Norma Legal Oficial del día 08 de febrero del año 2002 (08/02/2002)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 50

Pag. 217032

NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 8 de febrero de 2002

Tratandose de duplicado de tarjeta, tambien podra ser solicitado por quien acredite legitimo interes. Articulo Decimo.- Disposicion complementaria Existira la obligacion de consignar el Numero de Identificacion del Vehiculo, llamado tambien Codigo VIN, regulado en el Articulo 26º del Decreto Supremo Nº 0342001-MTC, en las actas notariales de transferencia vehicular, de aquellos vehiculos automotores que se hubieran nacionalizado a partir del 2 de enero del ano 2002, requerido segun la circular de Aduanas Nº INTA-CR-0702001, por consiguiente esta informacion debera de adicionarse de acuerdo a lo establecido en el Articulo MORDAZA que antecede. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA UGAZ Superintendente Nacional de los Registros Publicos 2689

dad de Huancayo, el mismo que estara integrado por destacados profesionales y especialistas. Articulo 2º.- El Consejo Consultivo de la Oficina Registral MORDAZA MORDAZA MORDAZA, con sede en la MORDAZA de Huancayo, es un organo colegiado que sirve de apoyo tecnico - legal a dicha oficina y al Tribunal Registral del Centro, en los casos en que sea requerido, a fin de coadyuvar al perfeccionamiento de la legislacion registral y su aplicacion. De conformidad con el Art. 31º del Reglamento General de los Registros Publicos, no pueden ser objeto de consulta los titulos sujetos a calificacion ni aquellos que se encuentren bajo la competencia del Tribunal Registral. Articulo 3º.- El Consejo Consultivo de la Oficina Registral MORDAZA MORDAZA MORDAZA con sede en la MORDAZA de Huancayo estara integrado por: a) Un representante del Colegio de Abogados de Junin. b) Un representante del Colegio de Ingenieros del Peru, filial Junin. c) Un representante del Colegio de Arquitectos del Peru, Sede Huancayo. d) Un representante de la Camara de Comercio de Huancayo. e) Un representante del Colegio de Notarios de Junin. f) Un representante de la Municipalidad Provincial de Huancayo. g) Un representante designado por la SUNARP. El mandato de los miembros sera por un ano, pudiendo ser renovado por un periodo similar. El Jefe de la Oficina Registral integrara el Consejo, con voz pero sin voto. El Consejo podra invitar a las sesiones a un representante del Tribunal Registral, Gerente u otro funcionario o autoridad que estime pertinente. Articulo 4º.- Son funciones del Consejo Consultivo las siguientes: a) Emitir opinion con caracter ilustrativo, en todos los asuntos que le MORDAZA solicitados por el Superintendente Nacional, el Superintendente Adjunto o el Directorio de la SUNARP. b) Actuar, a solicitud del Jefe de la Oficina Registral MORDAZA MORDAZA MORDAZA, o del Presidente del Tribunal Registral del Centro, como Organismo Tecnico Consultor de Apoyo al mismo, en las materias vinculadas al contenido y alcance de las normas aplicables a la funcion registral. c) Proyectar y/o emitir opinion cuando asi se le solicite, sobre la normatividad que debe dictar la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, a fin de hacer mas eficiente la funcion registral. d) Proponer al Superintendente Nacional la expedicion de las directivas que estime conveniente para el mejor funcionamiento de los Registros. e) Regir sus actos conforme a las presentes normas y aquellas que para su funcionamiento apruebe la SUNARP. f) Las demas que le asigne el Superintendente Nacional de los Registros Publicos. Articulo 5º.- El Gerente Tecnico Registral de la Oficina Registral MORDAZA MORDAZA MORDAZA actuara como Secretario Tecnico del Consejo Consultivo con sede en esta ciudad. Articulo 6º.- El Consejo Consultivo designara, mediante eleccion de sus integrantes, a su Presidente y su Vicepresidente. La participacion de sus miembros es ad honorem. Articulo 7º.- El Consejo Consultivo sesionara en cualquier momento a pedido de su Presidente, del Superintendente Nacional, del Jefe de la Oficina Registral o de la mayoria de sus integrantes. El quorum para las reuniones sera de la mitad mas uno de sus miembros. MORDAZA de las actas, acuerdos y/o propuestas deberan ser remitidos a la Superintendencia Nacional.

Constituyen Consejo Consultivo de la Oficina Registral MORDAZA MORDAZA MORDAZA
RESOLUCION DEL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS Nº 045-2002-SUNARP/SN MORDAZA, 6 de febrero del 2002 CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 26366 se creo el Sistema Nacional de los Registros Publicos y la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos (SUNARP), como un organismo descentralizado MORDAZA y ente rector del Sistema; Que, mediante Resolucion Nº 117-2000-SUNARP/SN, de fecha 1 de junio del 2000, se creo el Consejo Consultivo del Area Registral Minera del Sistema Nacional de los Registros Publicos, el cual se convirtio en un eficiente apoyo tecnico - legal tanto para la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, como para el Tribunal Registral del Centro; Que, atendiendo a la especializacion de las funciones del Registro, es conveniente la creacion de un Consejo Consultivo para la Oficina Registral MORDAZA MORDAZA MORDAZA, con sede en la MORDAZA de Huancayo, en el que esten representadas las entidades publicas y/o privadas mas vinculadas a la actividad registral, con el objeto de que coadyuven a la debida aplicacion de las normas y a la optimizacion de las funciones registrales; Que, es importante ampliar los mecanismos de participacion de la sociedad civil en diversos aspectos de la actividad publica, a fin de que pueda contar con mayores MORDAZA de opinion y coadyuvar al cumplimiento de los fines institucionales, dentro de una politica de apertura y promocion de la participacion ciudadana; Que, en atencion a lo senalado en los considerandos precedentes, esta Superintendencia considera necesario crear el Consejo Consultivo de la Oficina Registral MORDAZA MORDAZA MORDAZA, con sede en la MORDAZA de Huancayo; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 1.12 del Articulo IV del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27444 y los literales o) y w) del Articulo 7º del Estatuto de la SUNARP, aprobado por Decreto Supremo Nº 04-95-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Constituir el Consejo Consultivo de la Oficina Registral MORDAZA MORDAZA MORDAZA, con sede en la ciu-

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.