Norma Legal Oficial del día 19 de octubre del año 2002 (19/10/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 42

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En el Articulo 5º.DICE:
Codigo Infraccion 54 Extraer recursos hidrobiologicos con volumenes de descarga mayor a la capacidad de bodega autorizada en los permisos de pesca correspondientes.

NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 19 de octubre de 2002

Medida Cautelar Sancion Suspension de Multa permiso de pesca (primera vez) por 3 dias efectivos de pesca (por primera vez). Cancelacion (segunda vez) Cancelacion (segunda vez)

Determinacion de la Sancion 25% de la U.I.T. por cada tonelada metrica de materia prima descargada.

Cancelacion definitiva del permiso de pesca.

DEBE DECIR:
Codigo Infraccion 54 Extraer recursos hidrobiologicos con volumenes de descarga mayor a la capacidad de bodega autorizada en los permisos de pesca correspondientes. Medida Cautelar Sancion Suspension de Multa permiso de pesca (primera vez) por 3 dias efectivos de pesca (por primera vez). Cancelacion (segunda vez) Determinacion de la Sancion 25% de la U.I.T. por cada tonelada metrica de materia prima descargada.

Cancelacion definitiva del permiso de pesca.

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RELACIONES EXTERIORES
Dan por terminadas funciones de Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Peru en el Reino de Espana
RESOLUCION SUPREMA Nº 329-2002-RE MORDAZA, 18 de octubre de 2002 Vista la Resolucion Suprema Nº 0251-RE, de 15 de MORDAZA de 2000, que nombro Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Peru en el Reino de Espana, al Embajador en el Servicio Diplomatico de la Republica, MORDAZA MORDAZA Rios; De conformidad con los articulos 8º y 9º del Decreto Legislativo Nº 894, Ley del Servicio Diplomatico de la Republica, de 24 de diciembre del ano 1996; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Dar por terminadas las funciones del Embajador en el Servicio Diplomatico de la Republica, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Peru en el Reino de Espana, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Articulo Segundo.- La fecha en que el citado funcionario debera asumir funciones en la Cancilleria, sera fijada por Resolucion Ministerial. Articulo Tercero.- Aplicar el egreso que origine la presente Resolucion a las partidas correspondientes del Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA TIZON Ministro de Relaciones Exteriores 18547

Nombran Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Peru en el Reino de Espana
RESOLUCION SUPREMA Nº 330-2002-RE MORDAZA, 18 de octubre de 2002 De conformidad con el inciso 12) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru, que establece la facultad del senor Presidente de la Republica de nombrar Embajadores y Ministros Plenipotenciarios, con aprobacion del Consejo de Ministros, con cargo a dar cuenta al Congreso; De conformidad con la Primera Disposicion Complementaria del Decreto Legislativo Nº 894, Ley del Servicio Diplomatico de la Republica, la Ley Nº 27594, Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de funcionarios publicos; y, Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Nombrar Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Peru en el Reino de Espana, al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Vega. Articulo Segundo.- Extenderle las Cartas Credenciales y los Plenos Poderes correspondientes. Articulo Tercero.- La fecha en la que el mencionado funcionario debera asumir funciones sera fijada mediante Resolucion Ministerial. Articulo Cuarto.- Aplicar el egreso que origine la presente Resolucion a las partidas correspondientes del Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA TIZON Ministro de Relaciones Exteriores 18548

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