Norma Legal Oficial del día 31 de marzo del año 2002 (31/03/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

TEXTO UNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS - CONASEV
REQUISITOS DERECHO DE PAGO APROBACION AUTOMATICA CALIFICACION CON EVALUACION PREVIA POSITIVO NEGATIVO DEPENDENCIA DONDE SE INICIA EL TRAMITE AUTORIDAD Y RECURSOS IMPUGNATIVOS

GERENCIA DE MERCADOS Y EMISORES

Nº DE ORDEN

DENOMINACION DEL PROCEDIMIENTO

Pag. 220450

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INSCRIPCION EN EL REGISTRO PUBLICO DEL MORDAZA DE VALORES, DE VALORES MOBILIARIOS PREVIAMENTE EMITIDOS Y QUE SERAN NEGOCIADOS EN MECANISMOS CENTRALIZADOS DE NEGOCIACION.

1. Expediente de inscripcion del valor mobiliario presentado por la Bolsa de Valores o entidad responsable del Mecanismo Centralizado de Negociacion de Valores, dentro de los cinco dias de adoptado el acuerdo. 2. Adicionalmente, se debera indicar de conformidad con lo dispuesto por el Articulo 113 de la Ley del Procedimiento Administrativo General: La direccion del lugar donde se desea recibir las notificaciones del procedimiento, asi como la identificacion del expediente de la materia, tratandose de procedimientos ya iniciados. 3. Informar fecha y numero de MORDAZA de pago de los derechos respectivos por cada clase o serie.

0,50 UIT

x 10 dias habiles.

Tramite Documentario

Gerente de Mercados y Emisores Este pronunciamiento puede ser objeto de Recurso de Reconsideracion y/o de Apelacion. La Apelacion sera resuelta por la Gerencia General, agotando la via administrativa.

Nota: El pago de los derechos respectivos puede ser efectuado en la tesoreria de CONASEV, o mediante abono o transferencia electronica de fondos, a las cuentas bancarias que esta Comision Nacional disponga para tal efecto, presentando dicho Comprobante de Pago en las oficinas de la Bolsa de Valores o entidad responsable del Mecanismo Centralizado de Negociacion de Valores, a efectos de iniciar el tramite ante la misma.

Base Legal: Articulos 16 y 17 del Reglamento de Registro Publico del MORDAZA de Valores, aprobado mediante Resolucion CONASEV N° 079-97-EF/94.10, publicada el 14/02/97; Articulos 22, 23 y 24 del Reglamento de Inscripcion y Exclusion de Valores Mobiliarios en la MORDAZA de Bolsa de la Bolsa de Valores de MORDAZA, aprobada mediante Resolucion CONASEV N° 125-98-EF/94.10, publicada el 11/09/98; y Articulo 113 de la Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, publicada el 11/04/2001. 0,25 UIT Inafecto cuando la exclusion se produzca de oficio. x 10 dias habiles Tramite Documentario de CONASEV Gerente de Mercados y Emisores Este pronunciamiento solo puede ser apelable ante la Sala Corporativa Transitoria Especializada en lo Contencioso-Administrativo de la Corte Superior de MORDAZA, dentro del plazo de cinco (05) dias, computado a partir de la notificacion respectiva Interpuesta la apelacion, el Directorio de CONASEV concede el recurso en el plazo de cinco (05) dias y remite de inmediato las copias certificadas pertinentes a la Sala correspondiente. (*)

NORMAS LEGALES

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EXCLUSION DE VALORES DEL REGISTRO PUBLICO DEL MORDAZA DE VALORES, QUE SIMULTANEAMENTE ESTEN INSCRITOS EN UN MECANISMO CENTRALIZADO DE NEGOCIACION DE VALORES.

1. Expediente de exclusion del valor mobiliario presentado por la Bolsa de Valores o entidad responsable del Mecanismo Centralizado de Negociacion de Valores, dentro de los cinco dias de adoptado el acuerdo. 2. Adicionalmente, se debera indicar de conformidad con lo dispuesto por el Articulo 113 de la Ley del Procedimiento Administrativo General: La direccion del lugar donde se desea recibir las notificaciones del procedimiento, asi como la identificacion del expediente de la materia, tratandose de procedimientos ya iniciados. 3. Informar fecha y numero de MORDAZA de pago de los derechos respectivos.

(*) Mediante Ley N° 27649, publicada el 23/01/2002 se deroga el Articulo 39 de la Ley del MORDAZA de Valores, Decreto Legislativo N° 861, publicada el 22/10/96; derogacion que entrara en vigencia el 24/03/2002. En tal sentido, a partir de esa fecha, la autoridad que resuelva el procedimiento sera el Gerente de Mercados y Emisores. Dicho pronunciamiento podra ser objeto de Recurso de Reconsideracion y/o Apelacion. La Apelacion sera resuelta por la Gerencia General, agotando la via administrativa.

Nota: El pago de los derechos respectivos puede ser efectuado en la tesoreria de CONASEV, o mediante abono o transferencia electronica de fondos, a las cuentas bancarias que esta Comision Nacional disponga para tal efecto, presentando dicho Comprobante de Pago en las oficinas de la Bolsa de Valores o entidad responsable del Mecanismo Centralizado de Negociacion de Valores, a efectos de iniciar el tramite ante la misma.

Base Legal: Articulo 52 del Reglamento del Registro Publico del MORDAZA de Valores aprobado mediante Resolucion CONASEV N° 079-97-EF/94.10, publicada el 14/02/97; Articulos 27 y 29 del Reglamento de Inscripcion y Exclusion de Valores Mobiliarios en la MORDAZA de Bolsa de la Bolsa de Valores de MORDAZA, aprobada mediante Resolucion CONASEV N° 125-98-EF/94.10, publicada el 11/09/98; Articulo 37 al 39 del Decreto Legislativo N° 861 la Ley del MORDAZA de Valores, publicado el 22/10/96 (*); Resolucion Administrativa 00197-SC y S-SCJ del 25/06/97 e Inhibitoria 48-01 emitida por la Sala Civil Transitoria de la Corte Suprema de fecha 06/09/2001; y Articulo 113 de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, publicada el 11/04/2001. 0,25 UIT x 30 dias habiles Tramite Documentario de CONASEV

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EXCLUSION DE VALORES INSCRITOS UNICAMENTE EN EL REGISTRO PUBLICO DEL MORDAZA DE VALORES CUANDO LA EXCLUSION SE REALICE A SOLICITUD DE PARTE.

MORDAZA, MORDAZA 31 de marzo de 2002

(*) Mediante Ley N° 27649, publicada el 23/01/2002 se deroga el Articulo 39 de la Ley del

1. Solicitud del emisor o titulares, dirigida al Gerente de Mercados y Emisores, en ambos casos, con el MORDAZA favorable de quienes representen no menos de las dos terceras (2/3) partes de los valores emitidos. 3. Adicionalmente, se debera indicar de conformidad con lo dispuesto por el Articulo 113 de la Ley del Procedimiento Administrativo General: La direccion del lugar donde se desea recibir las notificaciones del procedimiento, asi como la identificacion del expediente de la materia, tratandose de procedimientos ya iniciados.

Gerente de Mercados y Emisores Este pronunciamiento solo puede ser apelable ante la Sala Corporativa Transitoria Especializada en lo Contencioso-Administrativo de la Corte Superior de MORDAZA, dentro del plazo de cinco (05) dias, computado a partir de la notificacion respectiva

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