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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE JUNIO DEL AÑO 2002 (06/06/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 10

Pág. 224192 NORMAS LEGALES Lima, jueves 6 de junio de 2002 SALUD Disponen contratar servicio de limpie- za y mantenimiento de la Sede Central mediante proceso de adjudicación de menor cuantía RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 937-2002-SA/DM Lima, 29 de mayo del 2002 VISTOS: El Informe Técnico DEL Nº 002-2002 de la Dirección Ejecutiva de Logística, el Oficio Nº 1601-2002-OGAJ y el Informe Nº 821-2002-OGAJ de la Oficina General de Ase- soría Jurídica del Ministerio de Salud; CONSIDERANDO: Que, el literal c) del Artículo 19º de la Ley de Contra- taciones y Adquisiciones del Estado, exonera de los pro- cesos de Concurso Público o Adjudicación Directa, según sea el caso, las contrataciones que se realicen en situa- ción de urgencia declaradas de conformidad con dicha norma legal, contrataciones que en virtud del Artículo 20º del mismo cuerpo legal se realizarán mediante Proceso de Adjudicación de Menor Cuantía; Que, el Artículo 21º de la Ley de Contrataciones y Ad- quisiciones del Estado, establece que se considera situa- ción de urgencia cuando la ausencia extraordinaria e im- previsible de determinado bien o servicio compromete en forma directa e inminente la continuidad de los servicios esenciales o de las operaciones productivas que la Enti- dad tiene a su cargo, facultando dicha situación a la adqui- sición de los bienes, servicios u obras sólo por el tiempo o cantidad, según sea el caso, necesario para llevar a cabo el proceso de selección que corresponda; Que, asimismo el Artículo 108º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, esta- blece que la situación de urgencia debe entenderse como una medida temporal ante un hecho de excepción que de- termina una acción rápida a fin de adquirir o contratar lo indispensable para paliar la urgencia, sin perjuicio de que se realice el proceso de selección correspondiente para las adquisiciones y contrataciones definitivas; Que, el proceso de selección ordinario para la atención de la necesidad del servicio de limpieza y mantenimiento de la Sede Central en el año 2002, Concurso Público Nº 0011- 2002-MINSA "Contratación del Servicio de Limpieza y Man- tenimiento", se encuentra en etapa de preparación de Bases; Que, el Informe Técnico DEL Nº 002-2002 de la Direc- ción Ejecutiva de Logística, expone la necesidad técnica de exonerar la contratación del Servicio de Limpieza y Mantenimiento para la Sede Central, por situación de ur- gencia, y contratar dicho servicio mediante Proceso de Adjudicación de Menor Cuantía por el plazo de tres me- ses, tiempo en el que proyecta se haya culminado el Con- curso Público Nº 0011-2002-MINSA, por el valor referen- cial de S/. 268,000.00 (Doscientos sesentiocho mil y 00/ 100 Nuevos Soles), considerando además que la cobertu- ra contractual vigente por dicho servicio vence el 31 de mayo del 2002 y que por tanto es necesario asegurar la continuidad del servicio en cuestión, al comprometer en forma directa e inminente la continuidad de los servicios esenciales y operaciones que la Sede Central del Ministe- rio de Salud tiene a su cargo; Con la visación de la Oficina General de Administra- ción y la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministe- rio de Salud, y de conformidad con el Artículo 8º, literales d) y l) de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Exonerar del proceso de Concurso Público la contratación del Servicio de Limpieza y Mantenimiento de la Sede Central, para atender el período de tres (3) meses,por el valor referencial de S/. 268,000.00 (Doscientos sesen- tiocho mil y 00/100 Nuevos Soles), con la finalidad de asegu- rar la continuidad de dicho servicio. Dicha contratación se rea- lizará con fuente de financiamiento de Recursos Ordinarios, mediante Proceso de Adjudicación de Menor Cuantía y de conformidad al Artículo 105º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Artículo 2º.- Designar al Comité Especial, que se hará cargo de la conducción del Proceso de Adjudicación de Menor Cuantía a que se refiere el Artículo 1º de la presen- te resolución, el mismo que estará conformado por las si- guientes personas: Miembros Titulares: 1.Lic. Anggielina Pinedo Muñante (Presidente) Asesora de la Oficina General de Administración 2.Sr. Víctor Hernández Montañez (Miembro) Director de Servicios Auxiliares 3.Dr. Gustavo Patiño Aliaga (Miembro) Director de la Oficina General de Asesoría Jurídica Miembros Suplentes: 1.Dr. Robert Fajardo Saucedo (Presidente) Asesor de la Secretaría General 2.Sr. Mauro Urbiola Valer (Miembro) Dirección de Servicios Auxiliares 3.Sr. Jesús Chihuan Livia (Miembro) Dirección de Telecomunicaciones Artículo 3º.- Disponer la publicación de la presente re- solución en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los 10 días hábiles de su emisión, así como la remisión a la Con- traloría General de la República de copia de la misma y de los informes que la sustentan, dentro de los 10 días calen- dario siguientes a la fecha de aprobación. Regístrese, comuníquese y publíquese. FERNANDO CARBONE CAMPOVERDE Ministro de Salud 10107 TRABAJO Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO Precisan alcances del D.S. Nº 044-2002- PCM en lo relativo a la declaración del 6 de junio como día no laborable a ni- vel nacional DECRETO SUPREMO Nº 004-2002-TR EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, con fecha 4 de junio de 2002 se ha producido el fallecimiento del arquitecto Fernando Belaunde Terry, ex Presidente Constitucional de la República; Que, por tal motivo mediante Decreto Supremo Nº 044- 2002-PCM se ha declarado Duelo Nacional los días 4, 5 y 6 de junio de 2002, siendo el 6 de junio de 2002 día no laborable a nivel nacional; Que, a tal efecto resulta necesario precisar los alcan- ces de la citada norma respecto a la declaración del 6 de junio de 2002 como día no laborable a nivel nacional; De conformidad con el numeral 8 del Artículo 118º de la Constitución Política del Perú y el Artículo 37º del Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo; DECRETA: Artículo 1º.- Precísase que el día 6 de junio de 2002 se considera día no laborable para el Sector Público y para el Sector Privado a nivel nacional.