Norma Legal Oficial del día 16 de octubre del año 2002 (16/10/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 77

MORDAZA, miercoles 16 de octubre de 2002

NORMAS LEGALES

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Donacion: Ingreso sin contraprestacion, no recuperable, procedente de otros gobiernos o de instituciones internacionales o nacionales, publicas o privadas. En materia de Cooperacion Tecnica Internacional se entiende por Donacion, a la transferencia a titulo gratuito: de dinero y bienes o servicios, a favor del Gobierno Central, Regional y/o Local, asi como de Entidades e Instituciones Extranjeras de Cooperacion Tecnica Internacional y organizaciones no gubernamentales de desarrollo receptoras de cooperacion tecnica internacional, destinados a complementar la realizacion de un proyecto de desarrollo. Para efectos presupuestarios solo se incorporan las donaciones en dinero o cuando se hubiera monetizado una donacion de bienes. E Eficacia: Se refiere al grado de avance y/o cumplimiento de una determinada variable respecto a la programacion prevista. Para efecto de la Evaluacion Presupuestal, la Eficacia se aplica al grado de ejecucion de los ingresos y gastos respecto al Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) y el Presupuesto Institucional Modificado (PIM), asi como al grado de cumplimiento de las Metas Presupuestarias. Eficiencia: El Indicador de Eficiencia relaciona dos variables, permitiendo mostrar la optimizacion de los insumos (entendiendose como la mejor combinacion y la menor utilizacion de recursos para producir bienes y servicios) empleados para el cumplimiento de las Metas Presupuestarias. Los insumos son los recursos financieros, humanos y materiales empleados para la consecucion de las metas. Para efectos de la elaboracion de la Evaluacion Institucional, este indicador contrasta los recursos financieros y las metas. (*)RECTIFICADO POR FE DE ERRATAS Ejecucion del Gasto: La Ejecucion del Gasto comprende las Etapas del Compromiso, Devengado y Pago. El procedimiento de la Ejecucion de Gasto es el siguiente: a) Calendarizacion: Prevision de niveles maximos de compromisos presupuestales para un periodo dado. b) Realizacion de Compromisos: Emision de documentos sustentatarios de compromisos (Orden de Compra, Orden de Servicio, etc.) c) Determinacion de Devengados Seguimiento de la obligacion de gastar por parte del Pliego. d) Autorizacion de Giro: Nivel MORDAZA de Giro que el Tesoro Publico proporciona a cada pliego presupuestal. Difiere de la anterior en la medida que el pliego acumule saldos en su subcuenta. e) Autorizacion de Pago: Tope que el Tesoro Publico autoriza al Banco de la Nacion a abonar a la subcuenta de cada Pliego Presupuestal. Ejecucion Financiera: La Ejecucion Financiera de los Ingresos se produce cuando se recaudan, captan u obtienen los recursos que utiliza un determinado Pliego durante el Ano Fiscal. La Ejecucion Financiera de los Egresos comprende el registro del Devengado, girado y pago de los Compromisos realizados. Ejecucion Presupuestaria: La Ejecucion Presupuestaria de los Ingresos, es el registro de la informacion de los recursos captados, recaudados u obtenidos por parte de los Pliegos Presupuestarios. La Ejecucion Presupuestaria de los Egresos consiste en el registro de los Compromisos durante el Ano fiscal. La Ejecucion Presupuestaria de las Metas Presupuestarias se verifica cuando se registra el cumplimiento total o parcial de las mismas. Ejecucion Presupuestaria Directa: Se produce cuando el Pliego con su personal e infraestructura es el

ejecutor presupuestal y financiero de las Actividades y Proyectos asi como de sus respectivos Componentes. Ejecucion Presupuestaria Indirecta: Se produce cuando la ejecucion fisica y/o financiera de las Actividades y Proyectos asi como de sus respectivos Componentes, es realizada por una Entidad distinta al Pliego; sea por efecto de un contrato celebrado con una Entidad Privada a titulo oneroso, o, con una Entidad Publica, sea a titulo oneroso o gratuito. Ejercicio Presupuestario: El Ejercicio Presupuestario comprende el Ano Fiscal (desde el 1 de enero al 31 de diciembre de cada ano) y el Periodo de Regularizacion (desde el 1 de enero hasta el 31 de marzo del siguiente ano). Escala de Prioridades: Es la prelacion de los Objetivos Institucionales que establece el Titular del Pliego, en funcion a la Mision, Propositos y Funciones que persigue la entidad. Dicha prelacion expresa la priorizacion en cuanto a su logro- de los Objetivos Generales, Parciales y Especificos establecidos por el Titular, quien senalara las politicas que implementara y/o desarrollara durante el Ano Fiscal. Escala Remunerativa: Comprende las categorias remunerativas de una determinada Entidad, regulada por el regimen laboral de la actividad publica o privada, diferenciadas por grupos ocupacionales (Profesional, Tecnico y Auxiliar) y personal directivo. Estructura de Cargos Clasificados: Conjunto interrelacionado de criterios sobre el MORDAZA de funcion, el nivel de responsabilidad y los requisitos minimos requeridos, que rigen la clasificacion de cargos. Estructura Funcional Programatica: La Estructura Funcional Programatica muestra las MORDAZA lineas de accion que el Pliego desenvolvera durante el ejercicio presupuestario a fin de lograr los Objetivos Institucionales propuestos, a traves del cumplimiento de las Metas contempladas en el Presupuesto Institucional. La Estructura Funcional Programatica se compone de las Categorias Presupuestarias seleccionadas tecnicamente por los Pliegos, las cuales no deben ser numerosas, de manera que permitan visualizar los propositos a lograr durante el ejercicio asi como una eficaz y eficiente administracion de los Recursos Publicos de los Pliegos. Evaluacion Presupuestaria: Es el conjunto de procesos de analisis para determinar, sobre una base continua en el tiempo, los avances fisicos y financieros obtenidos, a un momento dado, y su contrastacion con los Presupuestos Institucionales asi como su incidencia en el logro de los Objetivos Institucionales. F Fondo de Compensacion Municipal: Fondo constituido por la recaudacion de tributos nacionales creados en favor de las municipalidades (Impuesto de Promocion Municipal, Impuesto al Rodaje e Impuesto a las embarcaciones de recreo y el 25% del Impuesto a las Apuestas). Los recursos que perciban las municipalidades de este fondo no podran ser destinados a gasto corriente, salvo disposicion legal expresa. Fondo de Pensiones: Planes organizados que involucran a empleados, empleadores o ambos y que proporcionan ingresos de jubilacion a determinado grupo de empleados, con diferentes prestaciones y aportaciones y con un fondo organizado en forma independiente que realiza transacciones financieras en el MORDAZA de capitales. MORDAZA de Financiamiento: Es una modalidad de clasificacion presupuestaria de los Ingresos del Estado. De acuerdo al origen de los recursos que comprende cada Fuente de Financiamiento, se distinguen en: Recursos Ordinarios, Canon y Sobrecanon, Participacion en Rentas de Aduanas, Contribuciones a Fondos, Fondo de Compensacion Municipal, Otros Impuestos Municipales, Recursos Directamente Recaudados, Recursos por Operacio-

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