001-EF; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar y aprobar, la donación efectuada por la Empresa CLEMENTS PERUANA S.A., a favor del Instituto Nacional de Defensa Civil -INDECI- consistente en 869 paquetes de Avena 3 Ositos 40x250 grs., con un valor aproximado de S/. 18 171,00 (Dieciocho Mil Ciento Setenta y Uno y 00/100 Nuevos Soles), según Carta de Donación Nº CLE-CONT-186/2001 de fecha 23 de julio de 2001. Dicha donación será destinada como ayuda para los damnificados del sismo ocurrido el 23 de junio del presente año en los departamentos de Arequipa, Moquegua y Tacna. Artículo 2º.- Compréndase a la donación citada en el artículo anterior dentro de los alcances del inciso k) del Artículo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impues- to General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF y el numeral 1) del inciso d) del Artículo 88º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto a la Renta, aprobado por el Decreto Supremo Nº 054-99-EF. Artículo 3º.- Para efecto del Crédito contra el Impuesto a la Renta, previsto en el numeral 1) del inciso d) del Artículo 88º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto a la Renta, aprobado por el Decreto Supremo Nº 054-99-EF, se considera el costo computable equivalente a S/. 18 170,79 (Dieciocho Mil Ciento Setenta y 79/100 Nuevos Soles), se- gún Declaración Jurada de fecha 23 de julio de 2001. Lo dispuesto en este artículo se aplica sin perjuicio de la comprobación posterior que corresponda efectuar a la Supe - rintendencia Nacional de Administración Tributaria - SUNAT. Artículo 4º.- Transcríbase la presente Resolución Su- prema a la Contraloría General de la República, dentro de los plazos establecidos. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema, será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República ROBERTO DAÑINO ZAPATA Presidente del Consejo de Ministros PEDRO PABLO KUCZYNSKI Ministro de Economía y Finanzas 1338 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 036-2002-EF Lima, 17 de enero de 2002 CONSIDERANDO: Que, la Empresa Eduardo Loli S.A.C. ha efectuado una donación a favor del Instituto Nacional de Defensa Civil -