Norma Legal Oficial del día 17 de marzo del año 2002 (17/03/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

MORDAZA, MORDAZA 17 de marzo de 2002

NORMAS LEGALES

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mocion de la Ninez y la Adolescencia promover, coordinar, dirigir, supervisar y evaluar las politicas, planes, programas y proyectos en el MORDAZA de la ninez y la adolescencia, con enfoque de genero, para contribuir a su bienestar y desarrollo, en especial de aquellos que se encuentren en riesgo o vulnerabilidad; Que el Estado Peruano ha suscrito y ratificado tanto la Convencion sobre los Derechos del MORDAZA, como el Convenio Relativo a la Proteccion del MORDAZA y a la Cooperacion en Materia de Adopcion Internacional, denominado Convencion de La MORDAZA, siendo la Autoridad Central en el MORDAZA de su aplicacion la Oficina de Adopciones de la Gerencia de Promocion de la Ninez y la Adolescencia; Que dentro de este contexto el Peru ha elaborado y promulgado normas en materia de adopciones, entre ellas la Ley Nº 26981, Ley de Procedimiento Administrativo de Adopcion de Menores de Edad Declarados Judicialmente en Abandono y su Reglamento, de vanguardia internacional y que cuentan con un amplio reconocimiento de la comunidad internacional; Que no obstante ello, existe un numero significativo de menores de edad a cuyo favor se ha abierto investigacion tutelar por encontrarse en peligro moral y/o material y/o presuncion de abandono, y cuya situacion sociojuridica no ha sido aun esclarecida, debido a la falta de especializacion y exclusividad de los juzgados competentes en materia tutelar, que ocasiona una excesiva carga procesal, siendo este tema de alta prioridad para los sectores cuya poblacion objetivo es la ninez y la adolescencia; Que en este contexto resulta necesaria la conformacion de una Mesa Multisectorial de Trabajo para los temas de Adopciones, Colocaciones Familiares e Investigaciones Tutelares conformada por representantes del Poder Judicial, Ministerio Publico, Policia Nacional del Peru, Instituto Nacional de Bienestar Familiar - INABIF y el Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano - PROMUDEH, a fin de coordinar acciones en el MORDAZA de la competencia de cada institucion respecto a estos temas; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 866 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano y modificatorias, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 012-98-PROMUDEH y modificatorias; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Constituir, la Mesa Multisectorial de Trabajo de Adopciones, Colocaciones Familiares e Investigaciones Tutelares, a fin de disenar, proponer y coordinar acciones entre las instancias competentes respecto de la situacion sociojuridica de los ninos, ninas y adolescentes en presunto abandono y albergados en Centros Tutelares a nivel nacional, asi como uniformar criterios en relacion a las medidas de proteccion. Articulo 2º.- La Mesa Multisectorial de Trabajo de Adopciones, Colocaciones Familiares e Investigaciones Tutelares, estara conformada por las siguientes Instituciones: - Dos representantes del Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano - PROMUDEH, uno de los cuales lo presidira; - Dos representantes del Instituto Nacional de Bienestar Familiar - INABIF; - Dos representantes de la Policia Nacional del Peru; - Dos representantes del Ministerio Publico; y, - Dos representantes del Poder Judicial. Articulo 3º.- El Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano - PROMUDEH, a traves de la Gerencia de Promocion de la Ninez y la Adolescencia desempenara las funciones de Secretaria Tecnica. La Mesa Multisectorial de Trabajo, para el cumplimiento de sus objetivos y fines esta facultada a elaborar sus lineamientos y demas documentos necesarios, debiendo elevar a la Secretaria Tecnica los informes sobre el tema. Articulo 4º.- Las Entidades del Estado dentro del plazo de diez (10) dias de la publicacion de la presente Resolucion, procederan a acreditar a sus representantes titular y alterno ante el Despacho Ministerial del Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano. Articulo 5º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por la Ministra de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano y por el Ministro del Interior.

Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA BLONDET MORDAZA Ministra de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano MORDAZA MORDAZA C. Ministro del Interior 5156

Autorizan a procuradora iniciar acciones contra presuntos responsables de la comision de delitos en agravio de la COOPOP
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 165-2002-PROMUDEH MORDAZA, 13 de marzo de 2002 Vistos el Oficio Nº 268-2000-GAI/COOPOP, de fecha 30 de noviembre del 2001, de la Gerencia de Auditoria Interna de la Oficina Nacional de Cooperacion Popular - COOPOP; CONSIDERANDO: Que de acuerdo a las conclusiones y recomendaciones contenidas en el Informe Especial Nº 028-2001-02-0197, "Examen Especial a la Unidad Operativa COOPOP - MORDAZA Callao", la Gerencia de Auditoria Interna de la Oficina Nacional de Cooperacion Popular - COOPOP, ha evidenciado indicios razonables de presunta responsabilidad penal por parte de los senores MORDAZA MORDAZA Estacio, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Aldude y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en la ejecucion del presupuesto relativo al Forum "Prevencion de Violencia Familiar y Uso de Drogas", al haber requerido la adquisicion de bienes que finalmente no habrian sido distribuidos entre los asistentes al mencionado Forum en su totalidad, desconociendose su probable destino, existiendo declaraciones contradictorias por parte del personal a cargo del mencionado evento; Que de conformidad con lo dispuesto en el inciso f) del Articulo 16º del Decreto Ley Nº 26162 - Ley del Sistema Nacional de Control, los informes y/o dictamenes resultado de una accion de control emitidos por cualquier organo del sistema constituyen prueba preconstituida para la iniciacion de las acciones administrativas y/o legales a que hubiera lugar; Que en consecuencia, resulta necesario autorizar a la senora Procuradora Publica encargada de la representacion y defensa de los intereses del Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano - PROMUDEH, inicie e impulse las acciones legales correspondientes con el objeto de salvaguardar los intereses de la institucion; De conformidad con lo establecido por el Articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru, Decreto Ley Nº 17537 - Ley de Representacion y Defensa Judicial del Estado, modificado por Decreto Ley Nº 17667 y el Decreto Legislativo Nº 866 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano PROMUDEH y modificatorias; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar a la Procuradora Publica a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano - PROMUDEH, para que en representacion y defensa de los intereses del Estado, inicie e impulse las acciones legales que correspondan contra los presuntos responsables establecidos en el Informe Especial Nº 028-2001-02-0197, emitidos por la Gerencia de Auditoria Interna de la Oficina Nacional de Cooperacion Popular - COOPOP, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion Ministerial. Articulo 2º.- Remitir MORDAZA de la presente resolucion asi como los antecedentes del caso a la mencionada Procuradora Publica para los fines consiguientes.

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