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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE JUNIO DEL AÑO 2002 (06/06/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 7

Pág. 224189 NORMAS LEGALES Lima, jueves 6 de junio de 2002 De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 47º de la Constitución Política del Perú, en la Ley Nº 27594, en los Decretos Leyes Nºs. 17537 y 25993, y en el Regla- mento para la Designación de Procuradores Públicos, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2001-JUS; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar, a partir de la fecha, la renuncia formulada por la doctora ANA MARÍA CALDERÓN BOY, como Procuradora Pública Adjunta Ad Hoc a que se re- fiere la Resolución Suprema Nº 053-2002-JUS, dándo- sele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Justicia. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República FERNANDO OLIVERA VEGA Ministro de Justicia 10164 Designan a fedatarios titulares y suplen- tes del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 189-2002-JUS Lima, 4 de junio de 2002 CONSIDERANDO: Que la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Admi- nistrativo General dispone que el administrado podrá acu- dir al Régimen de Fedatarios de cada entidad descrito en el Artículo 127º del acotado cuerpo legal; Que conforme al primer numeral del precitado artícu- lo, cada entidad designa fedatarios institucionales adscri-tos a sus unidades de recepción documental, en número proporcional a sus necesidades de atención, quienes sin exclusión de sus labores ordinarios, brindan gratuitamente sus servicios a los administrados; Que mediante Resolución Ministerial Nº 236-2000-JUS de fecha 23 de agosto de 2000, se designó al Fedatario Titular y a la Fedataria Suplente, la que es conveniente dejar sin efecto; Que resulta necesario designar a los nuevos Fedata- rios del Ministerio de Justicia; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo y Decreto Ley Nº 25993 - Ley Orgánica del Sector Justicia; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dejar sin efecto la Resolución Ministe- rial Nº 236-2000-JUS de fecha 23 de agosto de 2000. Artículo 2º.- Designar, a partir de la fecha, como Fe- datarios Titulares del Ministerio de Justicia, por un perío- do de dos (2) años, a los siguientes servidores: - Dra. Rosa María Orrego Villegas, abogado IV, nivel SPA, de la Dirección de Servicio Civil de Graduandos Se- cigra - Derecho de la Dirección Nacional de Justicia. - Ing. Dacio Luis Durán Cárdenas, Director de Sistema Administrativo II, de la Oficina de Desarrollo y Cooperación Técnica de la Oficina General de Economía y Desarrollo. - Sr. Jhon Freddy Ramírez Fiestas, Técnico en Archi- vo I, nivel STC, de la Oficina de Administración Docu- mentaria de la Oficina General de Administración. Artículo 3º.- Designar, a partir de la fecha, como Fe- datarios Suplentes del Ministerio de Justicia, por un pe- ríodo de dos (2) años, a los siguientes servidores: - Dra. Luisa Trinidad Velásquez Villegas, Director de Programa Sectorial II, nivel F-3, de la Procuraduría Pú- blica a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia. - Dr. Adolfo Vásquez Clavo, Abogado IV, nivel SPA, de la Dirección de Coordinación con la Administración de Justicia de la Dirección Nacional de Justicia. REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE NORMAS LEGALES Se comunica al Congreso de la República, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autónomos, Organismos Descentralizados, CTAR y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivos en la Separata de Normas Legales, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1.-Las normas por publicar se recibirán en la Dirección del Diario Oficial en el horario de 10.30 a.m. a 5.00 p.m. de lunes a viernes. 2.-Las normas cuya publicación se solicite para el día siguiente no deberán exceder de diez (10) páginas. 3.-Si las normas que ingresaran al Diario, en suma, tuvieran una extensión igual o mayor a tres (3) páginas de texto, se requerirá la presentación adjunta de diskette. 4.-Cualquiera sea la cantidad de páginas, si las normas contuvieran tablas o cuadros, éstas deberán venir en diskette y trabajados en Excel una línea por celda sin justificar y, si contuvieran gráficos, éstos deberán ser presentados en formato EPS o TIF a 600 DPI y en escala de grises. LA DIRECCIÓNDIARIO OFICIAL