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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE MARZO DEL AÑO 2002 (17/03/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 11

Pág. 219425 NORMAS LEGALES Lima, domingo 17 de marzo de 2002 de la Fuerza Aérea del Perú, para la impresión de 55,000 ejemplares de la Prueba General de Admisión 2002. CONSIDERANDO: Que mediante Resolución Rectoral Nº 01388-R-02 de fecha 1 de marzo del 2002, se aprobó la exoneración del Proceso de Selección de Adjudicación Directa Pública para la contratación del servicio de impresión de 55,000 ejemplares de la Prueba General de Admisión 2002 de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, con el Servicio de Imprenta de la Fuerza Aérea del Perú, con un valor referencial de S/. 125,620.74 nuevos soles, in- cluido el IGV; Que la Jefa de la Oficina General de Asesoría Legal eleva a consideración del Rectorado el Contrato de Presta- ción de Servicios entre la Universidad Nacional Mayor de San Marcos y el Servicio de Imprenta de la Fuerza Aérea del Perú, para la impresión de 55,000 ejemplares de la Prue- ba General de Admisión 2002; y, Estando a las atribuciones conferidas al señor Rector por la Ley Universitaria Nº 23733 y el Estatuto de la Uni- versidad Nacional Mayor de San Marcos; SE RESUELVE: Aprobar el Contrato de Prestación de Servicios entre la Universidad Nacional Mayor de San Marcos y el Servicio de Imprenta de la Fuerza Aérea del Perú, para la impresión de 55,000 ejemplares de la Prueba General de Admisión 2002; que en fojas tres (03) forma parte de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese JUAN MANUEL BURGA DÍAZ Rector JOSÉ AGUSTÍN LUQUE BARBA Secretario General. 5128 ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS ESSALUD Modifican numerales de la Directiva "Nor- mas Complementarias al Reglamento de Pago de Prestaciones Económicas" RESOLUCIÓN DE GERENCIA GENERAL Nº 203-GG-ESSALUD-2002 Lima, 27 de febrero del 2002 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27056, Ley de Creación del Seguro So- cial de Salud establece que EsSalud tiene por finalidad dar cobertura a los asegurados y sus derecho habientes, entre otros, a través del otorgamiento de prestaciones económi- cas que comprenden los subsidios por incapacidad tempo- ral, maternidad y lactancia, así como las prestaciones por sepelio; Que, mediante Acuerdo de Consejo Directivo Nº 59-22- ESSALUD-99, se aprobó el Reglamento de Pago de Pres- taciones Económicas, modificado por el Acuerdo de Con- sejo Directivo Nº 14-16-ESSALUD-2000; Que, mediante Resolución de Gerencia General Nº 248- GG-ESSALUD-2001 se aprobó la Directiva Nº 009-GG- ESSALUD-2001 "Normas complementarias al Reglamento de Pago de Prestaciones Económicas", que actualiza las normas complementarias y aprueba los formularios nece- sarios para el otorgamiento y pago de las prestaciones económicas; Que, es conveniente efectuar algunas precisiones y adiciones a la mencionada Directiva, relacionadas con los requisitos necesarios para el otorgamiento y pago de las prestaciones económicas;De conformidad con las facultades conferidas por el inciso b) del Artículo 9º de la Ley Nº 27056 y el numeral 2º del Acuerdo de Consejo Directivo Nº 59-22-ESSALUD-99; SE RESUELVE: Primero.- Incluir en los numerales 7, 8, 10, 12 y 13 de la Directiva Nº 009-GG-EsSalud-2001, los textos siguien- tes: - En el numeral 7.1.2.c., primer párrafo: "Adicionalmente, presentarán el original de la partida de defunción de la afiliada fallecida". - Como segundo párrafo del numeral 8.4.6.: "Para registrar o modificar a su beneficiario, los asegu- rados deberán: a) Presentar la Solicitud de Registro de Beneficiario para el Otorgamiento de la Prestación por Sepelio -Formulario 8007-, entregada por EsSalud, debidamente llenada y fir- mada por el asegurado titular. b) Presentar una copia simple del documento de identi- dad del asegurado titular. c) Presentar una copia simple del documento de identi- dad del beneficiario. d) Mostrar documento de identidad. Si el trámite es rea- lizado por un tercero, deberá presentar una copia del docu- mento de identidad del asegurado y mostrar su documento de identidad". - En el tercer párrafo del numeral 10.1.: "Conjuntamente con el Formulario 8008 deberán pre- sentar una Constancia otorgada por la entidad bancaria donde se especifique los siguientes datos de la entidad empleadora: la razón social, el Nº de NIT y el Nº de cuen- ta bancaria en nuevos soles. Para realizar el presente trámite, se solicitará al representante legal que muestre su documento de identidad; si el trámite lo efectúa un tercero, éste deberá presentar una carta de presentación sellada y firmada por el representante legal de la entidad empleadora." - Como cuarto párrafo del numeral 10.4.: "Para tramitar cualquiera de los casos indicados, el in- teresado deberá mostrar su documento de identidad. En caso que lo tramite un tercero, éste deberá mostrar su do- cumento de identidad y presentar copia simple del docu- mento de identidad del interesado que firma la solicitud." - En los numerales 12.2.2.c., 12.3.2.c. y 12.4.2.c: "En caso que un tercero efectúe el trámite, éste deberá presentar copia del documento de identidad del asegurado y mostrar su documento de identidad". - En el numeral 12.5.3.d.: "En caso que un tercero efectúe el trámite, éste deberá presentar copia del documento de identidad del beneficiario y mostrar su documento de identidad". - En el numeral 13.2.c: "Si el representante legal efectúa el trámite, se le soli- citará mostrar su documento de identidad" - Como último párrafo del numeral 13.3.: "Precisar que para efecto de determinar el tipo de be- neficiario con derecho a la prestación por sepelio, de acuer- do a las condiciones establecidas en el presente numeral, se tomará como referencia la fecha de fallecimiento del asegurado titular." Segundo.- Incluir los siguientes numerales en el acápite 7 de la Directiva Nº 009-GG-EsSalud-2001: 7.1.1.f. En caso la entidad empleadora solicite el reem- bolso por subsidios, se solicitará al representante legal que muestre su documento de identidad; si el trámite lo efec-