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Pág. 219421 NORMAS LEGALES Lima, domingo 17 de marzo de 2002 moción de la Niñez y la Adolescencia promover, coordinar, dirigir, supervisar y evaluar las políticas, planes, progra- mas y proyectos en el campo de la niñez y la adolescen- cia, con enfoque de género, para contribuir a su bienestar y desarrollo, en especial de aquéllos que se encuentren en riesgo o vulnerabilidad; Que el Estado Peruano ha suscrito y ratificado tanto la Convención sobre los Derechos del Niño, como el Conve- nio Relativo a la Protección del Niño y a la Cooperación en Materia de Adopción Internacional, denominado Conven- ción de La Haya, siendo la Autoridad Central en el marco de su aplicación la Oficina de Adopciones de la Gerencia de Promoción de la Niñez y la Adolescencia; Que dentro de este contexto el Perú ha elaborado y promulgado normas en materia de adopciones, entre ellas la Ley Nº 26981, Ley de Procedimiento Administrativo de Adopción de Menores de Edad Declarados Judicialmente en Abandono y su Reglamento, de vanguardia internacio- nal y que cuentan con un amplio reconocimiento de la co- munidad internacional; Que no obstante ello, existe un número significativo de menores de edad a cuyo favor se ha abierto investigación tutelar por encontrarse en peligro moral y/o material y/o presunción de abandono, y cuya situación sociojurídica no ha sido aún esclarecida, debido a la falta de especializa- ción y exclusividad de los juzgados competentes en mate- ria tutelar, que ocasiona una excesiva carga procesal, sien- do este tema de alta prioridad para los sectores cuya pobla- ción objetivo es la niñez y la adolescencia; Que en este contexto resulta necesaria la conforma- ción de una Mesa Multisectorial de Trabajo para los te- mas de Adopciones, Colocaciones Familiares e Investi- gaciones Tutelares conformada por representantes del Poder Judicial, Ministerio Público, Policía Nacional del Perú, Instituto Nacional de Bienestar Familiar - INABIF y el Ministerio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano - PROMUDEH, a fin de coordinar acciones en el marco de la competencia de cada institución respecto a estos temas; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legisla- tivo Nº 866 - Ley de Organización y Funciones del Ministe- rio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano y modificatorias, su Reglamento aprobado por Decreto Su- premo Nº 012-98-PROMUDEH y modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Constituir, la Mesa Multisectorial de Tra- bajo de Adopciones, Colocaciones Familiares e Investiga- ciones Tutelares, a fin de diseñar, proponer y coordinar acciones entre las instancias competentes respecto de la situación sociojurídica de los niños, niñas y adolescentes en presunto abandono y albergados en Centros Tutelares a nivel nacional, así como uniformar criterios en relación a las medidas de protección. Artículo 2º.- La Mesa Multisectorial de Trabajo de Adopciones, Colocaciones Familiares e Investigaciones Tutelares, estará conformada por las siguientes Institu- ciones: - Dos representantes del Ministerio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano - PROMUDEH, uno de los cuales lo presidirá; - Dos representantes del Instituto Nacional de Bienes- tar Familiar - INABIF; - Dos representantes de la Policía Nacional del Perú; - Dos representantes del Ministerio Público; y, - Dos representantes del Poder Judicial. Artículo 3º.- El Ministerio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano - PROMUDEH, a través de la Ge- rencia de Promoción de la Niñez y la Adolescencia desem- peñará las funciones de Secretaría Técnica. La Mesa Mul- tisectorial de Trabajo, para el cumplimiento de sus objeti- vos y fines está facultada a elaborar sus lineamientos y demás documentos necesarios, debiendo elevar a la Se- cretaría Técnica los informes sobre el tema. Artículo 4º.- Las Entidades del Estado dentro del pla- zo de diez (10) días de la publicación de la presente Reso- lución, procederán a acreditar a sus representantes titular y alterno ante el Despacho Ministerial del Ministerio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será re- frendada por la Ministra de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano y por el Ministro del Interior.Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República CECILIA BLONDET MONTERO Ministra de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano FERNANDO ROSPIGLIOSI C. Ministro del Interior 5156 Autorizan a procuradora iniciar accio- nes contra presuntos responsables de la comisión de delitos en agravio de la COOPOP RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 165-2002-PROMUDEH Lima, 13 de marzo de 2002 Vistos el Oficio Nº 268-2000-GAI/COOPOP, de fecha 30 de noviembre del 2001, de la Gerencia de Auditoría In- terna de la Oficina Nacional de Cooperación Popular - CO- OPOP; CONSIDERANDO: Que de acuerdo a las conclusiones y recomendacio- nes contenidas en el Informe Especial Nº 028-2001-02-0197, "Examen Especial a la Unidad Operativa COOPOP - Lima Callao", la Gerencia de Auditoría Interna de la Oficina Na- cional de Cooperación Popular - COOPOP, ha evidenciado indicios razonables de presunta responsabilidad penal por parte de los señores Liborio Zevallos Estacio, Miguel Arte- mio Parra Clemente Teodoro, Manuel Conde Aldude y Tania García Morales, en la ejecución del presupuesto relativo al Fórum "Prevención de Violencia Familiar y Uso de Dro- gas", al haber requerido la adquisición de bienes que final- mente no habrían sido distribuidos entre los asistentes al mencionado Fórum en su totalidad, desconociéndose su probable destino, existiendo declaraciones contradictorias por parte del personal a cargo del mencionado evento; Que de conformidad con lo dispuesto en el inciso f) del Artículo 16º del Decreto Ley Nº 26162 - Ley del Sistema Nacional de Control, los informes y/o dictámenes resul- tado de una acción de control emitidos por cualquier órga- no del sistema constituyen prueba preconstituida para la iniciación de las acciones administrativas y/o legales a que hubiera lugar; Que en consecuencia, resulta necesario autorizar a la señora Procuradora Pública encargada de la representa- ción y defensa de los intereses del Ministerio de Promo- ción de la Mujer y del Desarrollo Humano - PROMUDEH, inicie e impulse las acciones legales correspondientes con el objeto de salvaguardar los intereses de la institución; De conformidad con lo establecido por el Artículo 47º de la Constitución Política del Perú, Decreto Ley Nº 17537 - Ley de Representación y Defensa Judicial del Estado, modificado por Decreto Ley Nº 17667 y el Decreto Legisla- tivo Nº 866 - Ley de Organización y Funciones del Ministe- rio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano - PROMUDEH y modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar a la Procuradora Pública a car- go de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano - PROMUDEH, para que en representación y defensa de los intereses del Esta- do, inicie e impulse las acciones legales que correspondan contra los presuntos responsables establecidos en el In- forme Especial Nº 028-2001-02-0197, emitidos por la Ge- rencia de Auditoría Interna de la Oficina Nacional de Cooperación Popular - COOPOP, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolu- ción Ministerial. Artículo 2º.- Remitir copia de la presente resolución así como los antecedentes del caso a la mencionada Pro- curadora Pública para los fines consiguientes.