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Pág. 232893 NORMAS LEGALES Lima, sábado 9 de noviembre de 2002 naturales de vigencia de la Ley, condición que no se cum- ple, toda vez que según se aprecia de los actuados, el recurrente solicita la regularización de Habilitación Urba- na, mediante EXP. N-579.99, con fecha 25.11.1999, es decir en fecha posterior al plazo señalado por la acotada Ley, siendo opinión de las referidas áreas técnicas la no procedencia de la oposición planteada a la liquidación notificada por Oficio Nº 189-2002-DDU/MDSMP; Que, mediante Expediente N-197-02 el recurrente in- terpone oposición a la liquidación de derechos por con- cepto de redención en dinero por haber lotizado áreas de aportes reglamentarios notificados por Oficio Nº 189-2002- DDU-MDSMP de fecha 20 de marzo del 2002, argumen- tando que esta corporación no respeta el principio del de- bido procedimiento administrativo en función al principio de legalidad contraviniendo el art. 30° del TUO aprobado por D.S. Nº 011-98-MTC correspondiéndole, según mani- fiesta, solo el 10% de lo liquidado. Al respecto la Oficina de Asesoría Jurídica por Informe Nº 894-2002 opina por la im- procedencia de la oposición formulada, toda vez, que lo expresado por el recurrente recoge una interpretación ais- lada de la Ley General de Habilitaciones Urbanas Nº 26878 en cuya Primera Disposición Transitoria y Complementaria establece el plazo de 90 días naturales de vigencia de la Ley para su acogimiento, cosa que no se ha dado en el presente caso, siendo que una Ley sólo se deroga o modi- fica por otra Ley como lo dispone el Art. 74 de la Constitu- ción Política del Estado; por lo que debe confirmarse en todos sus extremos la liquidación objeto del reclamo. Que, las sanciones que corresponden a la presente habilitación que tiene el área de 2.53 Ha., de acuerdo a los títulos II-XX-2.1, II-XX-2.4, y II-XX-3.0, del Reglamento Nacional de Construcción y la Ordenanza Nº 006-2000/ MDSMP, Código 32-DU, son las siguientes: Por venta de lotes y/o construcción de lotes sin autori- zación Municipal 05 Unidad Impositiva Tributaria por hec- tárea da en total 12.65 UIT. En la Inspección Ocular realizada se ha verificado lo siguiente: El anteproyecto de lotización ha sido replanteada total- mente, apreciándose en el trazado de las manzanas y vías. Existen 71 lotes en proceso de construcción y termina- dos de construir. El pago de la multa deberá acreditarse antes de la emi- sión de la resolución de recepción de obras habiéndose cursado la Notificación Nº 008354 Que, por otra parte el recurrente ha presentado los si- guientes Recibos pagados: Nºs. 1199555, por concepto de derecho de trámite Nº 010154604, por concepto de Ins- pección Ocular Nº 010154605, por concepto de Revisión de Proyecto y Nº 020024797, por concepto de emisión de Resolución; Que, la Comisión Técnica Calificadora y Dictaminadora de Habilitaciones Urbanas mediante Dictamen Favorable Nº 05-2001, acordó aprobar en su Sesión Nº 12-2001 de fecha 27 de diciembre del 2001, conforme al Plano Nº 065- 2001-DPHU-DDU-MDSMP, para Uso Residencial de Den- sidad Media "R-4" del terreno de área de venticinco mil trescientos metros cuadrados (25,300 m2) constituido por la Parcela con Unidad Catastral Nº 10228 de propiedad de VICTOR ENRIQUE NEYRA FLORES Y ESPOSA, ubica- do en el Ex Fundo Santa Rosa, del Distrito de San Martín de Porres, Provincia y Departamento de Lima; De conformidad a lo dispuesto por la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853 y sus modificatorias, el Reglamen- to Nacional de Construcciones, la Ley de Procedimiento Ad- ministrativo General Nº 27444, la Ley General de Habilitacio- nes Urbanas Nº 26878 y su Texto Único Ordenado, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-98-MTC, Informe Nº 111-2002- MDSMP-DDU-DPHU, los vistos de los Directores de Desa- rrollo Urbano y de la Oficina de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo 1º. Aprobar la Solicitud de Regularización de Habilitación Urbana Ejecutada promovida por don VÍC- TOR ENRIQUE NEYRA FLORES, del Programa de Vi- vienda Los "Jardines de Santa Rosa" II Etapa, desarro- llado sobre el terreno de 25,300.00 m2, de su propiedad de acuerdo al Plano Nº 065-2001-DPHU-DDU-MDSMP. Artículo 2º. Autorizar a don VÍCTOR ENRIQUE NE- YRA FLORES, ejecutar las obras de Habilitación Urbanacuyo proyecto se aprueba, debiendo sujetarse las obras al Plano aprobado por el Artículo Primero de la presente Resolución, conforme al siguiente cuadro de áreas: El DISEÑO se hará según el siguiente detalle de áreas: Área Total Terreno :25,300.00 m2 Área Útil Vivienda :16,669.74 m2 Área Vías y Circulación : 6,972.08 m2 Área de Aporte Recreación Pública : 970.50 m2 Área aporte Ministerio de Educación : 414.00 m2 Área de Compensación : 273.68 m2 Las CALZADAS podrán ser del tipo Rígido o del tipo Flexible. La calificación del tipo de habilitación es “B”, las dimensiones y características de las componentes de la calzadas serán las que resulten del diseño estructural, debiendo obtener la autorización de ejecución en la Divi- sión de Obras Publicas, tomando en cuenta la carga por efecto del tránsito vehicular a soportar en su vida útil y el tipo de terreno de fundación. Las ACERAS serán de concreto de calidad f´c = 140 kg/cm2, de espesor 0.15 m. y su colocación se efectuará sobre un terraplén de material limpio de buena calidad, debidamente nivelado y compactado. El desnivel con rela- ción a la calzada terminada será de 0.15 m. y el acabado será con mezcla de cemento-arena fina, en proporción 1:2, de un centímetro de espesor y bruñas cada 1.00 m. con juntas de 3/4” cada 5 ml. Los SARDINELES , en los extremos expuestos de las aceras o extremos en contacto con jardines se construirá un sardinel de concreto de dimensiones 0.15 m. ancho x 0.30 m altura, de calidad y acabado igual a las aceras y en forma homogénea con ellas. Las RAMPAS PEATONALES en los extremos de los abanicos de las aceras, se construirán rampas peatonales que conectaran los niveles superiores de las aceras y las calzadas, de acuerdo a lo dispuesto en la Resolución Mi- nisterial Nº 069-2001-MTC/15.04 y el Reglamento Nacio- nal de Construcciones. Las obras serán sometidas a los controles establecidos, por cuenta de los interesados. Las OBRAS SANITARIAS serán ejecutadas de con- formidad con los proyectos de agua potable y alcantarilla- do que apruebe SEDAPAL. La ELECTRICIDAD serán con la autorización de la Em- presa de Servicios de Energía Eléctrica EDELNOR, que deberá otorgar la conformidad de la ejecución de obras de electrificación de iluminación pública y conexiones domici- liarias para la etapa de Recepción de Obras de Habilita- ción Urbana. Las INSTALACIONES TELEFÓNICAS de ductos y cá- maras y la reserva de áreas para centrales, los interesa- dos deberán coordinar con la Gerencia de Proyectos de Plantas Externas de la Telefonía. Artículo 3º. Disponer la inscripción individualizada de los lotes de acuerdo al Plano Nº 065-2001-DPHU-DDU- MDSMP como sigue: Manzanas Nº de Lotes Numerados Uso Área (m2) A 21 01 al 21 Vivienda 3,241.60 m2 B 42 01 al 42 Vivienda 6,295.49 m2 C 30 01 al 30 Vivienda 4,025.60 m2 D 24 01 al 24 Vivienda 3,107.05 m2 TOTAL 117 ——- ——- 16,669.74 m2 Artículo 4º. Disponer la Inscripción en los Registros Públicos el área de Recreación Pública del Parque de 970.50 m2, ubicado en la Manzana “C”; Ministerio de Edu- cación de 414 m2, ubicados en la Mz. “D”, ambos situados dentro del presente programa de vivienda. Artículo 5º. Declarar Improcedente la solicitud del re- currente, confirmando en todos sus extremos la liquida- ción objeto del reglamo contenido en el Oficio Nº 189- 2002-DDU/MDSMP de fecha 20 de marzo del 2002, en consecuencia determinar el déficit de aporte por Recrea- ción Pública de 1,379.50 m2, para el Ministerio de Edu- cación el área de 92.00 m2, de Parques Zonales 506.00 m2., que serán redimidos en dinero, siendo el Área Obje- to de Regularización de 1,977.50 m2. Quedan los lotes del 01 al 03 del 16 al 21 de la Manzana “A”; los Lotes del 01 y 02 de la Manzana “C”; los Lotes del 01 al 02 de la Manzana “D” como garantía para el pago de déficit de Aportes de Recreación Pública, y Parques Zonales a fa-