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Pág. 217020 NORMAS LEGALES Lima, viernes 8 de febrero de 2002 Artículo Tercero.- Remitir un ejemplar del Plan Anual al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE y a la Comisión de Promoción de la Pequeña y Micro Empresa - PROMPYME, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de su aprobación. Artículo Cuarto.- Disponer que el Plan Anual de Con- trataciones y Adquisiciones del Fondo Nacional de Com- pensación y Desarrollo Social - FONCODES 2002, se pon- ga a disposición de los interesados. Regístrese y comuníquese. FRANCISCO DUMLER CUYA Gerente General 2714 INADE Aprueban Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del PETACC para el ejercicio fiscal 2002 RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 011-2002-INADE-9001 Ica, 25 de enero del 2002 CONSIDERANDO: Que, con Resolución Jefatural Nº 260-2001-INADE- 1100 de fecha 28 de diciembre del 2001 se ha aprobado el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) del Pliego IN- ADE en el que está contenida la asignación presupuestaria del Proyecto Especial Tambo-Ccaracocha para la ejecu- ción de sus actividades durante el presente ejercicio fis- cal; Que, de conformidad con el Artículo 7º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado mediante D.S. Nº 013-2001-PCM cada entidad del Sector Público debe elaborar un Plan Anual de Adqui- siciones y Contrataciones el que debe aprobarse dentro de los treinta (30) días naturales siguientes de aprobado el Presupuesto Institucional; Que, la Oficina de Administración del Proyecto Espe- cial Tambo-Ccaracocha, en coordinación con las demás dependencias de la entidad ha formulado el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del PETACC para ser eje- cutado durante el ejercicio fiscal 2002, el mismo que re- quiere ser aprobado; De conformidad con la normatividad establecida en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contra- taciones y Adquisiciones del Estado aprobado mediante D.S. Nº 012-2001-PCM y en uso de las atribuciones confe- ridas en el Reglamento de Organización y Funciones del Proyecto Especial Tambo-Ccaracocha aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 413-95-PRES de fecha 9 de oc- tubre de 1995; Con las visaciones de las Direcciones de Obras y de Estudios; y, de las Oficinas de Administración y de Aseso- ría Jurídica del Proyecto Especial; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Apruébase el adjunto Plan Anual de Ad- quisiciones y Contrataciones del PETACC para el 2002. Artículo 2º.- El Plan Anual de Adquisiciones y Contra- taciones aprobado mediante el artículo anterior, estará a disposición del público y podrá ser modificado de acuerdo con la asignación presupuestal del Proyecto Especial Tam- bo-Ccaracocha. Regístrese y comuníquese. GUSTAVO ATAHUALPA BERMÚDEZ Director Ejecutivo - PETACC 2651Autorizan contratación mediante pro- ceso de adjudicación de menor cuantía de póliza de seguros de vehículos y equi- po mecánico de propiedad del Proyec- to Especial Madre de Dios RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 027-2002-INADE-1100 Lima, 4 de febrero del 2002 VISTO: El Oficio Nº 024-2002-INADE-6601, del Director Ejecu- tivo del Proyecto Especial Madre de Dios; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el oficio del exordio el Director Ejecutivo del Proyecto Especial Madre de Dios, solicita se declare en situación de urgencia la contratación de las Pólizas de Seguros de vehículos y equipo mecánico de propiedad de dicho Proyecto Especial, en virtud a que el Seguro contra- tado con la Cía. de Seguros Popular y Porvenir, ha feneci- do el 31 de diciembre del 2001; Que, efectivamente, mediante Carta Nº 1326-2001/JL- PyP, de fecha 3 de diciembre del 2001, los representantes de la Cía. de Seguros Popular y Porvenir -en liquidación- manifiestan que las pólizas de seguros que tienen contra- tadas con el Proyecto Especial Madre de Dios no podrán ser renovadas debido a que dicha empresa ha entrado en un proceso de disolución y liquidación; Que, el Artículo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001- PCM contempla los supuestos de exoneración de Licita- ción Pública, Concurso Público o Adjudicación Directa, estableciendo en el inciso c) que están exoneradas las adquisiciones y contrataciones que se realicen en situa- ción de urgencia declarada de conformidad con dicha Ley; Que, el Artículo 20º del mismo dispositivo legal esta- blece que, en dicho caso, la adquisición o contratación se realizará mediante el proceso de Adjudicación de Menor Cuantía, debiendo ser aprobada por Resolución del Titu- lar del Pliego, requiriéndose de un Informe Técnico-Legal previo; Que, de acuerdo al Artículo 21º del citado Texto Unico Ordenado, "Se considera situación de urgencia cuando la ausencia extraordinaria e imprevisible de determinado bien o servicio compromete en forma directa e inminente la con- tinuidad de los servicios esenciales o de las operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo"; Que, dicha norma legal se encuentra en concordancia con el Artículo 108º de su Reglamento, aprobado por De- creto Supremo Nº 013-2001-PCM, en tanto señala que "La situación de urgencia debe entenderse como un hecho de excepción que determina una acción rápida de adquisición o contratación como medida temporal, sin perjuicio de que se realice el proceso de selección correspondiente para las adquisiciones o contrataciones definitivas"; Que, mediante Informe Técnico Nº 001-2002-INADE- 6644, el Jefe de la Unidad de Abastecimientos y Servicios Auxiliares del Proyecto Especial señala que el lapso nece- sario para la culminación del Concurso Público, compro- mete la cobertura de seguro que necesariamente deben tener los vehículos y maquinarias del Proyecto Especial, poniendo al descubierto bienes por un período aproximado de dos meses que se requeriría para llevar a cabo el pro- ceso de selección, razón por la cual solicitan se declare en situación de urgencia la adquisición de la póliza de seguro por un monto total de S/. 52,674.68 y por el tiempo indica- do, justificando la medida, además, en el hecho de que, por las características singulares de la zona, aunado a la época del año, en la que se presentan fuertes precipitacio- nes pluviales, se incrementa el riesgo de la ocurrencia de accidentes, ante lo cual, de no contarse con los seguros respectivos, el Proyecto Especial tendría que asumir di- rectamente los costos de reposición de los bienes por los daños que pudieran sufrir, en detrimento del patrimonio del Estado;