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Pág. 232730 NORMAS LEGALES Lima, jueves 7 de noviembre de 2002 FUENTE DE FINANCIAMIENTO :00 RECURSOS ORDINARIOS (En Nuevos Soles) 6. GASTOS DE CAPITAL 3’000,000.00 5.INVERSIONES 3’000,000.00 TOTAL 3’000,000.00 SECCIÓN PRIMERA :GOBIERNO CENTRAL PLIEGO :037 MINISTERIO DE VIVIENDA CONSTRUCCIÓN Y SANEAMIENTO UNIDAD EJECUTORA :004 PROGRAMA DE APOYO A LA REFORMA DEL SECTOR SANEAMIENTO FUNCIÓN :14 SALUD Y SANEAMIENTO PROGRAMA :047 SANEAMIENTO SUBPROGRAMA :0127 SANEAMIENTO GENERAL PROYECTO :2.00592 CONSTRUCCIÓN DE SISTEMAS DE ABASTECIMIENTO DE AGUA POTABLE Y DESAGÜE FUENTE DE FINANCIAMIENTO :00 RECURSOS ORDINARIOS (En Nuevos Soles) 6. GASTOS DE CAPITAL 2’000,000.00 5. INVERSIONES 2’000,000.00 TOTAL 2’000,000.00 TOTAL EGRESOS 5’000,000.00 =========== A LA: SECCIÓN SEGUNDA :INSTANCIAS DESCENTRALIZADAS PLIEGO :313 INSTITUTO NACIONAL DE DESARROLLO UNIDAD EJECUTORA :002 BINACIONAL PUYANGO-TUMBES FUNCIÓN :14 SALUD Y SANEAMIENTO PROGRAMA :024 DEFENSA CONTRA SINIESTROS SUBPROGRAMA :0066 DEFENSA CIVIL PROYECTO :2.00776 PREVENCIÓN-FENÓMENO EL NIÑO 2002-2003 FUENTE DE FINANCIAMIENTO :RECURSOS ORDINARIOS (En Nuevos Soles) 6. GASTOS DE CAPITAL 5’000,000.00 5. INVERSIONES 5’000,000.00 TOTAL EGRESOS 5’000,000.00 ========== Artículo 3º .- Obligación de desagregar las Transfe- rencias de Partidas Los Pliegos Habilitadores y Habilitados comprendidos en el presente dispositivo desagregan, en anexos, el deta- lle de los ingresos que correspondan a la Transferencia de Partidas dispuesta en el artículo precedente, a nivel de Categoría del Ingreso, Genérica del Ingreso, Subgenérica del Ingreso y Específica del Ingreso. Los citados anexos son remitidos a la Dirección Nacio- nal del Presupuesto Público dentro de los cinco (5) días siguientes de su aprobación. Artículo 4°.- Codificaciones La Oficina de Presupuesto de los Pliegos compren- didos en la presente Transferencia de Partidas, solici- tarán a la Dirección Nacional del Presupuesto Público las codificaciones que se requieran como consecuen- cia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos así como Componentes, Finalidades de Meta y Unida- des de Medida. Artículo 5°.- Notas de Modificación Presupuestaria La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego instruyen a la(s) Unidad(es) Ejecutora(s) bajo su ámbito para que elabore(n) las correspondien- tes “Notas para Modificación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 6º.- Exoneración de procesos de Licitación, Concurso y Adjudicación Directa Durante el plazo de sesenta días a que se refiere el artículo 108° del Reglamento de la Ley Nº 26850, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aproba- do por el Decreto Supremo N° 013-2001-PCM, el Insti- tuto Nacional de Desarrollo – INADE a través del Pro- yecto Especial Puyango Tumbes se encuentra exone- rado del requisito de Licitación Pública, Concurso Pú- blico y Adjudicación Directa para efectuar las contrata-ciones y adquisiciones que sean estrictamente nece- sarias para la ejecución de la obra “Drenaje Pluvial Barrio San José” del departamento de Tumbes, tenden- te a prevenir los desastres a causa del Fenómeno El Niño y proteger a la población; la misma que se llevarán a cabo mediante el proceso de Adjudicación de Menor Cuantía. Las contrataciones y adquisiciones que se realicen para la ejecución de la indicada obra se efectuarán hasta por la suma de TRECE MILLONES DOSCIENTOS MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 13 200 000,00) según detalle de obra descrito en el anexo que forma parte inte- grante del presente Decreto de Urgencia. Artículo 7º.- Requisitos de las Adjudicaciones Di- rectas de Menor Cuantía Los contratos a que se refiere la presente autorización, deberán cumplir con los requisitos establecidos en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26850, Ley de Contratacio- nes y Adquisiciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo N° 012-2001-PCM, su Reglamento y demás nor- mas complementarias. Artículo 8º.- Refrendo La presente norma será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, por el Ministro de Economía y Finanzas, por la Ministra de la Mujer y Desarrollo Social y por el Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los seis días del mes de noviembre del año dos mil dos. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República LUIS SOLARI DE LA FUENTE Presidente del Consejo de Ministros JAIME QUIJANDRÍA SALMÓN Ministro de Energía y Minas Encargado de la Cartera de Economía y Finanzas ANA MARÍA ROMERO-LOZADA LAUEZZARI Ministra de la Mujer y Desarrollo Social CARLOS BRUCE Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 19684 CASA DE GOBIERNO Designan Gerente Central de Administración del Despacho Presiden- cial RESOLUCIÓN DEL JEFE DE LA CASA DE GOBIERNO Nº 110-2002-DP/JCGOB Lima, 6 de noviembre de 2002 CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de Gerente Central de Administración del Despacho Presidencial; Que, en ese sentido, es necesario designar al Gerente Central de Administración del Despacho Presidencial; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 3º de la Ley Nº 27594 y el literal o) del artículo 10º del Reglamento de Organización y Funciones del Despacho Presidencial, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar al señor Hans Hermann CHENEFUSSE DUBOC, en el cargo de Gerente Central de Administración del Despacho Presidencial. Regístrese, comuníquese y publíquese. GUILLERMO GONZALES ARICA Secretario General de la Presidencia de la República 19682