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Pág. 217625 NORMAS LEGALES Lima, lunes 18 de febrero de 2002 evaluación (Anexo Nº 03), señalándose que se realizarían pruebas referidas a la estructura y al tapiz de las mismas; Que ni lo establecido en el numeral 1 de los criterios de evaluación ni la precisión acerca de que la realización de dichas pruebas estaría a cargo de una entidad de prestigio fueron ma- teria de consulta, observación o impugnación por parte de los postores, siendo que las Bases no pueden impugnarse por esta vía, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 166º del Regla- mento del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26850; Que, de lo manifestado por Bureau Veritas y del análi- sis de los antecedentes del proceso se desprende que los resultados de las pruebas realizadas a las muestras son correctos y que la evaluación técnica realizada al postor apelante se ajusta a lo establecido en las Bases; Que, de los hechos suscitados y del análisis de lo ac- tuado por el Comité Especial se concluye que la Adjudica- ción Directa Pública de Bienes Nº 0006-2001-SUNAT se llevó a cabo de acuerdo a lo establecido en los Artículos 3º , 25º y 31º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26850 y Artículos 67º, 166º, 167º y 171º de su Reglamento; De conformidad con lo establecido en el Artículo 14º del Texto Único Ordenado del Estatuto de la SUNAT, apro- bado por Resolución de Superintendencia Nº 041-98/SU- NAT y modificado por Resolución de Superintendencia Nº 004-2001/SUNAT; SE RESUELVE: Artículo Único.- Declarar INFUNDADO el Recurso de Apelación interpuesto por el postor DRAMA S.R.L., contra la decisión del Comité Especial y la solicitud de declarar nula la Adjudicación Directa Pública de Bienes Nº 0006- 2001-SUNAT, en mérito a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ ENRIQUE DEZA URQUIAGA Intendente Nacional Intendencia Nacional de Administración 3278 C T A R Aprueban Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del CTAR-Cajamarca correspondiente al ejercicio fiscal 2002 CONSEJO TRANSITORIO DE ADMINISTRACIÓN REGIONAL CAJAMARCA RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL REGIONAL Nº 046-2002-CTAR-CAJ/PE. Cajamarca, 28 de enero del 2002 VISTO: El Oficio Nº 069-2002-CTAR-CAJ-GRA de fecha 28 de enero del 2002; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el D.S. Nº 013-2001-PCM modifi- cado por D.S. Nº 079-2001-PCM de fecha 3 de julio del 2001 Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones Art. 6º y siguientes, las Entidades Públicas aprobarán el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Estado por el Titular del Pliego, dentro de los 30 días naturales siguientes de aprobado el Presupuesto Institucional, en consecuencia para su ejecu- ción es necesario su aprobación vía Resolutiva; Que, la Subgerencia de Abastecimientos y Patrimonio de la Gerencia Regional de Administración del Consejo Tran- sitorio de Administración Regional de Cajamarca, ha elabo- rado el Plan Anual de Adquisiciones 2002, en 012 folios que forman parte de la presente Resolución, en anexo aparte; Que, con la visación de la Gerencia Regional de Admi- nistración, Gerencia Regional de Asesoría Jurídica, con- formidad de Secretaría Técnica, y las facultades conferi- das por el Reglamento de Organización y Funciones de los Consejos Transitorios de Administración Regional, apro- bado por D.S. Nº 010-98-PRES, R.S. Nº 267-2001-PRES y R.S. Nº 219-2001-PRES; SE RESUELVE: Artículo Único.- APROBAR el Plan Anual de Adqui- siciones 2002, del Consejo Transitorio de AdministraciónRegional - CAJAMARCA, que consta de 012 folios que for- man parte de la presente Resolución, en anexo aparte. Regístrese y comuníquese. ENRIQUE ARANDA CAMACHO Presidente Ejecutivo 3251 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Aprueban Texto Único de Procedimien- tos Administrativos de la Municipalidad Metropolitana de Lima ORDENANZA Nº 360 EL TENIENTE ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA, ENCARGADO DE LA ALCALDÍA; POR CUANTO: El Concejo Metropolitano de Lima en Sesión de fecha 11 de febrero de 2002, de acuerdo con el Dictamen Nº 018- 2002-MML/CEPP; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27444, "Ley del Procedimiento Adminis- trativo General", publicada el 11 de abril del 2001 en el Diario Oficial El Peruano, ha establecido un nuevo régimen jurídico aplicable por la Administración Pública para que sirva a la protección del interés general garantizando los derechos e intereses de los administrados y con sujeción al ordenamiento constitucional y jurídico en general; Que, el Artículo 37º de la Ley Nº 27444 establece la obligatoriedad para todas las entidades de la Administración Pública de elaborar y aprobar su Texto Único de Procedi- mientos Administrativos - TUPA; Que, el Artículo 36º de la Ley Nº 27444 señala que el Texto Único de Procedimientos Administrativos se construye compen- diando y sistematizando los procedimientos, requisitos y cos- tos administrativos establecidos exclusivamente mediante de- creto supremo o norma de mayor jerarquía u ordenanza; Que, el Artículo 36º también establece que el TUPA inclui- rá la relación de aquellos servicios prestados en exclusividad por las entidades, cuando el administrado no tiene posibilidad de obtenerlos acudiendo a otro lugar o dependencia; Que, la Cuarta Disposición Complementaria y Final de la Ley Nº 27444 establece que ella entrará en vigor a los seis meses de su publicación en el Diario Oficial El Peruano; Que, la Tercera Disposición Transitoria de Ley Nº 27444 establece que, de acuerdo con sus normas, las entidades deberán aprobar sus TUPA en un plazo máximo de cuatro meses, contados a partir de la vigencia de la misma; Que, el Artículo 38º de la Ley Nº 27444 establece que el TUPA de las Municipalidades se aprueba por ordenanza; Con el dictamen favorable de la Comisión de Econo- mía, Planificación y Presupuesto y de conformidad con el Artículo 74º de la Constitución Política del Perú y del Ar- tículo 38º de la Ley Nº 27444; Aprobó la siguiente: ORDENANZA TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS 2002 Artículo 1º.- Aprobar el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA 2002, de la Municipalidad Metropo- litana de Lima, que forma parte de la presente norma. Artículo 2º.- La presente Ordenanza entrará en vigen- cia al día siguiente de su publicación. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Lima, 11 de febrero de 2002. GERMAN APARICIO LEMBCKE Teniente Alcalde de Lima Encargado de la Alcaldía