Norma Legal Oficial del día 31 de marzo del año 2002 (31/03/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 31 de marzo de 2002

PODER EJECUTIVO
ENERGIA Y MINAS
Exoneran del MORDAZA de adjudicacion directa la celebracion de prorroga de contrato de arrendamiento de inmueble
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 165-2002-EM/DM MORDAZA, 25 de marzo de 2002 VISTO: El Informe Tecnico adjunto al Memorandum Nº 491-01EM/DEP-DAF del Jefe de Administracion de la Oficina de Administracion y Finanzas de la Direccion Ejecutiva de Proyectos del Ministerio de Energia y Minas; el Informe Legal Nº 012-02-EM/DEP-OAL, del Jefe Encargado de la Oficina de Asuntos Legales de la Direccion Ejecutiva de Proyectos; y, CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo Nº 021-93-EM se constituyo la Direccion Ejecutiva de Proyectos, como un organo dependiente del Ministerio de Energia y Minas, con autonomia tecnica, administrativa y financiera, encargada de la ejecucion de proyectos electromecanicos destinados a ampliar la frontera electrica, en el MORDAZA del Programa de Electrificacion Nacional; Que, el 23 de MORDAZA de 1997, previo Concurso para Adjudicacion Directa Nº 032-97-EM/DEP, la Direccion Ejecutiva de Proyectos del Ministerio de Energia y Minas, suscribio con la Asociacion MORDAZA de los Ninos de la MORDAZA, el Contrato de Arrendamiento Nº 97032-EM/DEP para la prestacion de servicio de arrendamiento para deposito de materiales de la Direccion Ejecutiva de Proyectos en el terreno de 6 548 m2 de propiedad de la Asociacion, ubicado en el kilometro 16,5 de la Antigua Carretera Panamericana Sur, distrito de San MORDAZA de Miraflores, provincia y departamento de MORDAZA, por el periodo comprendido entre el 1 de MORDAZA y el 31 de diciembre de 1997; Que, mediante Clausula Adicional Nº 1 del 2 de enero de 1998, Clausula Adicional Nº 2 del 9 de febrero de 1999 y Clausula Adicional Nº 3 del 8 de febrero de 2000, se amplio el periodo de vigencia del referido contrato por los anos 1998, 1999 y 2000, respectivamente; Que, con fecha 1 de agosto de 2000, mediante Clausula Adicional Nº 4 se amplio en 2 233 m2, el area del terreno materia del Contrato Nº 97-032-EM/DEP, arrendandose un area total de 8 781 m2, con un costo adicional de S/. 1 500,00 (Mil quinientos y 00/100 nuevos soles), incrementandose el alquiler mensual en la suma de S/. 9 685,00 (Nueve mil seiscientos ochenticinco y 00/100 nuevos soles); Que, el 5 de enero de 2001, se suscribio la Clausula Adicional Nº 5, por la cual se amplio el plazo del mencionado Contrato de Arrendamiento hasta el 31 de diciembre de 2001, por la suma de S/. 116 220,00 (Ciento dieciseis mil doscientos veinte y 00/100 nuevos soles) incluido IGV, pagadero en armadas mensuales de S/. 9 685,00 (Nueve mil seiscientos ochenticinco y 00/ 100 nuevos soles); Que, con fecha 15 de febrero de 2002, se suscribio la Clausula Adicional Nº 6 al Contrato de Arrendamiento Nº 97-032-EM/DEP, ampliandose el plazo de vigencia por un periodo adicional de 90 dias calendario, esto es, hasta el 31 de marzo de 2002; Que, el Articulo 19º, literal g) del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, establece que estan exonerados de los procesos de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa, las adquisiciones y contrataciones que se realicen para prorrogar el plazo de arrendamiento de inmuebles ocupados por la Entidad, siempre y cuando la renta no se incremente en una tasa mayor al crecimiento del indice general de precios al por mayor;

