Norma Legal Oficial del día 06 de octubre del año 2002 (06/10/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

MORDAZA, MORDAZA 6 de octubre de 2002

NORMAS LEGALES

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predio" otorgada por MORDAZA Tambini MORDAZA en favor de Rosaluz MORDAZA el 24 de febrero de 2000. 7. Que, habiendo el Concejo Distrital de Lurin transferido el dominio de "el predio" en mas de una oportunidad a distintas personas conforme con lo expuesto en los considerandos que anteceden, este ha obtenido la condicion de propiedad privada, siendo la COFOPRI incompetente para tramitar y resolver el conflicto entre probables propietarios por el mejor derecho de posesion del lote tal como se senala en el MORDAZA considerando de la presente resolucion. En tal sentido, no resulta factible aplicar lo dispuesto por el literal b) del articulo 30º del Reglamento de Formalizacion de la Propiedad, por cuanto no se ha demostrado judicialmente cual de los contratos mantiene su validez. De conformidad con los dispositivos legales MORDAZA citados asi como con el articulo 15º del Reglamento de Normas; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: CONFIRMAR la Resolucion de Gerencia de Titulacion Nº 401-2002-COFOPRI/GT del 27 de marzo de 2002, por los fundamentos expuestos en la presente resolucion. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Vocal Titular del Tribunal Administrativo de la Propiedad de COFOPRI LUZ MORDAZA MORDAZA MERA Vocal Titular del Tribunal Administrativo de la Propiedad de COFOPRI MORDAZA SECLEN MORDAZA Vocal Titular del Tribunal Administrativo de la Propiedad de COFOPRI 17802

Que, mediante Acuerdo de Directorio Nº 006-2002/ 010-FONAFE del 7 de agosto de 2002, se aprobo el formato para la publicacion de las politicas remunerativas de las empresas bajo el ambito del FONAFE, aprobadas por el Directorio de conformidad con el Decreto Supremo Nº 043-2002-EF; RESUELVE: Articulo Primero.- Disponer la publicacion en el Diario Oficial El Peruano de las politicas remunerativas de la Empresa Peruana de Servicios Editoriales S.A. - EDITORA PERU S.A., la Corporacion Financiera de Desarrollo - COFIDE S.A. y de la Compania de Negociaciones Mobiliarias e Inmobiliarias S.A. - CONEMINSA, segun anexos que forman parte integrante de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- Disponer que las politicas remunerativas de la Empresa Peruana de Servicios Editoriales S.A. - EDITORA PERU S.A., la Corporacion Financiera de Desarrollo - COFIDE S.A. y de la Compania de Negociaciones Mobiliarias e Inmobiliarias S.A. - CONEMINSA, MORDAZA publicadas en la pagina web de cada una de las sociedades MORDAZA senaladas. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Directora Ejecutiva POLITICA REMUNERATIVA DE LA EMPRESA PERUANA DE SERVICIOS EDITORIALES S.A. - EDITORA PERU S.A. Aprobada por Acuerdo de Directorio Nº 006-2002/012-FONAFE del 04.09.2002 1. ESCALA REMUNERATIVA
Categoria I Remuneracion MORDAZA Mensual (S/.) 11 200 9 016 6 852 4 591 3 500 2 015 1 693 650

FONAFE
Disponen publicacion de las politicas remunerativas de Editora Peru S.A., COFIDE S.A. y CONEMINSA
RESOLUCION DE DIRECCION EJECUTIVA Nº 041-2002/DE-FONAFE MORDAZA, 30 de setiembre de 2002 LA DIRECCION EJECUTIVA DEL FONAFE:

II III IV V VI VII VIII

2. BONIFICACIONES NO REMUNERATIVAS
CONCEPTOS

CONSIDERANDO: Que, el articulo 1º del Decreto Supremo Nº 043-2002EF establece que el Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado aprobara por acuerdo de su Directorio, la politica remunerativa de las empresas y entidades bajo su ambito; Que, por Acuerdo de Directorio Nº 006-2002/012-FONAFE del 4 de setiembre de 2002, se aprobo la politica remunerativa de la Empresa Peruana de Servicios Editoriales S.A. - EDITORA PERU S.A.; Que, por Acuerdos de Directorio Nºs. 002-2002/013FONAFE y 003-2002/013-FONAFE del 18 de setiembre de 2002, se aprobaron las politicas remunerativas de la Corporacion Financiera de Desarrollo - COFIDE S.A. y de la Compania de Negociaciones Mobiliarias e Inmobiliarias S.A. - CONEMINSA, respectivamente; Que, el articulo 4º del Decreto Supremo Nº 043-2002EF dispone que las politicas remunerativas aprobadas por el Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado, deberan ser publicadas en el Diario Oficial El Peruano;

Gratificacion Extraordinaria por el ejercicio 2002 * * Solo por el ejercicio 2002 y sujeto al cumplimiento de metas

3. TOPE DE INGRESO MORDAZA ANUAL (TIMA)
CATEGORIA II TIMA S/. 185,000.00

El Tope de Ingreso MORDAZA Anual (TIMA) comprende las remuneraciones, gratificaciones, bonificaciones, quinquenios, asignaciones, compensacion por tiempo de servicios (CTS) y cualquier otro concepto remunerativo, afin o similar de libre disponibilidad que perciba el trabajador, incluyendo aquellos beneficios que se paguen al trabajador, aun cuando estos no tengan caracter remunerativo. El TIMA no comprende los bonos de productividad derivados de los convenios de gestion ni la participacion de utilidades, de ser el caso.

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