Norma Legal Oficial del día 10 de octubre del año 2002 (10/10/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 3

MORDAZA, jueves 10 de octubre de 2002

NORMAS LEGALES

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PODER EJECUTIVO
PCM
Crean Comision Multisectorial que elaborara informe sobre requerimientos tecnico funcionales y de informacion del Sistema Electronico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado
DECRETO SUPREMO Nº 099-2002-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, en el actual MORDAZA de modernizacion del Estado Peruano, resulta necesario incorporar el uso de las tecnologias de la informacion en el desarrollo de las actividades de la administracion publica; Que, por Decreto Supremo Nº 031-2002-PCM se aprobaron los "Lineamientos de Politicas Generales del Desarrollo del Sistema Electronico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado", en donde se declara la necesidad de desarrollar un sistema electronico, que incremente y mejore las condiciones para que el Estado contrate la adquisicion de bienes, servicios, obras y arrendamientos, en condiciones de calidad, economia y oportunidad; Que, la implementacion del sistema electronico de adquisiciones y contrataciones del Estado, a cargo del Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE, tiene como finalidad permitir una mayor eficiencia en el manejo de los recursos del Estado, asi como garantizar mayor transparencia y acceso a la informacion publica por parte de los proveedores y ciudadanos; Que, por Resolucion Ministerial Nº 266-2002-PCM se encargo a la Secretaria de Gestion Publica, la preparacion de la Estrategia Nacional del Gobierno Electronico, dentro de la cual se encuentra el desarrollo del sistema electronico de adquisiciones y contrataciones del Estado; Que, segun el articulo 18º del Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, con acuerdo del Consejo de Ministros podran crearse comisiones de coordinacion para determinados asuntos especificos; Que, es de interes prioritario conformar una Comision Multisectorial, que elabore un documento con los requerimientos tecnico funcionales y de informacion del sistema electronico de adquisiciones y contrataciones del Estado, en el que se propongan las iniciativas normativas necesarias para su funcionamiento; De conformidad con lo dispuesto en el inciso 8) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru y el Decreto Legislativo Nº 560; y, Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Articulo 1º.- Comision Multisectorial Crease la Comision Multisectorial encargada de elaborar un informe que contenga los requerimientos tecnico funcionales y de informacion del Sistema Electronico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado y las propuestas normativas necesarias para su funcionamiento. Articulo 2º.- Conformacion de la Comision Multisectorial La Comision Multisectorial estara conformada por los siguientes funcionarios: - Un representante de la Presidencia del Consejo de Ministros, - Un representante del Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE, - Un representante del Instituto Nacional de Estadistica e Informatica - INEI, - Un representante del Ministerio de Economia y Finanzas; y, - Un representante del Centro de Promocion de la Pequena y Micro Empresa - PROMPYME.

- Un representante del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo. Articulo 3º.- De la Presidencia de la Comision Multisectorial El representante de la Presidencia del Consejo de Ministros presidira la Comision Multisectorial. En su ausencia, los miembros de la Comision elegiran al Presidente suplente. Articulo 4º.- De la Secretaria Tecnica El representante del Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado -CONSUCODE- actuara como Secretario Tecnico de la Comision Multisectorial. Articulo 5º.- Del inicio de las actividades La instalacion de la Comision Multisectorial se realizara en la fecha convocada por su Presidente. Los integrantes de la Comision seran designados por Resolucion Ministerial, por cada uno de los sectores que se encuentren representados conforme al articulo 2º, en el plazo de tres (3) dias utiles, contados desde la fecha de publicacion del presente Decreto Supremo. Articulo 6º.- Asesoramiento, informacion y apoyo La Comision Multisectorial podra solicitar a las entidades publicas, privadas y especialistas, el asesoramiento, informacion y apoyo necesarios para el cumplimiento de la labor encomendada. Articulo 7º.- Plazo La Comision Multisectorial debera cumplir con la entrega del informe y presentarlo ante el Presidente del Consejo de Ministros, en un plazo no mayor de noventa (90) dias calendario, contados a partir de la fecha de su instalacion. Dentro de los 3 dias utiles siguientes, contados desde la fecha de recepcion del informe, la Secretaria de Gestion Publica de la Presidencia del Consejo de Ministros debera incorporar el referido informe en la pagina web institucional. www.pcm.gob.pe. Articulo 8º.- Gastos Los gastos que irrogue la aplicacion de lo dispuesto en el presente Decreto Supremo deberan ser cubiertos con cargo a los presupuestos institucionales que correspondan. El asesoramiento que solicite la Comision sera ad honorem. No se demandara bajo ningun concepto recursos adicionales al Tesoro Publico. Articulo 9º.- Del refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Economia y Finanzas, el Ministro de Trabajo y Promocion del Empleo y el Ministro de Comercio Exterior y Turismo. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los cuatro dias del mes de octubre del ano dos mil dos. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA SOLARI DE LA FUENTE Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA RUETE Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA QUIJANDRIA SALMON Ministro de Agricultura Encargado de la Cartera de Trabajo y Promocion del Empleo MORDAZA DIEZ CANSECO MORDAZA Ministro de Comercio Exterior y Turismo 17934

Modifican articulo de decreto que creo el Consejo Nacional de la Competitividad
DECRETO SUPREMO Nº 100-2002-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

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