Norma Legal Oficial del día 01 de marzo del año 2002 (01/03/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 1 de marzo de 2002

Constituyen Comision Multisectorial que formulara proyecto de ley a fin de establecer bases para implementacion de un Sistema Nacional Integrado del Catastro y del Registro de Derechos y Propiedad
DECRETO SUPREMO Nº 020-2002-AG

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, por Decreto Ley Nº 25902, Ley Organica del Ministerio de Agricultura, se crea el Proyecto Especial de Titulacion de Tierras y Catastro Rural - PETT, organo encargado del levantamiento, modernizacion, conservacion y actualizacion de catastro rural del pais; Que, el literal e) del Articulo 6º del Reglamento de la Ley de Areas Naturales Protegidas aprobado por Decreto Supremo Nº 038-2001-AG senala que es funcion del Instituto Nacional de Recursos Naturales - INRENA llevar el Registro y Catastro Oficiales de las Areas Naturales Protegidas asi como promover su inscripcion en los registros correspondientes; Que, mediante la Ley del Catastro Minero Nacional Ley Nº 26615, se creo el Catastro Minero Nacional en el Registro Publico de Mineria, hoy Instituto Nacional de Concesiones y Catastro Minero, el cual comprende un sistema de cuadriculas de 100 hectareas cada una y que divide al territorio nacional con arreglo a las coordenadas UTM en base a las Cartas Nacionales del IGN y establece un sistema unico de coordenadas para los derechos mineros antiguos y modernos; Que, el numeral 8º del Articulo 65º de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 23853 establece que es funcion de la Municipalidad, en materia de acondicionamiento territorial, vivienda y seguridad colectiva, la elaboracion del Catastro Municipal; Que, el Articulo 3º de la Ley del Instituto Geografico Nacional - Ley Nº 27292, establece que el Instituto tiene por finalidad fundamental elaborar y actualizar la Cartografia Basica Oficial del Peru, proporcionando a las entidades publicas y privadas la cartografia que requieran para los fines del desarrollo y la Defensa Nacional; Que, el Articulo 3º del Texto Unico del Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF) de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos - SUNARP aprobado por Resolucion de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos Nº 171-98-SUNARP establece que la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos - SUNARP, es un organismo descentralizado MORDAZA del Sector Justicia y ente rector del Sistema Nacional de los Registros Publicos que integra bajo su competencia a todos los registros existentes en los diferentes sectores publicos, segun el Articulo 2º de la Ley Nº 26366; Que, el Articulo 2º de la Ley de Promocion del Acceso a la Propiedad Formal aprobada por Decreto Legislativo Nº 803, crea la Comision de Formalizacion de la Propiedad Informal (COFOPRI), como organismo rector MORDAZA, encargado de disenar y ejecutar de manera integral, comprehensiva y rapida un Programa de Formalizacion de la Propiedad; Que, el catastro es el complemento ideal de los registros porque permite comprobar la existencia fisica y real de los inmuebles que se inscriben y brinda informacion fidedigna de los derechos reales que puedan invocarse sobre dichos inmuebles; Que, el Peru ha suscrito un contrato con el Banco Interamericano de Desarrollo para la ejecucion de la MORDAZA etapa del Programa de Titulacion y Registro de Tierras el cual contempla el establecimiento de un Sistema de Informacion de Catastro Rural, Sistema que en una MORDAZA etapa debe formar parte de un Sistema In-

tegral de Catastro; Que, dentro del ambito de sus competencias las entidades del Estado han expedido diversas disposiciones de caracter tecnico a fin de contar con bases de datos graficas (derechos mineros, propiedad inmueble, carreteras, areas naturales protegidas, area MORDAZA y expansion MORDAZA, proyectos especiales del Estado, areas arqueologicas, etc.), las mismas que unificadas constituyen una importante herramienta tanto para el desarrollo macroeconomico como para la descentralizacion del MORDAZA, por cuanto permiten evaluar en conjunto los recursos existentes en cada MORDAZA, establecer ventajas comparativas, evaluar la infraestructura productiva (vias de comunicacion, MORDAZA de energia, etc.) e infraestructura social (poblados, escuelas, hospitales, etc.), especializacion productiva, etc.; Que, es prioridad de este gobierno garantizar el desarrollo integral del MORDAZA, para lo cual resulta necesario crear una Comision especializada que evalue y proponga las bases para la implementacion de un Sistema Nacional Integrado del Catastro y del Registro de Derechos y Propiedad Inmueble; De conformidad a lo dispuesto en el numeral 8º del Articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; DECRETA: Articulo 1º.- Creacion de una Comision Multisectorial Constituyase la Comision Multisectorial encargada de evaluar, coordinar y formular dentro de los 90 dias naturales posteriores a su instalacion, un proyecto de Ley que establezca la base normativa catastral, estandarizacion de los procesos tecnicos y administrativos catastrales de las diversas entidades que tienen responsabilidad de generar catastros en el MORDAZA a fin de regular y uniformizar la generacion, administracion, actualizacion y mantenimiento de la informacion catastral y registro de derechos y propiedad inmueble, dentro de una estrategia del Sistema Integral de Catastro, aprovechando para ello el potencial que ofrece la transmision electronica de datos y las tecnologias de la informacion. Articulo 2º.- Miembros de la Comision La Comision Multisectorial estara conformada por: - Ministerio de Agricultura, representado por el Director Ejecutivo del Proyecto Especial de Titulacion de Tierras y Catastro Rural - PETT o su representante. - Ministerio de Energia y Minas, representado por el Jefe Institucional del Instituto Nacional de Concesiones y Catastro Minero - INACC o su representante. - Ministerio de Justicia, representado por el Superintendente de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos - SUNARP o su representante. - La Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, representada por el Jefe del Instituto Catastral e Informatico de MORDAZA - ICIL o su representante. - Comision de Formalizacion de la Propiedad Informal - COFOPRI, representada por el Coordinador Nacional de Formalizacion o su representante. - Superintendencia de Administracion Tributaria - SUNAT, representada por su Superintendente Nacional o su representante. - Ministerio de Defensa, representado por el Jefe del Instituto Geografico Nacional - IGN o su representante. Articulo 3º.- De la Secretaria Tecnica La Comision contara con una Secretaria Tecnica a cargo de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos. La Secretaria Tecnica podra convocar a los demas representantes de los organismos comprometidos en la ejecucion del catastro, asi como a profesionales y tecnicos expertos en la materia para que brinden su colaboracion en temas generales y especificos.

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