Norma Legal Oficial del día 22 de julio del año 2002 (22/07/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 37

MORDAZA, lunes 22 de MORDAZA de 2002 g) ORGANOS DESCONCENTRADOS - Zonas Registrales: z z z z z z z z z z . z z MORDAZA Registral Nº I, MORDAZA Registral Nº II, MORDAZA Registral Nº III, MORDAZA Registral Nº IV, MORDAZA Registral Nº V, MORDAZA Registral Nº VI, MORDAZA Registral Nº VII, MORDAZA Registral Nº VIII, MORDAZA Registral Nº IX, MORDAZA Registral Nº X, MORDAZA Registral Nº XI, MORDAZA Registral Nº XII, MORDAZA Registral Nº XIII, Sede Sede Sede Sede Sede Sede Sede Sede Sede Sede Sede Sede Sede

NORMAS LEGALES

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t) Proponer a los Poderes Publicos la expedicion de normas legales o reglamentarias que se requieran para el mejor funcionamiento del Sistema Nacional de los Registros Publicos o de la SUNARP. u) Modificar el presente Reglamento de Organizacion y Funciones, dando cuenta al Directorio. v) Expedir las resoluciones de su competencia. w) Las demas que le senalen las leyes, los reglamentos o que MORDAZA inherentes a su cargo. SUBCAPITULO II DIRECTORIO Articulo 8º.- El Directorio es el organo de la Superintendencia Nacional responsable de determinar las politicas de administracion de esta, para el cumplimiento de sus fines y objetivos. Esta presidido por el Superintendente Nacional de los Registros Publicos. Articulo 9º.- El Directorio cumple sus funciones y se rige segun lo establecido por Ley Nº 26366, el Estatuto de la SUNARP, el presente Reglamento y supletoriamente por las normas que tengan competencia con su accionar. Articulo 10º.- Son funciones generales del Directorio: a) Establecer la politica registral nacional. b) Dictar las normas registrales requeridas para la eficacia y seguridad juridica de la funcion registral, las que se publicaran en el Diario Oficial EI Peruano. c) Autorizar, a propuesta del Superintendente Nacional, la creacion, supresion o traslado de los organos desconcentrados, asi como la modificacion de los ambitos geograficos de estos. d) Nombrar y remover, a propuesta del Superintendente Nacional, a los Jefes de los Organos Desconcentrados. e) Celebrar convenios de cooperacion tecnica nacional e internacional para mejorar la calidad del servicio registral asi como para desarrollar y ejecutar proyectos relacionados con el levantamiento catastral de las zonas aun no catastradas tanto en el ambito rural como urbano. f) Celebrar convenios con Entidades generadoras de catastro tanto del sector publico como privado, a fin de obtener la informacion catastral requerida por el Sistema. g) Facultar a los organos desconcentrados, el uso de los sistemas automaticos de procesamiento de datos. h) Aprobar las tasas por servicios registrales a propuesta del Gerente General y gestionar la emision de la MORDAZA pertinente por los organos competentes. i) Determinar las politicas y estrategias para la consecucion de los fines de la SUNARP. j) Aprobar los planes y programas de la SUNARP. k) Aprobar la memoria anual, el balance y los estados financieros de la SUNARP. l) Aprobar las modificaciones del Estatuto de la SUNARP, a propuesta del Superintendente. m) Ratificar el Reglamento de Organizacion y Funciones aprobado por el Superintendente Nacional. n) Aprobar las inversiones en promocion o campanas de divulgacion del Sistema Registral. o) Aprobar la adquisicion de inmuebles. p) Aprobar la politica laboral y de remuneraciones de la SUNARP. q) Resolver en MORDAZA instancia sobre las sanciones impuestas a los Vocales del Tribunal Registral. r) Resolver en MORDAZA instancia los recursos de apelacion interpuestos contra las resoluciones dictadas en primera instancia por los jefes de los organos desconcentrados, con excepcion del previsto en el literal p) del Articulo 7º. s) Aprobar, cuando lo estime conveniente, la contratacion de servicios especiales para la evaluacion y control interno de los recursos invertidos en los organos desconcentrados. t) Autorizar la contratacion con Entidades privadas de los servicios de y para los Registros Publicos a nivel nacional, de acuerdo con lo establecido en el Estatuto. u) Determinar el monto de la fianza que deberan presentar los verificadores a que se refieren los Decretos Legislativos Nºs. 495 y 667. v) Delegar las atribuciones que estime conveniente en el Superintendente Nacional. w) Las demas que la ley senale.

CAPITULO I ALTA DIRECCION SUBCAPITULO I SUPERINTENDENTE NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS Articulo 6º.- El Superintendente Nacional de los Registros Publicos es la mas alta autoridad de la SUNARP, ostenta el rango de Viceministro y tiene bajo su responsabilidad establecer las politicas y objetivos, asi como dirigir y supervisar las actividades de los distintos organos de la Entidad. Articulo 7º.- Corresponde al Superintendente Nacional de los Registros Publicos las atribuciones siguientes: a) Dirigir y supervisar el desarrollo de las actividades de los organos que conforman la SUNARP. b) Ejercer la representacion legal de la SUNARP en todos aquellos actos y contratos que MORDAZA realice o celebre, sea en el MORDAZA o en el extranjero. c) Proponer, para su aprobacion por el Directorio, los planes y programas anuales de la Superintendencia. d) Elaborar y supervisar la ejecucion de las medidas de simplificacion, modernizacion e integracion de los Registros Publicos que integran el Sistema Nacional. e) Supervisar la correcta ejecucion de la funcion registral de acuerdo a la normatividad vigente. f) Autorizar la modificacion de la estructura organica de los Organos Desconcentrados. g) Promover la realizacion de estudios e investigaciones en materia registral. h) Promover la capacitacion de los Registradores Publicos y demas personal. i) Dictar las normas requeridas para la organizacion, conservacion y mantenimiento de los archivos registrales. j) Aprobar el Presupuesto de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, con arreglo a las disposiciones legales sobre la materia. k) Coordinar la realizacion de campanas masivas de Inscripciones. l) Dictar directivas de cumplimiento obligatorio por los organos desconcentrados, las que podran ser publicadas en el Diario Oficial El Peruano. m) Dictar las medidas de organizacion interna que se requieran. n) Designar los cargos de confianza y nombrar, contratar, suspender, remover y MORDAZA al personal considerado en dichos cargos, dando cuenta al Directorio. o) Sancionar a los Jefes de los Organos Desconcentrados, salvo que la sancion a aplicarse sea la de despido, en cuyo caso solo procedera previo acuerdo de Directorio. p) Resolver en MORDAZA instancia respecto de las sanciones impuestas a los Registradores Publicos. q) Proponer al Directorio las modificaciones del Estatuto vigente. r) Aceptar legados, donaciones y otras liberalidades que se MORDAZA en favor de la SUNARP, dando cuenta al Directorio. s) Delegar las atribuciones que estime conveniente en el Superintendente Nacional Adjunto u otros funcionarios de la SUNARP.

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