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Pág. 219426 NORMAS LEGALES Lima, domingo 17 de marzo de 2002 túa un tercero deberá mostrar carta de presentación de la entidad empleadora firmada por el representante legal. Si el asegurado solicita el Pago Directo del subsidio, se solicitará que muestre su documento de identidad. En caso sea un tercero, presentará copia del documento de identidad del asegurado y mostrará su documento de identidad. 7.1.1.g. En caso que la entidad empleadora haya in- cumplido con el pago del subsidio, el asegurado efectuará el trámite como pago directo, presentando el formulario 8002 que no requerirá la firma del empleador. Adicionalmente a los requisitos establecidos, según corresponda, el asegu- rado cumplirá con presentar en original una denuncia sim- ple, debidamente firmada, comunicando de este hecho a EsSalud. 7.1.2.d. La identificación del empleador o asegurada, según corresponda, se efectuará conforme se indica en el numeral 7.1.1.f.; asimismo, será de cumplimiento para la solicitud del pago de la segunda armada. 7.1.2.e. En caso de incumplimiento de pago del subsi- dio por el empleador, la asegurada cumplirá lo indicado en el numeral 7.1.1.g.Tercero.- Modificar el numeral 7.1.1.b del acápite 7 de la Directiva Nº 009-GG-EsSalud-2001, quedando como si- gue: 7.1.1.b. Sólo para ocurrencias por incapacidad temporal hasta el 25 de diciembre del 2001, se deberá presentar certificados médicos particulares o CITT en original que sustenten la incapacidad por los primeros 20 días. A partir del 26 de diciembre del 2001, sólo se presentará CITT en original, en caso de certificados médicos particulares de- berán ser canjeados por CITT. Cuarto.- Déjese sin efecto los numerales 7.1.3.c y 12.4.2.b de la Directiva Nº 009-GG-EsSalud-2001. Regístrese, comuníquese y publíquese. ASABEDO FERNÁNDEZ CARRETERO Gerente General (e) ESSALUD 5088 C T A R Aprueban Texto Único de Procedimien- tos Administrativos del CTAR Tumbes RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL Nº 0051-2002/CTAR TUMBES-P Tumbes, 29 de enero de 2002 VISTO: El Informe Nº 002-2002/CTAR TUMBES-GRPP- DI-SGDI, de fecha 24 de enero 2002, relativo al Texto Úni- co de Procedimientos Administrativos - TUPA-2002, de la sede CTAR TUMBES; CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Adminis- trativo General, señala la obligatoriedad para todas las En- tidades de la Administración Pública de aprobar y publicar su correspondiente Texto Único de Procedimientos Admi- nistrativos - TUPA; Que, el Decreto Supremo Nº 018-2001-PCM, dispuso que las Entidades del Sector Público, deben incorporar en su Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA, la información que posean o produzcan; Estando a lo informado y contando con la visación y conformidad de la Gerencia Regional de Planificación, Pre- supuesto y Desarrollo Institucional, Gerencia Regional de Asesoría Jurídica, Gerencia Regional de Administración, Gerencia Regional de Operaciones y Secretaría Técnica del CTAR TUMBES;En uso de las atribuciones conferidas al Despacho por la Ley Nº 26922, Decreto Supremo Nº 010-98-PRES y Re- solución Suprema Nº 207-2001-PRES; SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR, el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA, del Consejo Transitorio de Administración Regional de Tumbes - CTAR TUMBES, que consta de CUARENTIUNO (41) proce - dimientos, y es parte integral de la presente Resolu- ción. Artículo Segundo.- Las disposiciones contenidas en el TUPA 2002, tendrá una vigencia de DOS (2) años, y serán de estricto cumplimiento de las Unidades Orgánicas de la sede del CTAR TUMBES. Artículo Tercero.- ENCARGAR, al Área de Trámite Documentario, la difusión del TUPA - 2002, para conoci- miento del público usuario, así como la publicación de la presente Resolución y su anexo en el Diario Oficial El Peruano y en un diario de mayor circulación de la Re- gión. Artículo Cuarto.- TRANSCRIBIR, la presente Resolu- ción al Ministerio de la Presidencia a las Unidades Orgáni- cas de la sede CTAR TUMBES, y Cuna Jardín "San Martín de Porras", para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y cúmplase. EDMUNDO DILTHEY ROMERO DA SILVA Presidente Ejecutivo Consejo Transitorio de Administración Regional CTAR - TUMBES REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE TUPA Se comunica al Congreso de la República, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autónomos, Organismos Descentralizados, CTAR y Municipalidades que, para publicar sus respectivos TUPA en la separata de Normas Legales, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1.- Los cuadros de los TUPA deben venir trabajados en Excel, una línea por celda, sin justificar. 2.- Los TUPA deben ser entregados al Diario Oficial con cinco días de anticipación a la fecha de ser publicados. LA DIRECCIÓNDIARIO OFICIAL