Norma Legal Oficial del día 07 de noviembre del año 2002 (07/11/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

MORDAZA, jueves 7 de noviembre de 2002

NORMAS LEGALES

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PCM
Designan Jefe de la Oficina de Organizacion y Sistemas de la Secretaria de Administracion
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 412-2002-PCM
MORDAZA, 4 de noviembre de 2002 CONSIDERANDO: Que, de acuerdo al articulo 26º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2002PCM, la Oficina de Organizacion y Sistemas de la Secretaria de Administracion es responsable del funcionamiento de los sistemas de informatica y de brindar asistencia tecnica a los requerimientos de los organos de la Presidencia del Consejo de Ministros; asimismo tiene como funcion planificar, dirigir y coordinar las acciones referidas al desarrollo y administracion de los sistemas informaticos, asi como dirigir y ejecutar las actividades referidas a la racionalizacion de procesos y metodos; Que, la Oficina de Organizacion y Sistemas se encuentra a cargo de un Jefe, quien es designado por Resolucion Ministerial; Que, en tal sentido, es pertinente designar al funcionario que desempenara el indicado cargo; De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 560, la Ley Nº 27594 y el Decreto Supremo Nº 083-2002-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Designar con efectividad, a partir del 5 de octubre de 2002, al senor INAKI MORDAZA LIZARRALDE como Jefe de la Oficina de Organizacion y Sistemas de la Secretaria de Administracion de la Presidencia del Consejo de Ministros. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA SOLARI DE LA FUENTE Presidente del Consejo de Ministros 19552

vuelo, lo que ocurra primero, a partir de la recepcion de dichas Aeronaves en el Callao. Asimismo los bienes identificados con defectos de fabricacion dentro del periodo de garantia, asi como aquellas que por esta causa resulten averiadas, serian reemplazadas por la VENDEDORA sin ningun costo para el MINISTERIO en un plazo no mayor de Cuarenta y cinco (45) dias de detectada la falla; Que, con Oficio Nº 1117 AE/CEMAE/DIV CONTROL, la Aviacion del Ejercito, solicito al Servicio de Material de MORDAZA del Ejercito, se reiteren los reclamos a la Empresa MUVARCH INTERNATIONAL TRADING S.A., sobre el cumplimiento de Garantia Tecnica de las Aeronaves adquiridas; Que, la citada empresa pese a los requerimientos que se le ha efectuado, no cumple con la obligacion que se senala en la Clausula Novena, ocasionando un perjuicio al Instituto, por lo que es procedente se autorice la intervencion del procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Ministerio de Defensa relativos al Ejercito del Peru para los fines consiguientes; Que, atendiendo a que la Aviacion del Ejercito no ha obtenido respuesta por parte de la Empresa MUVARCH INTERNATIONAL TRADING S.A., sobre la reclamada Garantia Tecnica, el Servicio de Material de MORDAZA del Ejercito, solicita se inicien las acciones legales que correspondan; Que, conforme a lo dispuesto por el Articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru, concordante con el Decreto Ley Nº 17537 modificado por el Decreto Ley Nº 17667, la defensa de los intereses y derechos del Estado se ejercita judicialmente por intermedio de los Procuradores Generales de la Republica; y, Estando a lo recomendado por el Comando Logistico del Ejercito, a lo dictaminado por la Oficina de Asuntos Juridicos del Ejercito y a lo propuesto por la Comandancia General del Ejercito; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico a cargo en los asuntos judiciales del Ministerio de Defensa relativos al Ejercito del Peru para que inicie las acciones judiciales contra la Empresa MUVARCH INTERNATIONAL TRADING S.A.; por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- Remitir al Procurador Publico del Ministerio de Defensa-Ejercito del Peru, todos los antecedentes del caso para los fines correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA E. LORET DE MOLA BOHME Ministro de Defensa 19486

DEFENSA
Autorizan a procurador iniciar MORDAZA judicial contra empresa por presunto incumplimiento de garantia tecnica de aeronaves adquiridas por el Ejercito del Peru
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 1698-DE/EP
MORDAZA, 30 de octubre de 2002 Visto, el Oficio Nº 352 SMGE/Dpto Abasto/Secc Obtn de 13.setiembre.2001, del Jefe del Servicio de Material de MORDAZA del Ejercito, sobre el cumplimiento de la garantia tecnica de Aeronaves adquiridas a la Empresa MUVARCH INTERNATIONAL TRADING S.A. CONSIDERANDO: Que, mediante Contrato de Compra Venta Nº 15/99SMGE de 27.mayo.1999, el Ministerio de Defensa - Ejercito del Peru, adquirio Aeronaves de la firma SUIZA MORDAZA 2000, a traves de su representante en el Peru, la firma MUVARCH INTERNATIONAL TRADING S.A.; Que, en la Clausula Novena del citado contrato, la VENDEDORA se comprometio a brindar una GARANTIA TECNICA, sobre cualquier defecto de fabrica de las Aeronaves adquiridas, por el periodo de Un (01) ano o trescientas horas de vuelo, para los Helicopteros MI-2 y para los aviones ILYUSHIN IL-103 de Un (01) ano o quinientas horas de

ECONOMIA Y FINANZAS
Designan representante del Ministro ante la Comision Multisectorial de Prevencion y Atencion de Desastres
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 445-2002-EF/10
MORDAZA, 31 de octubre del 2002 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 081-2002-PCM, se crea la Comision Multisectorial de Prevencion y Atencion de Desastres, generados por fenomenos de origen natural o tecnologico, encargada de coordinar, evaluar priorizar y supervisar las medidas de prevencion de danos, atencion y rehabilitacion en las zonas del MORDAZA que se encuentren en peligro inminente o afectados por desastres de gran magnitud; Que, el mencionado Decreto Supremo establece que la Comision estara conformada entre otros, por el Ministro de Economia y Finanzas, quien puede estar representado por un Viceministro; Que, en consecuencia resulta necesario designar al representante del Ministro de Economia y Finanzas ante la referida Comision Multisectorial; De conformidad con lo dispuesto por el articulo 4º de la Ley Nº 27594;

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