TEXTO PAGINA: 17
NORMAS LEGALES Pág. 220455Lima, domingo 31 de marzo de 2002 cometido, o por el tiempo de existencia, y últimos estados financieros sin auditar, debiendo contar en este último caso con opinión favorable de una reconocida sociedad auditora e incluir una descripción de los principios y principales políticas contables utilizadas y a utilizar para su elaboración; m) De no haberse efectuado a través del acto constitutivo, instrumento por el que se designa al factor fiduciario y, cuando corresponda, a los miembros de la comisión administradora u órgano equivalente, acompañada de la declaración jurada de no encontrarse sujetos a impedimentos y Currículum Vitae de cada uno de ellos; n) Toda aquella otra documentación e información que sean relevantes para los inversionistas; o) Toda aquella documentación e información adicional que solicite CONASEV 2. Sin perjuicio de los requisitos anteriores, para la inscripción del valor en el registro se requiere obtener la clasificación correspondiente en el caso de: a. Emisión de valores representativos de derechos crediticios; b. Emisión de valores que representen un derecho de participación en un patrimonio fideicometido conformado preponderantemente por uno o más créditos. Tratándose de valores distintos a los señalados en los incisos precedentes, la clasificación de riesgos es facultativa. 3. Adicionalmente, se deberá indicar de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 113 de la Ley del Procedimiento Administrativo General: La dirección del lugar donde se desea recibir las notificaciones del procedimiento, así como la identificación del expediente de la materia, tratándose de procedimientos ya iniciados. 4. Informar fecha y número de constancia de pago de los derechos respectivos por cada emisión. Base Legal: Segundo párrafo del Artículo 43 y Artículos 44 al 45 del Reglamento de los Procesos de Titulización de Activos aprobado mediante Resolución CONASEV N° 001-97-EF/94.10 publicado el 09/01/97 y Normas Comunes para la determinación del contenido de los Documentos Informativos aprobado por Resolución Gerencia General N° 211-98-EF/94.11, publicada el 24/12/98, modificada por Resolución Gerencia General Nº 129-2001-EF/94.11, publicada el 19/11/2001;y Artículo 113 de la Ley 27444, Ley del Procedimiento Adminis-trativo General publicada el 11/04/2001. 28 INSCRIPCIÓN DE PROGRAMAS DE EMI- 1. Solicitud dirigida al Gerente de Mercados y Emisores, señalando al menos, Inafecto x Trámite Gerente General SION DE VALORES EN VIRTUD DE PRO- el monto máximo que estará permitido mantener en circulación, el tipo de ac- 30 días hábiles. Documentario Este pronunciamiento puede ser CESOS DE TITULIZACIÓN A PARTIR DE tivos a titulizar y las clases o series de valores a emitir y el plazo del progra- de CONASEV objeto de Recurso de reconsidera- FIDEICOMISOS DE TITULIZACIÓN. ma, el cual no podrá exceder de dos años . ción y/o Apelación. La Apelación 2. Deberá presentarse la siguiente documentación e información: será resuelta por el Directorio, a) Copia simple del acta del órgano social competente, en la que se acuerde agotando la vía administrativa. llevar a cabo el programa y se establezca el plazo del mismo y el monto máximo a mantener en circulación, y los aspectos relativos al mismo que se mantendrán constantes durante dicho plazo; b) En tanto corresponda, la documentación e información que se señala en el Artículo 44 del Reglamento de los Procesos de Titulización de Activos, aprobado mediante Resolución CONASEV N° 001-97-EF/94.10, que tengan vinculación con aquellos aspectos que se mantendrán constantes al interior del programa, con las siguientes precisiones: - En su caso, se presentará el instrumento que establezca todas aquellas disposiciones que serán comunes a los fideicomisos a constituir dentro del programa, - El prospecto informativo a presentar deberá señalar todos aquellos aspec- tos que serán comunes a los valores a emitir dentro del programa. 3. Adicionalmente, se deberá indicar de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 113 de la Ley del Procedimiento Administrativo General: La dirección del lugar donde se desea recibir las notificaciones del procedimiento, así como la identificación del expediente de la materia, tratándose de procedimientos ya iniciados.TEXTO UNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS - CONASEV GERENCIA DE MERCADOS Y EMISORES Nº DE DENOMINACION DEL DERECHO CALIFICACION DEPENDENCIA AUTORIDAD Y ORDEN PROCEDIMIENTO REQUISITOS DE PAGO APROBACION CON EVALUACION PREVIA DONDE SE INICIA RECURSOS AUTOMATICA POSITIVO NEGATIVO EL TRAMITE IMPUGNATIVOS