Norma Legal Oficial del día 22 de marzo del año 2002 (22/03/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 85

MORDAZA, viernes 22 de marzo de 2002

NORMAS LEGALES

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cibido, transcurridos los cuales, el expediente sera derivado a la Oficina de Secretaria General y del Concejo para su posterior remision al Despacho de Alcaldia, a fin de expedir la resolucion respectiva en el plazo de diez (10) dias. En caso de declararse fundada la denuncia, se impondran las sanciones administrativas a que hubiera lugar, sin perjuicio de disponer que se cumplan las disposiciones municipales vulneradas. Si las circunstancias lo ameritan, a efecto de preservar el bienestar de los vecinos, la Autoridad Administrativa puede ordenar se modifiquen las condiciones del establecimiento o cancelar las Licencias o Autorizaciones concedidas. TITULO X ORGANOS COMPETENTES Articulo 33º.- Son organos competentes en la tramitacion, fiscalizacion y control de los actos administrativos contemplados en la presente Ordenanza: 1. La Direccion de Desarrollo Urbanistico expedira las resoluciones autorizando o denegando lo solicitado, expidiendo los Certificados de Licencia de Funcionamiento, Licencia de Funcionamiento Provisional y las Autorizaciones Especiales y Temporales de cualquier tipo. El MORDAZA resolvera los Recursos de Apelacion interpuestos contra las Resoluciones Directorales. Asimismo la mencionada Direccion, sera responsable de la tramitacion y expedicion de los Certificados de Zonificacion y Compatibilidad de Uso, ademas de la Conformidad del Establecimiento y/o Informe favorable de Defensa Civil. 2. La Division de Catastro y Autorizaciones Municipales es la encargada de la tramitacion, verificacion previa y posterior, emision, otorgamiento y control de los Certificados de Licencia de Funcionamiento, Licencia de Funcionamiento Provisional, Autorizacion Especial o Autorizacion Temporal de cualquier tipo. 3. La Unidad de Administracion Documentaria y Archivos, es la unidad organica encargada de entregar los formatos de Declaracion Jurada de Permanencia. 4. La Oficina de Seguridad y Vigilancia Municipal, sera el area responsable de la fiscalizacion y encargada de emitir los informes senalados en esta Ordenanza y de la fiscalizacion del correcto uso de los Certificados otorgados, asi como de ejecutar las acciones de fiscalizacion, control y sancion que disponga la Autoridad competente. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES Primera.- Prohibase dentro del distrito, el funcionamiento de establecimientos con los siguientes giros: prostibulos y MORDAZA de cita, boites, fabricacion o comercializacion de explosivos o juegos pirotecnicos debido a que el distrito no cuenta con zonas adecuadas para esos giros. Asimismo, queda prohibido: promover el consumo de licor en la via publica. Segunda.- Deroguese todas las ordenanzas y demas disposiciones municipales que se oponga a la presente Ordenanza. Tercera.- Conceder a los comerciantes del distrito a partir de la publicacion de la presente ordenanza, un plazo de 90 dias habiles, a efecto de que regularicen su situacion y obtengan su licencia o autorizacion respectiva. Cuarta.- Para aquellos que se acojan a lo senalado en el articulo precedente, dejese sin efecto las Multas por concepto de funcionar el establecimiento comercial o de servicios sin la respectiva Licencia Municipal de Funcionamiento impuestas a partir del 1 de enero del 2002 que se encuentren pendientes de pago o en tramite de procedimiento administrativo o coactivo. Quinta.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano.

Sexta.- Encargar a la Oficina de Planificacion, Presupuesto y Racionalizacion y a la Oficina de Asesoria Legal, la adecuacion de las normas de Gestion, para una correcta aplicacion de la presente Ordenanza. POR TANTO Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA M. TACCHINO D. MORDAZA 5053

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
Declaran zonas rigidas para estacionamiento de vehiculos a diversas avenidas y el ingreso a la Costa MORDAZA, correspondiente a la jurisdiccion del distrito
DECRETO DE ALCALDIA Nº 03-2002-MDSM San MORDAZA, 21 de marzo de 2002 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MORDAZA CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica en su Articulo 194º senala que las Municipalidades tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, de acuerdo al inciso 17) del Articulo 65º de la Ley Nº 23853, las Municipalidades tienen como funcion en materia de Acondicionamiento Territorial y Seguridad Colectiva, establecer y, de ser el caso, controlar el cumplimiento de las normas de seguridad y promover los servicios publicos necesarios contra incendios, inundaciones y otras catastrofes; Que, el Articulo 111º de la Ley Nº 23853 senala que mediante los Decretos se resuelven o regulan asuntos de orden general y de interes para el vecindario; Que, recientemente se ha presentado un hecho lamentable en el distrito de MORDAZA, lo cual rechazamos de manera energica y a la vez nos obliga a redoblar las medidas de seguridad dentro de la ciudad; Que el distrito de San MORDAZA, rechaza cualquier MORDAZA de violencia o amenaza que afecte la tranquilidad o seguridad de la comunidad, por lo que propugna el ideal de vivir dentro de una Cultura Civica de Paz y Respeto a los Derechos Fundamentales de la persona; Que, estando proxima la llegada del senor Presidente de los Estados Unidos de Norteamerica a nuestro MORDAZA, es necesario adoptar las medidas de seguridad a fin de evitar posibles acontecimientos que afecten en forma negativa a la poblacion sanmiguelina; En uso de las facultades que confiere el inciso 6) del Articulo 47º y el Articulo 111º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 23853 y con cargo a dar cuenta al Concejo y la Municipalidad Metropolitana de Lima; DECRETA: Articulo Primero.- Declarar MORDAZA rigida para el estacionamiento de vehiculos que no esten debidamente identificados con su placa de rodaje o que la misma se encuentre deteriorada de tal manera que no se pueda tener certeza de los datos consignados, en las avenidas: La MORDAZA, MORDAZA Faucett, MORDAZA Escardo y el ingreso a la Costa MORDAZA correspondiente a la jurisdiccion del distrito de San Miguel. Articulo Segundo.- La Policia Nacional del Peru a traves de la Comisaria de San MORDAZA y la Comisaria de Maranga en coordinacion con la Direccion de Seguridad

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