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Pág. 217037 NORMAS LEGALES Lima, viernes 8 de febrero de 2002 Visto los Expedientes Nº 2562 de fecha 30.5.01 y Ex- pediente Administrativo Nº 5207 de fecha 16.10.01; segui- do por la Municipalidad Distrital de Pangoa y el Anexo de San José de Miraflores; en la Municipalidad de la provincia de Satipo, departamento de Junín y en concordancia en lo establecido en el Artículo 2º de la Ley Nº 23853 - Ley Or- gánica de Municipalidades y el Art. 2º de la Ley Nº 25035 y el Art. 4º inciso 1) del D.S. Nº 70-89-PC; CONSIDERANDO: Que de acuerdo a lo dispuesto por el Art. 192º Inc. 5) de la Constitución Política del Perú y el Art. 65º Inc. 2) de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, es competen- cia de la Municipalidad promover el desarrollo armónico de la ciudad; Que de acuerdo al D.S. Nº 053-84-VC del 31.12.84 y en concordancia con la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 23853 en la que facultan a las Municipalidades para encargarse del Saneamiento Físico Legal en los terrenos de su jurisdicción; Que estando el Anexo de San José de Miraflores, ubi- cado en el distrito de San Martín de Pangoa; provincia de Satipo, departamento de Junín, jurisdicción del Municipio de Satipo y habiéndose cumplido con lo dispuesto en el Art. II-XXI del R.N.C.; Que la Ley Nº 24513 en su Art. 1º, declara de necesi- dad y utilidad pública y de preferente interés social, regular los Centros Poblados en todo el territorio nacional, así como el Saneamiento de la Estructura Física Legal de los Asen- tamientos Humanos, que incluyen la elaboración de los pla- nos perimétricos trazados y lotización con sus correspon- dientes Memorias Descriptivas; Que la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853 Art. 70º en su Inc. 5) establece que las Municipalidades Pro- vinciales, tienen como atribuciones prestar asistencia a los pobladores de los Asentamientos Humanos establecidos conforme a Ley, dentro de su jurisdicción, para el Sanea- miento de su Estructura Físico Legal hasta el otorgamien- to del Título de propiedad; Que el área de terreno del Anexo de San José de Mira- flores, distrito de Pangoa, provincia de Satipo fue otorgada por la Dirección Regional Agraria - Junín, Ministerio de Agricultura mediante Resolución Directoral Agraria Nº 160- 99-DRA-PETT-OAJ/J (11.11.99); Que de acuerdo al Informe Técnico de Saneamiento Físico Nº 036-2001-DDU, de fecha 7.8.01, expedido por la Dirección de Desarrollo Urbano de la Municipalidad Pro- vincial de Satipo, en la cual señala que los recurrentes han cumplido con las exigencias y recomendaciones estable- cidas para la aprobación del Saneamiento Físico Legal del Anexo de San José de Miraflores, adjuntando la Memoria Descriptiva, Plano Perimétrico, Plano de Lotización y Tra- zado; se establece que procede lo solicitado; Estando a lo recomendado por el Director de Desarro- llo Urbano y de conformidad con lo establecido por la Cons- titución Política del Estado y la Ley Nº 23853 - Ley Orgáni- ca de Municipalidades; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Ratificar la Resolución de Alcaldía Nº 346-2001-A/MPS aprobando el Plano Perimétrico y el Plano de Lotización y Trazado y Memoria Descriptiva del Proyecto "Saneamiento Físico Legal del Anexo de San José de Miraflores" de acuerdo a lo establecido en el D.S. Nº 053-84-VC del 31.12.84 sobre un área de 25 Has. ubicado en el distrito de San Martín de Pangoa, provincia de Sati- po, departamento de Junín, cuyos límites se encuentran determinados por el Código Catastral Nº 33158 U.C. otor- gado por el Ministerio de Agricultura, Dirección Regional Agraria de Junín; cuyas medidas perimétricas y linderos son como sigue: CODIGO CATASTRAL Nº 33158 U.C. Por el Norte :U.C. 30203 Julia Máxima Casas Unchupaico, con 230.00 ml :U.C. 31599 Fermín Rojas Casas, con 140.00 mlPor el Sur :U.C. 30192 Jesús Rodríguez Paredes, con 170.00 ml :U.C. 30192 Jesús Rodríguez Paredes, con 130.00 ml Por el Este :Río San Ramón, con 450.00 ml Por el Oeste :U.C. 30192 Jesús Rodríguez Paredes, con 350.00 ml Area total del terreno :15 Has. (150,000.00 m2) Perímetro :1,470.00 ml COORDENADAS UTM: NORTE ESTE V 18,742,890 556,950 V 28,742,750 557,060 V 38,743,000 557,425 V 48,743,090 557,310 V 58,743,100 557,300 V 68,743,240 557,120 V 78,743,000 556,860 V 88,742,900 556,940 Los ángulos y las medidas perimétricas explicadas en los planos, concuerdan con el Expediente Técnico, debien- do los recurrentes sujetarse a los planos firmados y sella- dos por la Oficina Técnica Informante. El cuadro de áreas que se ratifica su aprobación es: Area de Lotes 55,206.00 m2 Area de Equipamiento 46,771.14 m2 Franja Fiscal 24,803.86 m2 Area de Vías 23,219.00 m2 ------------------------------------------------------- Area Total 150,000.00 m2 (15 Has.) - Aprobar la Ratificación de la Resolución de Aclara- ción Nº 391-2001-A/MPS sobre observación hecha en el Informe Técnico Nº 036-2001-DDU/MPS del 7.8.01, sobre errores en medidas perimétricas; subsanándose en el In- forme Técnico Nº 045-2001-DDU/MPS, del 3.9.2001. - Aprobar la Ratificación de la Resolución de Alcaldía Nº 482-2001-A/MPS de fecha 29.10.01; aclarándose la Resolución Nº 346-2001-A/MPS en la parte Resolutiva Ar- tículo Tercero: DICE: Artículo Tercero.- Autorícese al Anexo de San José de Miraflores para efectuar la Inscripción en los Registros Públicos de Satipo del Plano Perimétrico, Plano de Lotiza- ción y Trazado, Memoria Descriptiva aprobados por la pre- sente Resolución. DEBE DECIR: Artículo Tercero.- Autorícese a la Municipalidad Distri- tal de Pangoa para efectuar la Inscripción en los Registros Públicos de Satipo del Plano Perimétrico, Plano de Lotiza- ción y Trazado, Memoria Descriptiva aprobados por la pre- sente Resolución. Artículo Segundo.- Los ángulos y medidas perimé- tricas explicadas en los planos concuerdan con el Expe- diente Técnico, debiendo los recurrentes sujetarse a los planos firmados y aprobados. Artículo Tercero.- Autorizar a la Municipalidad Distrital de Pangoa, para efectuar la Inscripción en los Registros Públicos de Satipo, el Plano Perimétrico, Plano de Lotiza- ción y Trazado y Memoria Descriptiva aprobados por la pre- sente Resolución. Artículo Cuarto.- La Municipalidad Provincial de Sati- po deberá realizar las publicaciones de acuerdo al Art. 23º de la Ley de Procedimientos Administrativos General. Notifíquese, regístrese, comuníquese y archívese. ROGGER ANIBAL HUARI ORDOÑEZ Alcalde 2653