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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE ENERO DEL AÑO 2002 (31/01/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 26

Pág. 216616 NORMAS LEGALES Lima, jueves 31 de enero de 2002 Acevedo; razones por las cuales, también el Gerente de Operaciones solicita la no renovación de su contrato; Que, en lo que atañe a los señores Judi Fabiola Rojas Gutiérrez, Elizabeth Pazos y William Rivera Santisteban, involucrados en los hechos irregulares producidos en el trá- mite de las Inscripciones Nºs. 07768904 y 20429342 a que se contraen el quinto, sexto y séptimo considerando de la Resolución de Gerencia General Nº 047-2001-GG/RENIEC que en fotocopia obra a fojas 110, a la fecha no tienen vín- culo alguno con la institución, por cuanto que por hechos similares a los expuestos precedentemente, se dispuso la no renovación del contrato de locación de servicios de los mismos, mediante Resolución de Gerencia General Nº 054- 2001-GG/RENIEC de 14 de diciembre de 2001; lo que no es óbice para que tales hechos, presuntamente ilícitos, sean dilucidados en la vía jurisdiccional respectiva; Que, de otro lado, la Comisión Investigadora señala que existe en los hechos expuestos precedentemente, eviden- cias de presunta comisión de delito, recomendando, en consecuencia, se autorice al Procurador Público del RENIEC a iniciar la acción penal correspondiente; y, Estando a las recomendaciones formuladas por la Co- misión Investigadora designada por Resolución de Geren- cia General Nº 047-2001-GG/RENIEC; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aplicar la sanción disciplinaria de destitu- ción al servidor Felipe Abraham Avila Acevedo, por la falta grave a que se refiere la parte considerativa de la presente resolución y en el Informe Nº 001-2002-CI/RENIEC de 18 de los corrientes; debiendo, en consecuencia, la Gerencia de Recursos y Desarrollo Humano del RENIEC, cursar la carta de despido, observando las normas legales vigentes sobre la materia; efectivizándose, dicho despido, a partir del 1 de febrero del año en curso. Artículo 2º.- La Gerencia de Administración y Finan- zas queda autorizada a abonar al señor Felipe Abraham Avila Acevedo sus compensaciones y beneficios sociales que por ley le corresponde. Artículo 3º.- Disponer la no renovación del contrato de locación de servicios del señor Augusto Raúl Villavicencio Subauste; y, en lo que respecta a los señores Yudi Fabiola Rojas Gutiérrez, Elizabeth Vera Pazos y William Rivera Santisteban, administrativamente, debe estarse a la no re- novación de sus respectivos contratos, dispuesta por Re- solución de Gerencia General Nº 054-2001-GG/RENIEC de 14 de diciembre de 2001. Artículo 4º.- Disponer que la Gerencia de Asesoría Jurídica proyecte la resolución jefatural autoritativa al Pro- curador Público encargado de los asuntos judiciales del RENIEC, para que formule la denuncia penal por los he- chos a que se contrae el Informe Nº 001-2002-CI/RENIEC de 18 del presente mes; así como por los consignados en el Informe Nº 1583-2001-GO/RENIEC de 14 de noviembre de 2001 que obra a fojas 104, emitido por la Gerencia de Operaciones del RENIEC. Regístrese, comuníquese y publíquese. OSCAR DEL RIO GONZALES Gerente General 2136 Autorizan adquisición de papel y filmi- na termosellable mediante proceso de adjudicación de menor cuantía RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 039-2002-JEF/RENIEC Lima, 28 de enero del 2002 VISTOS: El Informe Técnico Legal, Memorándum Nº 173-2002/GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica y el Memorándum Nº 036-2002/GAF de la Gerencia de Admi- nistración y Finanzas; CONSIDERANDO: Que, el contrato de servicios Nº 2927-2001-04-00-02 para la Impresión y Acabados del Documento Nacional de Identidad (DNI) suscrito entre el Registro Nacional de Iden- tificación y Estado Civil y la Empresa Impresión Integral S.A. ha concluido el 31 de diciembre de 2001;Que, la Empresa Impresión Integral S.A. a la conclu- sión del contrato, cuenta con saldos de material de seguri- dad (papel y filmina termosellable) que se utiliza para la impresión y acabados de los Documentos Nacionales de Identidad (DNI); Que, los mencionados insumos no deben quedar en poder del proveedor ya que dichos materiales fueron fabri- cados para uso específico y exclusivo del Registro Nacio- nal de Identificación y Estado Civil; Que, el papel de seguridad y la filmina serán destina- dos para la emisión de los Documentos Nacionales de Iden- tidad que emita nuestra institución por los elementos de seguridad con que cuentan; Que, la Empresa Impresión Integral S.A., ha informado que cuenta con saldos de papel de seguridad para 214,000 documentos y filmina termosellable de seguridad para 108,512 documentos, y ha valorizado los insumos en la suma de US$ 41,540.71 (Cuarenta y un mil quinientos cua- renta y seis y 01/100 dólares americanos); Que, en el Perú, la Empresa Impresión Integral S.A. es la única empresa que cuenta con los insumos de seguri- dad ya mencionados, los mismos que fueron diseñados exclusivamente para uso del Registro Nacional de Identifi- cación y Estado Civil; Que, de acuerdo al Artículo 19º, literal f) del Texto Úni- co Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado están exonerados de los procesos de Licita- ción Pública, Concurso Público o Adjudicación Directa los bienes o servicios que no admiten sustitutos; Que, de acuerdo a la Ley de Presupuesto del Sector Público para el ejercicio fiscal 2002 la adquisición de los mencionados suministros de seguridad configuran un Pro- ceso de Selección de Adjudicación Directa; Estando a lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado apro- bado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM y su Regla- mento aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, así como en la Ley Nº 26497 - Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar a la División de Logística de la Gerencia de Administración y Finanzas la adquisi- ción de los Insumos de Seguridad (Papel y Filmina Termo- sellable) a la Empresa Impresión Integral S.A., por ser és- tos de uso exclusivo del Registro Nacional de Identifica- ción y Estado Civil, mediante un proceso de selección de Adjudicación de Menor Cuantía, asimismo el valor referen- cial asciende a US$ 41,540.71 (Cuarenta y un mil quinien- tos cuarenta y seis y 01/100 dólares americanos) incluido el Impuesto General a las Ventas (IGV), contando con co- bertura presupuestal por la Fuente de Financiamiento de Recursos Directamente Recaudados (RDR). Artículo Segundo.- Disponer que la Gerencia de Ad- ministración y Finanzas informe de la presente Resolución Jefatural a la Contraloría General de la República, dentro de los plazos establecidos por Ley. Regístrese, comuníquese y publíquese. OSCAR MARIO DEL RIO GONZALES Jefe Nacional a.i. 2137 MINISTERIO PÚBLICO Dan por concluido nombramiento de Fiscal Adjunta Provisional de la Sexta Fiscalía Provincial de Familia de Lima RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 179-2002-MP-FN Lima, 30 de enero de 2002 VISTO Y CONSIDERANDO: La documentación presentada a este despacho, se apre- cia que la doctora Ida Maurelia Valverde Espinoza, Fiscal Adjunta Provincial Provisional de la Sexta Fiscalía Provin- cial de Familia de Lima, ha contravenido lo dispuesto en el Artículo 20º Inc. c) del Decreto Legislativo Nº 052, al haber autorizado como abogada el escrito de fecha 19 de diciem-