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Pág. 231161 NORMAS LEGALES Lima, jueves 10 de octubre de 2002 establecimiento de una Zona de Confianza Mutua, a realizarse la ciudad de Quito, República del Ecuador, el 10 y 11 de octubre de 2002; Teniendo en cuenta lo expuesto en el memorándum (DGS) Nº 15, de la Dirección General para Asuntos de Seguridad y Defensa, de 1 de octubre de 2002; De conformidad con el inciso b) del artículo 12º del Decreto Legislativo Nº 894, Ley del Servicio Diplomático de la República, de 24 de diciembre de 1996, el inciso m) del artículo 5º del Decreto Ley Nº 26112, Ley Orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores, de 24 de diciembre de 1992; el Decreto Supremo Nº 181-86-EF, de 30 de mayo de 1986; la Resolución Ministerial Nº 0770-RE, de 30 de diciembre de 1994; y, su modificatoria la Resolución Minis- terial Nº 0243-RE, de 25 de febrero de 1999; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Designar a los siguientes funciona- rios para que integren la delegación peruana que partici- pará en las reuniones de los Grupos de Trabajo de la Co- misión Binacional Peruano-Ecuatoriana sobre Medidas de Confianza Mutua y de Seguridad, para tratar la reducción sustantiva y gradual de los efectivos, armamento y unida- des militares existentes en la zona de frontera y el estable- cimiento de una Zona de Confianza Mutua a lo largo de la línea de frontera común, a realizarse en la ciudad de Quito, República del Ecuador, el 10 y 11 de octubre de 2002: - Embajador en el Servicio Diplomático de la República, Alberto Gutiérrez La Madrid, Director General de Asuntos de Seguridad y Defensa; y, - Ministro Consejero en el Servicio Diplomático de la República, Félix Denegri Boza, funcionario de la Dirección General de Asuntos de Seguridad y Defensa. Artículo Segundo.- Los gastos que ocasione el cumpli- miento de la presente Resolución, serán cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exterio- res, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días del término de la referida comi- sión, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes Viáticos Tarifa US$ US$ aeropuerto US$ Alberto Gutiérrez La Madrid 440.42 600.00 25.00 Félix Denegri Boza 440.42 600.00 25.00 Artículo Tercero.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes al término de la citada reunión, los citados funcionarios deberán presentar un informe de las acciones realizadas durante el viaje autorizado, ante el señor Ministro de Relaciones Exteriores. Artículo Cuarto.- La presente Resolución no da dere- cho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS SOLARI DE LA FUENTE Presidente del Consejo de Ministros Encargado de la Cartera de Relaciones Exteriores 17906 Autorizan viaje de funcionarios de la Oficina Nacional de Desarrollo Fronte- rizo para participar en la "III Reunión del Comité de Fronteras Perú - Chile" RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1032-2002-RE Lima, 4 de octubre de 2002 CONSIDERANDO: Que la "III Reunión del Comité de Fronteras Perú-Chi- le" se llevará a cabo en la ciudad de Arica, República de Chile, el 10 y 11 de octubre de 2002;Que los mandatarios de Perú y Chile en la Declara- ción Presidencial, de 23 de agosto de 2002, han seña- lado puntualmente en el literal 12 de dicha declaración la trascendencia de este foro en el actual entorno internacional y lo han calificado como un mecanismo de vital importancia para la integración y cooperación fronteriza; Que la referida reunión forma parte de los esfuerzos bilaterales desarrollados dentro de la política de promo- ción de la integración entre los dos países y en especial de sus áreas de frontera; Que la naturaleza de la reunión es de carácter téc- nico-político y reviste particular importancia, por cuan- to en ella se prevé continuar promoviendo y explorando temas que permitan alcanzar mayores niveles de co- operación e integración entre ambas regiones fronteri- zas; Teniendo en cuenta lo expuesto en el Memorándum (ODF-DEF) Nº 302-2002, de la Oficina Nacional de Desarrollo Fronterizo, de 27 de setiembre de 2002; De conformidad con el inciso b) del artículo 12º del Decreto Legislativo Nº 894, Ley del Servicio Diplomáti- co de la República, de 24 de diciembre de 1996, el inci- so m) del artículo 5º del Decreto Ley Nº 26112, Ley Orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores, de 24 de diciembre de 1992; el Decreto Supremo Nº 181- 86-EF, de 30 de mayo de 1986; la Resolución Ministe- rial Nº 0770-RE, de 30 de diciembre de 1994; y, su modificatoria la Resolución Ministerial Nº 0243-RE, de 25 de febrero de 1999; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar el viaje de los siguien- tes funcionarios de la Oficina Nacional de Desarrollo Fronterizo, para que participen en la "III Reunión del Comité de Fronteras Perú-Chile", a realizarse en la ciu- dad de Arica, República de Chile, el 10 y 11 de octubre de 2002: - Embajador en el Servicio Diplomático de la Repúbli- ca, Gilbert Chauny de Porturas Hoyle, Director Nacional de Desarrollo Fronterizo; - Economista Gerardo Basterrechea Blest, Asesor de la Dirección de Desarrollo Fronterizo-Coordinador de la Macro región de la Frontera Sur. Artículo Segundo.- Los gastos que ocasione la partici- pación de los referidos funcionarios, serán cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exterio- res, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días del término de la referida comi- sión, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes Viáticos Tarifa US$ US$ aeropuerto S/. Gilbert Chauny de Porturas Hoyle. 162.00 600.00 25.00 Gerardo Basterrechea Blest. 162.00 600.00 25.00 Artículo Tercero.- La Delegación peruana en la "III Reunión del Comité de Fronteras Perú-Chile" estará inte- grada por los funcionarios arriba mencionados y por el Mi- nistro Jorge Lázaro Geldres, Cónsul General del Perú en Arica. La participación del Ministro Jorge Lázaro Geldres no irrogará gasto alguno al Pliego Presupuestal del Minis- terio de Relaciones Exteriores. Artículo Cuarto.- Dentro de los quince (15) días ca- lendario siguientes al término de la citada reunión, los cita- dos funcionarios deberán presentar un informe de las ac- ciones realizadas durante el viaje autorizado, ante el señor Ministro de Relaciones Exteriores. Artículo Quinto.- La presente Resolución no da dere- cho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS SOLARI DE LA FUENTE Presidente del Consejo de Ministros Encargado de la Cartera de Relaciones Exteriores 17907