Norma Legal Oficial del día 17 de marzo del año 2002 (17/03/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 17 de marzo de 2002

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE LURIGANCHO
Aprueban Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Lurigancho
ORDENANZA Nº 001 San MORDAZA de Lurigancho, 11 de febrero de 2002 EL CONCEJO DISTRITAL DE SAN MORDAZA DE LURIGANCHO VISTO: En Sesion Extraordinaria de la fecha el Dictamen Nº 001-2002-CEPP/MSJL de la Comision de Economia, Presupuesto y Planeamiento y el Informe Nº 034-2002OP/MSJL de la Oficina de Planeamiento que contiene el Informe Tecnico y el Proyecto del Texto Unico de Procedimientos Administrativos 2002 de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Lurigancho; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Articulo 191º de la Constitucion Politica del Peru, las Municipalidades son organos de Gobierno Local y tienen por tanto, autonomia politica, economica y administrativa, en los asuntos de su competencia; Que, la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, establece en su Tercera Disposicion Transitoria que las entidades deberan aprobar su MORDAZA conforme a las Normas de la referida Ley, en un plazo MORDAZA de cuatro meses, contados a partir de su vigencia; Que, el Texto Unico de Procedimientos Administrativos MORDAZA, es el documento unificado que contiene toda la informacion relativa a la tramitacion de los procedimientos administrativos que se realizan ante las distintas dependencias de la Corporacion, teniendo como finalidad: unificar, reducir y simplificar los procedimientos administrativos que se siguen ante las distintas dependencias de la Municipalidad; Que, concordante con el concepto anteriormente glosado las entidades de la Administracion Publica solo podran exigir a los particulares el cumplimiento de los procedimientos administrativos, tal como consten en su respectivo TUPA; por tanto, la Municipalidad del distrito de San

MORDAZA de Lurigancho, no podra requerir la realizacion de procedimientos administrativos, la MORDAZA de informacion, ni documentacion, el cumplimiento de requisitos, ni el pago de derechos administrativos, que no esten expresamente previstos en el TUPA; Que, la presente Ordenanza recoge los principios establecidos en la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, tales como el MORDAZA de legalidad, del debido procedimiento, de celeridad, de simplicidad, de presuncion, de veracidad, de razonabilidad e imparcialidad; Que, de acuerdo con el Informe Tecnico emitido por la Oficina de Planeamiento, se establece que el monto de los derechos no podra exceder el costo real del servicio, entendiendose por tal el costo marginal que genere para la Municipalidad la tramitacion del correspondiente procedimiento administrativo, que sea especifico e individualizable y que en ningun caso podra exceder de una UIT para el Ejercicio Fiscal 2002; Que, para la actual gestion municipal, la modernizacion administrativa en nuestra Institucion debe ser preocupacion MORDAZA, a fin de procurar una adecuada prestacion de servicios al vecindario; atendiendo de manera agil, con respeto y eficiencia la demanda de los administrados; Estando a las facultades conferidas por el Art. 36º inciso 3) de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 23853, con el MORDAZA mayoritario del pleno del Concejo y con la dispensa del tramite de aprobacion de acta, se aprobo la siguiente: ORDENANZA "TEXTO UNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MORDAZA DE LURIGANCHO" Articulo Primero.- APROBAR EL TEXTO UNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MORDAZA DE LURIGANCHO (TUPA), el mismo que consta de 43 folios y forma parte integrante de la presente Ordenanza. Articulo Segundo.- ENCARGAR a todas las unidades organicas de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Lurigancho, el estricto cumplimiento de la presente Ordenanza. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

DIARIO OFICIAL

REQUISITOS PARA PUBLICACION DE NORMAS LEGALES
Se comunica al Congreso de la Republica, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autonomos, Organismos Descentralizados, CTAR y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivos en la Separata de Normas Legales, deberan tener en cuenta lo siguiente: 1.- Las normas por publicar se recibiran en la Direccion del Diario Oficial en el horario de 10.30 a.m. a 5.00 p.m. de lunes a viernes. 2.- Las normas cuya publicacion se solicite para el dia siguiente no deberan exceder de diez (10) paginas. 3.- Si las normas que ingresaran al Diario, en suma, tuvieran una extension igual o mayor a tres (3) paginas de texto, se requerira la MORDAZA adjunta de diskette. 4.- Cualquiera sea la cantidad de paginas, si las normas contuvieran tablas o MORDAZA, estas deberan venir en diskette y trabajados en Excel una linea por celda sin justificar y, si contuvieran graficos, estos deberan ser presentados en formato EPS o TIF a 600 DPI y en escala de grises.

LA DIRECCION

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