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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE MARZO DEL AÑO 2002 (31/03/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 108

TEXTO PAGINA: 16

NORMAS LEGALESPág. 220454 Lima, domingo 31 de marzo de 2002da de los respectivos Currículum Vitae y las declaraciones juradas respec- nunciamiento será emitido por la tivas de no encontrarse incursos en los impedimentos señalados en el Ar- Gerencia General. Este pronun- tículo 305 de la Ley del Mercado de Valores, Decreto Legislativo 861; ciamiento puede ser objeto de 2. Acreditar, a satisfacción de CONASEV, mediante la presentación de infor- Recurso de Reconsideración y/o me favorable de una reconocida sociedad auditora, el cumplimiento de los de Apelación. siguientes requisitos: La Apelación será resuelta por a) Contar con mecanismos de control interno adecuado y condiciones de el Directorio, agotando la vía seguridad y equipamiento de la sede necesarias para el desarrollo de sus administrativa. actividades; b) Contar con el personal administrativo y técnico adecuado para la realiza- ción de las labores; c) Tener debidamente abiertos los libros contables y demás registros lega- les, sin perjuicio de los otros que exija CONASEV; 3. Adicionalmente, se deberá indicar de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 113 de la Ley del Procedimiento Administrativo General: La dirección del lugar donde se desea recibir las notificaciones del procedimiento, así como la identificación del expediente de la materia, tratándose de procedimientos ya iniciados. 4. Informar fecha y número de constancia de pago de los derechos respectivos. Base Legal: Artículo 24 del Reglamento de los Procesos de Titulización de Activos aprobado mediante Resolución CONASEV 001-97-EF/94.10, publi- cada el 09/01/97; y Artículo 113 de la Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, publicada el 11/04/2001. 27 INSCRIPCIÓN DE VALORES EMITIDOS 1. Solicitud de inscripción en el Registro dirigida al Gerente de Mercados y 1 UIT x Trámite Gerente General CON RESPALDO EN PATRIMONIOS FI- Emisores, adjuntando la siguiente documentación: 30 días hábiles. Documentario Este pronunciamiento puede ser DEICOMETIDOS EN EL REGISTRO PÚ- a) Comunicación del representante legal correspondiente solicitando la de CONASEV objeto de Recurso de reconsidera- BLICO DEL MERCADO DE VALORES. inscripción de los valores en el Registro; ción y/o Apelación. La Apelación b) Declaración suscrita por el originador y el emisor informando del acuerdo será resuelta por el Directorio, a que se refiere el segundo párrafo del Artículo 43°, con la fundamentación agotando la vía Administrativa. correspondiente; c) Copia simple del acuerdo del órgano social competente del o de los fidei- comitentes para iniciar el proceso de titulización y decidir la transferencia fiduciaria de los activos que integrarán el patrimonio fideicometido; d) Declaración respecto de los efectos que se derivan de la transferencia fiduciaria de los activos en la situación financiera y el patrimonio del o de los fideicomitentes, suscrita por representante autorizado de los mismos; e) Prospecto informativo, con el contenido que se señala en el Artículo 45º del Reglamento de los Procesos de Titulización de Activos, aprobado median- te Resolución CONASEV N° 001-97-EF/94.10; Asimismo, deberá presentar la información contenida en las Normas Comunes para la determinación del contenido de los documentos informáticos, de confor- midad con lo dispuesto en la Resolución Gerencial N° 211-98-EF/94.11 publicada el 24/12/98 y modificada por Resolución Gerencia General 129-2001-EF/94.10 publicada el 19/11/2001. f) Copia simple del instrumento relativo al contrato o acto unilateral constitu- tivo del fideicomiso, o el instrumento marco y su complemento, de ser el caso; g) Contrato celebrado con el servidor para la administración del cobro de los derechos que confieren los activos, de ser el caso; h) Contrato de custodia de los activos y documentos relativos a ellos, de ser el caso; i) Instrumento por el que se emiten los valores representativos de derechos de crédito, en el caso a que se refiere el inciso b) del segundo párrafo del Artículo 14 del Reglamento de los Procesos de Titulización de Activos, apro- bado mediante Resolución CONASEV N° 001-97-EF/94.10; j) Contrato suscrito con intermediario autorizado para la colocación de los valores, de ser el caso; k) Modelo del valor, cuando los valores a emitir vayan a ser representados mediante títulos; l) Los dos (2) últimos estados financieros auditados del patrimonio fidei-TEXTO UNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS - CONASEV GERENCIA DE MERCADOS Y EMISORES Nº DE DENOMINACION DEL DERECHO CALIFICACION DEPENDENCIA AUTORIDAD Y ORDEN PROCEDIMIENTO REQUISITOS DE PAGO APROBACION CON EVALUACION PREVIA DONDE SE INICIA RECURSOS AUTOMATICA POSITIVO NEGATIVO EL TRAMITE IMPUGNATIVOS