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Pág. 220105 NORMAS LEGALES Lima, viernes 29 de marzo de 2002 2002; el Expediente Nº 55504 del 21 de marzo del 2002; y los Acuerdos Nºs. 002-2002-AUCPMI y 003- 2002-AUCPMI del Pleno del CONAFU, como Asam- blea Universitaria del 21 de marzo del 2002; y, CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 26439 se crea el Consejo Nacional para la Autorización de Funcionamiento de Universidades - CONAFU, como órgano autónomo de la Asamblea Na- cional de Rectores, teniendo como atribución: la de eva- luar los proyectos y solicitudes de autorización de funcionamiento de las nuevas universidades a nivel na- cional, y emitir resoluciones autorizando o denegando el funcionamiento provisional, previa verificación del cum- plimiento efectivo de los requisitos y condiciones esta- blecidas en la Ley; Que, los señores Noé González Sánchez, Gonzalo Livias Moreno, Elías Sanabria Lázaro, Leonilda Obre- gón Alejo, Olimpia Torres Zapata y Juan Saturnino Carreón Ramos, han interpuesto demanda judicial de Convocatoria Judicial de Asamblea Extraordinaria de Asociados de la Asociación Promotora de la Univer- sidad Cristiana Abierta del Perú María Inmaculada, solicitando dentro del mismo proceso en Cuaderno Cautelar se designe un Administrador Judicial de Bie- nes, que deberá recaer sobre la Universidad Cristia- na del Perú María Inmaculada, medida que fue am- parada mediante Resolución número uno del prime- ro de marzo del 2002, por el 54º Juzgado Especiali- zado en lo Civil de Lima; Que, con Expediente Nº 55409 del 19 de marzo del 2002, el Administrador Judicial de la Asociación Promo- tora y Universidad Cristiana del Perú María Inmaculada, informa que ha asumido sus funciones, sin alterar el as- pecto académico de la Universidad, cuyas labores se vienen desarrollando con normalidad; Que, con Informe Nº 030-2002-CONAFU-AL/AEP del 19 de marzo del 2002, el Asesor Legal del CONA- FU y, el Jefe del Área de Evaluación Permanente, in- forman sobre la Visita de Verificación que efectuaron a la Universidad Cristiana del Perú María Inmaculada, con el que señalan que, la Comisión Organizadora de la Universidad ha sido sustituida por el AdministradorJudicial señor Guillermo Elías Sanabria Lázaro, quien ha prohibido el ingreso de ésta y, de varios funciona- rios a la Universidad; y por el Vicepresidente Acadé- mico de la Universidad doctor Carlos Mendoza Euwing, con quien han postergado el examen de admisión a la Universidad previsto y autorizado para el día 24 de marzo, para el 7 de abril del 2002 sin conocimiento ni autorización del CONAFU; Que, con Expediente Nº 55476 del 21 de marzo del 2002, el Presidente de la Comisión Organizadora de la Universidad Cristiana del Perú María Inmaculada, doc- tor R.P. Hernán Jiménez Salas informó al CONAFU, que el 14 de marzo del 2002 por orden del 54º Juzgado Es- pecializado en lo Civil de Lima, el administrador judicial designado asumió sus funciones, prohibiendo el ingreso a la Universidad del Presidente y Vicepresidente Admi- nistrativo de la Comisión Organizadora de la Universi- dad y de otros funcionarios, conforme a la Constancia Certificada de la Denuncia Policial Nº 239 del 18 de marzo del 2002 que adjunta; Que, es un hecho comprobado, que por disposición del Administrador Judicial y del Vicepresidente Acadé- mico de la Universidad, se ha postergado el examen de ingreso a la universidad previsto para el 24 de marzo para el 7 de abril del 2002, sin que se haya informado al CONAFU y, sin contar con el Acuerdo de la Comisión Organizadora de la Universidad, hecho que significa sin duda una grave interferencia al desenvolvimiento aca- démico de la Universidad, tanto más que la Resolución que permite la administración judicial, expresamente señala que no se deben interferir la actividad de los ór- ganos académicos a los cuales expresamente exonera de los efectos de la medida; Que, con Expediente Nº 55471 del 20 de marzo del 2002, el Administrador Judicial de la Universidad Cris- tiana del Perú María Inmaculada, informa que la Univer- sidad viene desarrollando sus labores académicas en forma regular, sin embargo, en la misma comunicación informa, que estas labores están a cargo del Vice- presidente Académico y encargado de la Presidencia de la Comisión Organizadora de la Universidad, doctor Car- los Mendoza Euwing, cuando quien preside la Comisión Organizadora es el doctor R.P Hernán Jiménez Salas, quien por su parte ha informado al CONAFU que, el Ad- REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE NORMAS LEGALES Se comunica al Congreso de la República, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autónomos, Organismos Descentralizados, CTAR y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivos en la Separata de Normas Legales, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1.-Las normas por publicar se recibirán en la Dirección del Diario Oficial en el horario de 10.30 a.m. a 5.00 p.m. de lunes a viernes. 2.-Las normas cuya publicación se solicite para el día siguiente no deberán exceder de diez (10) páginas. 3.-Si las normas que ingresaran al Diario, en suma, tuvieran una extensión igual o mayor a tres (3) páginas de texto, se requerirá la presentación adjunta de diskette. 4.-Cualquiera sea la cantidad de páginas, si las normas contuvieran tablas o cuadros, éstas deberán venir en diskette y trabajados en Excel una línea por celda sin justificar y, si contuvieran gráficos, éstos deberán ser presentados en formato EPS o TIF a 600 DPI y en escala de grises. LA DIRECCIÓNDIARIO OFICIAL