Norma Legal Oficial del día 31 de marzo del año 2002 (31/03/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 16

TEXTO UNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS - CONASEV
REQUISITOS DERECHO DE PAGO APROBACION AUTOMATICA CALIFICACION CON EVALUACION PREVIA POSITIVO NEGATIVO DEPENDENCIA DONDE SE INICIA EL TRAMITE AUTORIDAD Y RECURSOS IMPUGNATIVOS

GERENCIA DE MERCADOS Y EMISORES

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Nº DE ORDEN

DENOMINACION DEL PROCEDIMIENTO

da de los respectivos Curriculum Vitae y las declaraciones juradas respectivas de no encontrarse incursos en los impedimentos senalados en el Articulo 305 de la Ley del MORDAZA de Valores, Decreto Legislativo 861; 2. Acreditar, a satisfaccion de CONASEV, mediante la MORDAZA de informe favorable de una reconocida sociedad auditora, el cumplimiento de los siguientes requisitos: a) Contar con mecanismos de control interno adecuado y condiciones de seguridad y equipamiento de la sede necesarias para el desarrollo de sus actividades; b) Contar con el personal administrativo y tecnico adecuado para la realizacion de las labores; c) Tener debidamente abiertos los libros contables y demas registros legales, sin perjuicio de los otros que exija CONASEV; 3. Adicionalmente, se debera indicar de conformidad con lo dispuesto por el Articulo 113 de la Ley del Procedimiento Administrativo General: La direccion del lugar donde se desea recibir las notificaciones del procedimiento, asi como la identificacion del expediente de la materia, tratandose de procedimientos ya iniciados. 4. Informar fecha y numero de MORDAZA de pago de los derechos respectivos.

nunciamiento sera emitido por la Gerencia General. Este pronunciamiento puede ser objeto de Recurso de Reconsideracion y/o de Apelacion. La Apelacion sera resuelta por el Directorio, agotando la via administrativa.

Base Legal: Articulo 24 del Reglamento de los Procesos de Titulizacion de Activos aprobado mediante Resolucion CONASEV 001-97-EF/94.10, publicada el 09/01/97; y Articulo 113 de la Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, publicada el 11/04/2001. 1 UIT x 30 dias habiles. Tramite Documentario de CONASEV Gerente General Este pronunciamiento puede ser objeto de Recurso de reconsideracion y/o Apelacion. La Apelacion sera resuelta por el Directorio, agotando la via Administrativa.

NORMAS LEGALES

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INSCRIPCION DE VALORES EMITIDOS CON RESPALDO EN PATRIMONIOS FIDEICOMETIDOS EN EL REGISTRO PUBLICO DEL MORDAZA DE VALORES.

1. Solicitud de inscripcion en el Registro dirigida al Gerente de Mercados y Emisores, adjuntando la siguiente documentacion: a) Comunicacion del representante legal correspondiente solicitando la inscripcion de los valores en el Registro; b) Declaracion suscrita por el originador y el emisor informando del acuerdo a que se refiere el MORDAZA parrafo del Articulo 43°, con la fundamentacion correspondiente; c) MORDAZA simple del acuerdo del organo social competente del o de los fideicomitentes para iniciar el MORDAZA de titulizacion y decidir la transferencia fiduciaria de los activos que integraran el patrimonio fideicometido; d) Declaracion respecto de los efectos que se derivan de la transferencia fiduciaria de los activos en la situacion financiera y el patrimonio del o de los fideicomitentes, suscrita por representante autorizado de los mismos; e) Prospecto informativo, con el contenido que se senala en el Articulo 45º del Reglamento de los Procesos de Titulizacion de Activos, aprobado mediante Resolucion CONASEV N° 001-97-EF/94.10; Asimismo, debera presentar la informacion contenida en las Normas Comunes para la determinacion del contenido de los documentos informaticos, de conformidad con lo dispuesto en la Resolucion Gerencial N° 211-98-EF/94.11 publicada el 24/12/98 y modificada por Resolucion Gerencia General 129-2001-EF/94.10 publicada el 19/11/2001. f) MORDAZA simple del instrumento relativo al contrato o acto unilateral constitutivo del fideicomiso, o el instrumento MORDAZA y su complemento, de ser el caso; g) Contrato celebrado con el servidor para la administracion del cobro de los derechos que confieren los activos, de ser el caso; h) Contrato de custodia de los activos y documentos relativos a ellos, de ser el caso; i) Instrumento por el que se emiten los valores representativos de derechos de credito, en el caso a que se refiere el inciso b) del MORDAZA parrafo del Articulo 14 del Reglamento de los Procesos de Titulizacion de Activos, aprobado mediante Resolucion CONASEV N° 001-97-EF/94.10; j) Contrato suscrito con intermediario autorizado para la colocacion de los valores, de ser el caso; k) Modelo del valor, cuando los valores a emitir vayan a ser representados mediante titulos; l) Los dos (2) ultimos estados financieros auditados del patrimonio fidei-

MORDAZA, MORDAZA 31 de marzo de 2002

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