Que, el Articulo 20º del mismo cuerpo legal, prescribe que las adquisiciones y contrataciones a que se refiere el Articulo 19º de dicho dispositivo, se realizaran mediante el MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia, siendo la exoneracion aprobada por Resolucion del Titular del Pliego y publicada en el Diario Oficial El Peruano, debiendo remitirse MORDAZA de la misma y de los informes que la sustentan a la Contraloria General de la Republica, dentro de los 10 dias siguientes a la fecha de aprobacion; Asimismo, el Articulo 11º de dicho Texto, precisa que se podran efectuar adquisiciones y contrataciones cuyo desarrollo se prolongue por mas de un ejercicio presupuestario, en cuyo caso deberan adoptarse las previsiones necesarias para garantizar el pago de las obligaciones; Que, mediante Informe Tecnico adjunto al Memorandum Nº 491-01-EM/DEP-DAF-Adm de fecha 6 de diciembre de 2001, el Jefe de Administracion de la Oficina de Administracion y Finanzas de la Direccion Ejecutiva de Proyectos del Ministerio de Energia y Minas, senala que existe la necesidad de prorrogar el Contrato de Arrendamiento Nº 97-032-EM/DEP celebrado con la Asociacion MORDAZA de los Ninos de la MORDAZA, sobre el terreno utilizado como deposito de materiales, equipos y herramientas, por un plazo MORDAZA de tres anos, que regira del 1 de MORDAZA de 2002 al 1 de MORDAZA de 2005, por un monto anual de S/. 116 220,00 (Ciento dieciseis mil doscientos veinte y 00/100 nuevos soles) y una renta mensual de S/. 9 685,00 (Nueve mil seiscientos ochenticinco y 00/100 nuevos soles), debido a que la ubicacion de dicho inmueble es muy cercana al almacen principal de la Direccion Ejecutiva de Proyectos del Ministerio de Energia y Minas, lo que facilita el traslado de materiales y equipos entre dichos locales, compartiendo personal, equipo de manipuleo y transporte; indicandose ademas que el traslado a otro inmueble resultaria oneroso para la Entidad, puesto que los materiales que se almacenan son basicamente postes de madera; Que, la exoneracion esta referida al MORDAZA de Adjudicacion Directa, de acuerdo a lo establecido en el literal c) del Articulo 26º de la Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2002 aprobada por Ley Nº 27573, en razon a que el monto del arrendamiento anual es del orden de S/. 116 220,00 (Ciento dieciseis mil doscientos veinte y 00/100 nuevos soles); Que, mediante Informe Legal Nº 012-02, la Oficina de Asuntos Legales de la Direccion Ejecutiva de Proyectos del Ministerio de Energia y Minas emite opinion legal en el sentido que resulta procedente la exoneracion del MORDAZA de Adjudicacion Directa para la prorroga del Contrato de Arrendamiento a celebrarse entre la Direccion Ejecutiva de Proyectos del Ministerio de Energia y Minas y la Asociacion MORDAZA de los Ninos de la MORDAZA, por estar comprendida dentro de los alcances del Articulo 11º, literal g) del Articulo 19º y Articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, asi como los Articulos 113º, 116º y 119º de su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM y el literal c) del Articulo 26º de la Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2002 aprobada por Ley Nº 27573, para cuyo efecto se debe emitir la correspondiente Resolucion Ministerial que apruebe la referida exoneracion; De conformidad con lo establecido en el literal g) del Articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, Articulos 113º, 116º y 119º de su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, el literal c) del Articulo 26º de la Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2002 aprobada por Ley Nº 27573 y lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25962 - Ley Organica del Sector Energia y Minas; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Exonerar a la Direccion Ejecutiva de Proyectos del Ministerio de Energia y Minas, del MORDAZA de Adjudicacion Directa para prorrogar el plazo del Contrato Nº 97-032-EM/DEP celebrado con la Asociacion MORDAZA de los Ninos La MORDAZA, para la prestacion del servicio de Arrendamiento para Deposito de Material en el terreno ubicado en el kilometro 16,5

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