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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE MARZO DEL AÑO 2002 (17/03/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 9

Pág. 219423 NORMAS LEGALES Lima, domingo 17 de marzo de 2002 Ubicación de los Estudios y Planta :Av. Pachacútec Mz. D, Lote 2 - Zona B Tambo Viejo, distrito Cieneguilla, provincia y departamento de Lima. Coordenadas L.O. 76° 48' 35" L.S. 12° 07' 00" Artículo 2º.- La renovación de la autorización a que se refiere el artículo precedente, se otorga por el plazo de diez (10) años, que vencerá el 23 de octubre del año 2011. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ TÁVARA MARTÍN Viceministro de Comunicaciones 5077 RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 133-2002-MTC/15.03 Lima, 14 de marzo de 2002 VISTA, la solicitud de renovación de autorización para continuar operando una estación del servicio de radiodi- fusión sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), ubicada en el distrito, provincia y departamento de Ica, a favor de RADIO HIT S.A.; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 485-90-TC/ 15.17 del 20 de abril de 1990, se otorgó autorización a la empresa RADIO HIT S.A., por el plazo de diez (10) años, para operar una estación del servicio de radiodifusión so- nora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en el distri- to, provincia y departamento de Ica; Que, el Artículo 178º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones establece que el titular de una autorización, como es el caso del servicio de radiodifusión, debe solicitar la renovación tres (3) meses antes del ven- cimiento de la autorización objeto de renovación; otorgán- dose amnistía por los Decretos Supremos Nºs. 024-98- MTC y 043-2000-MTC, prorrogado por el Decreto Supremo Nº 029-2001-MTC, para aquellos que no hubieran solicita- do la renovación dentro del plazo legal. Asimismo, el Artí- culo 182º del Reglamento General acotado señala que es requisito indispensable para que opere la renovación de autorización del servicio de radiodifusión, que el titular esté al día en sus pagos; Que, la Dirección de Administración de Frecuencias de la Dirección General de Telecomunicaciones, con el Infor- me Nº 611-2001-MTC/15.19.03.2, señala que habiéndose efectuado la inspección técnica a las instalaciones de la referida estación de radiodifusión sonora comercial en Fre- cuencia Modulada (FM), se constató que cuenta con el equipamiento necesario para su operación y que viene ope- rando satisfactoriamente, por lo que emite su conformidad técnica para que se le otorgue la renovación de la autoriza- ción solicitada, incluyendo el cambio de ubicación y el cam- bio del tipo de emisión de dicha estación; Que, la Dirección de Asesoría Técnica de la Dirección General de Telecomunicaciones, mediante Informe Nº 1176- 2001-MTC/15.19.01, opina que es procedente otorgar la renovación de la autorización solicitada por la empresa RADIO HIT S.A., para operar la citada estación de radiodi- fusión sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), por el plazo de diez (10) años; De conformidad con el Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, su Reglamento General, aprobado por Decre- to Supremo Nº 06-94-TCC y sus modificatorias, el Decreto Supremo Nº 043-2000-MTC y el Texto Único de Procedi- mientos Administrativos del Ministerio de Transportes, Co- municaciones, Vivienda y Construcción; y, Con la opinión favorable del Director General de Teleco- municaciones; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Renovar la autorización a la empresa RADIO HIT S.A., para la operación de una estación delservicio de radiodifusión sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), ubicada en el distrito, provincia y departa- mento de Ica, de acuerdo a las siguientes características técnicas: Estación :BC-FM Frecuencia :90.7 MHz Indicativo :OCX-5C-FM Potencia :1 Kw. Emisión :256F8E Horario :H24 Ubicación de los Estudios y la Planta :Conde de Nieva Nº 125, urbani- zación Luren, distrito, provincia y departamento de Ica. Coordenadas L.O. 75° 43' 21" L.S. 14° 04' 04" Artículo 2º.- La renovación de la autorización a que se refiere el artículo precedente, se otorga por el plazo de diez (10) años, que vencerá el 20 de abril de 2010. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ TÁVARA MARTÍN Viceministro de Comunicaciones 5078 Otorgan licencia a Marítima Rubio S.A.C. para prestar servicio de transporte en bahía en el Terminal Portuario del Ca- llao y su área de influencia RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 256-2001-MTC/15.15 Lima, 29 de diciembre de 2001 Vista las solicitudes (Expedientes Nºs. 2001-023968, 025731, 030784 y 068717) presentadas por la empresa MARÍTIMA RUBIO S.A.C., solicitando Licencia para la pres- tación del Servicio de Transporte en Bahía en el Terminal Portuario del Callao; CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo Nº 056-2000-MTC (29.DIC.2000), se facultó a la Dirección General de Trans- porte Acuático del Sector Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción, la regulación, supervisión y con- trol de las actividades administrativas-empresariales de los servicios de transporte marítimo y conexos realizados en tráfico de bahía y áreas portuarias; Que, por Resolución Ministerial Nº 100-2001-MTC/15.15 de fecha 28 de febrero de 2001, se aprobó el Reglamento del referido Decreto Supremo, el cual en su Artículo 11º establece que las Licencias para prestar los referidos ser- vicios, serán otorgadas por Resolución Directoral de la Di- rección General de Transporte Acuático, previo cumplimien- to de los requisitos que exige el mencionado Reglamento; Que, la citada empresa según opinión favorable emiti- da por el Director de Empresas y Actividades Portuarias y el Asesor Legal, mediante los Informes Nºs. 345-2001-MTC/ 15.15.03 y 274-2001-MTC/15.15.al, respectivamente, ha dado cumplimiento a los requisitos establecidos en el Artí- culo 14º del referido Reglamento, y su Modificatoria apro- bada por Resolución Ministerial Nº 401-2001-MTC/15.15 de fecha 29 de agosto del 2001, por lo que corresponde al efecto otorgar la Licencia solicitada; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25862, Decreto Supremo Nº 056-2000-MTC y su Regla- mento aprobado por Resolución Ministerial Nº 100-2001-MTC/ 15.15, modificado por Resolución Ministerial Nº 401-2001- MTC/15.15 y Resolución Ministerial Nº 461-2001-MTC/15.02; SE RESUELVE: Artículo 1º.- OTORGAR a la empresa "MARÍTIMA RU- BIO S.A.C." la Licencia Nº 030-2001-MTC/15.15-STB, para