Norma Legal Oficial del día 21 de enero del año 2002 (21/01/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, lunes 21 de enero de 2002

JUSTICIA
Designan asesor de la Alta Direccion de la Asesoria Tecnica del Ministerio
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 024-2002-JUS MORDAZA, 18 de enero de 2002 CONSIDERANDO: Que conforme a lo establecido en el Articulo 4º del Decreto Ley Nº 25993 - Ley Organica del Sector Justicia, el Ministerio de Justicia tiene por finalidad velar por la vigencia del MORDAZA de la Ley, el derecho y la justicia; Que en ese contexto, resulta necesario contar con un experto de reconocido prestigio internacional que asesore a la Alta Direccion del Ministerio de Justicia en asuntos internacionales, de desarrollo y lucha contra la corrupcion, a efectos de cumplir de manera eficiente con las finalidades senaladas en la mencionada Ley Organica; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560, Decreto Ley Nº 25993 y Ley Nº 27594; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Designar, a partir de la fecha, al senor MORDAZA MORDAZA MORELLI MORDAZA, en el cargo de Asesor Tecnico de la Alta Direccion de la Asesoria Tecnica del Ministerio de Justicia, para los fines a que se refiere la parte considerativa de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Justicia 1359

que precisa alcances de las funciones del Viceministro, Ley Nº 26872 - Ley de Conciliacion, modificada por Ley Nº 27398 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 00198-JUS modificado por Decreto Supremo Nº 016-2001-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el funcionamiento del CENTRO PERUANO DE CONCILIACION - CEPECO como Centro de Formacion y Capacitacion de Conciliadores, con sede en la MORDAZA de Lima. Articulo 2º.- Para la realizacion de los Cursos de Formacion y Capacitacion de Conciliadores Extrajudiciales, el Centro de Formacion y Capacitacion de Conciliadores autorizado por la presente Resolucion, debera solicitar y obtener, en cada oportunidad, la autorizacion de la autoridad competente del Ministerio de Justicia, quien previamente a su otorgamiento verificara que los Cursos cumplan con todos los requisitos legales y reglamentarios. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA ZAMORANO MACCHIAVELLO Viceministro de Justicia (e) 1240

Autorizan a asociaciones el funcionamiento de Centros de Conciliacion con sedes en la MORDAZA de MORDAZA
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 023-2002-JUS MORDAZA, 17 de enero de 2002 Vista la solicitud de Registro Nº 25041-2001, de fecha 16 de octubre de 2001, del CENTRO CULTURAL POR LA PAZ; CONSIDERANDO: Que el CENTRO CULTURAL POR LA PAZ, es una asociacion civil sin fines de lucro que tiene entre sus objetivos ejercer la funcion conciliadora; Que la mencionada asociacion civil ha solicitado autorizacion para el funcionamiento del Centro de Conciliacion denominado CENTRO CULTURAL POR LA PAZ - CECUPAZ, con sede en la MORDAZA de Lima; Que conforme obra del acta de inspeccion ocular de fecha 21 de noviembre de 2001, se realizo la constatacion respectiva en las instalaciones e infraestructura fisica de su Centro de Conciliacion; Que la recurrente cumple con los requisitos establecidos en los Articulos 24º y 27º de la Ley Nº 26872, Ley de Conciliacion, y los Articulos 42º, 44º y 45º del Reglamento de la Ley de Conciliacion, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-JUS modificado por Decreto Supremo Nº 0162001-JUS, por lo que es procedente autorizar el funcionamiento de su Centro de Conciliacion; Estando a lo opinado en el Informe Nº 0059-2002-JUS/ STC de la Secretaria Tecnica de Conciliacion, es pertinente atender la solicitud del CENTRO CULTURAL POR LA PAZ; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Ley Nº 25993 - Ley Organica del Sector Justicia, Decreto Supremo Nº 019-2001-JUS que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Justicia, Decreto Supremo Nº 039-2001-JUS que precisa alcances de las funciones del Viceministro, Ley Nº 26872 - Ley de Conciliacion, modificada por Ley Nº 27398 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 00198-JUS modificado por Decreto Supremo Nº 016-2001-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al CENTRO CULTURAL POR LA PAZ, el funcionamiento de su Centro de Conciliacion denominado CENTRO CULTURAL POR LA PAZ - CECUPAZ, con sede en la MORDAZA de Lima.

Autorizan funcionamiento de Centro de Formacion y Capacitacion de Conciliadores con sede en la MORDAZA de MORDAZA
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 022-2002-JUS MORDAZA, 17 de enero de 2002 Vista la solicitud de Registro Nº 26440-2001, de fecha 25 de octubre de 2001, del CENTRO PERUANO DE CONCILIACION - CEPECO; CONSIDERANDO: Que el CENTRO PERUANO DE CONCILIACION CEPECO, es una asociacion civil sin fines de lucro que tiene entre sus finalidades realizar Cursos de Formacion y Capacitacion de Conciliadores Extrajudiciales; Que de acuerdo a lo establecido en el Articulo 43º del Reglamento de la Ley de Conciliacion, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-JUS, el Ministerio de Justicia puede autorizar a entidades de derecho publico o privado a capacitar conciliadores; Que la mencionada asociacion civil ha solicitado autorizacion para el funcionamiento de su Centro de Formacion y Capacitacion de Conciliadores con sede en la MORDAZA de Lima; Estando a lo opinado en el Informe Nº 0048-2002-JUS/ STC de la Secretaria Tecnica de Conciliacion, es pertinente atender la solicitud del CENTRO PERUANO DE CONCILIACION - CEPECO; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Ley Nº 25993 - Ley Organica del Sector Justicia, Decreto Supremo Nº 019-2001-JUS que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Justicia, Decreto Supremo Nº 039-2001-JUS

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