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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE OCTUBRE DEL AÑO 2002 (19/10/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 57

Pág. 231651 NORMAS LEGALES Lima, sábado 19 de octubre de 2002 cutivo del Poder Judicial, se aprobó la Directiva Nº 002-2002- CE-PJ, sobre "Normas Reguladoras de la Devolución y Ha- bilitación de Aranceles Judiciales", en la que se establecen los procedimientos específicos que se deben aplicar para la Habilitación y Devolución de los montos pagados por con- cepto de Aranceles Judiciales, los mismos que son de ob- servancia obligatoria por los órganos jurisdiccionales del Poder Judicial a nivel nacional y de estricta aplicación para la Administración Distrital de esta sede judicial; Que, mediante Resolución Administrativa Nº 141-2002- P-CSJCL/PJ, de fecha 15 de agosto del año en curso, esta Presidencia, entre otros aspectos dispuso que el Centro de Distribución General, a cargo de la recepción de de- mandas y escritos correspondientes a los Juzgados Espe- cializados en lo Civil, Laboral, Módulos Básicos de Justi- cia, Juzgados de Familia y de Paz Letrados aún no Corpo- rativizados, estos dos últimos, sean los Administradores o en su defecto los Jefes de Mesas de Partes y/o encargados de la recepción, quienes bajo responsabilidad funcional y administrativa cautelen, al momento de recibir los docu- mentos en general, la observancia y estricto cumplimiento de las Resoluciones Administrativas Nº 033-2002-CE-PJ y 005-96-SE-TP-CME-PJ, exigiendo los Aranceles Judicia- les correspondientes, conteniendo los datos señalados en la citadas resoluciones, es bajo ese mismo contexto la observancia de la Resolución Administrativa Nº 047-2000- GG/PJ, verificando se adjunte las Cédulas de Notificación Valoradas en el número necesario para el diligenciamiento a las partes, debidamente llenadas con los datos solicita- dos; estampando el responsable, el sello de UTILIZADA garantizando que no se produzca su posterior uso; Que, si bien es cierto, es de conocimiento de los seño- res Magistrados el contenido de la Resolución Administrati- va Nº 094-2002-CE-PJ, de fecha 5 de julio del año en cur- so, expedida por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, por cuanto fue publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 15 de julio del año en curso; no es menos cierto que, se vienen advirtiendo requerimientos que no se ajus- tan a los procedimientos estrictos para la Devolución y Habilitación de los montos pagados por concepto de Aran- celes Judiciales, cuando éstos no han sido utilizados y cumplen con los requisitos para que se proceda a la reali- zación de tales diligencias, señalados en la Directiva in- cursa en la Resolución Administrativa antes citada, resul- tando en consecuencia pertinente reiterar que su cumpli- miento es obligatorio para los señores Magistrados y Jefe de la Oficina de Administración Distrital; Que, teniendo en cuenta que la Presidenta de esta Corte Superior de Justicia, como máxima autoridad administrativa en el Distrito Judicial a su cargo, tiene la facultad de dictar las medidas que a su consideración sean necesarias para la normal y correcta aplicación de los procedimientos de obligatorio cumplimiento por los órganos jurisdiccionales y administrativos, por lo que haciendo uso de las facultades conferidas por los incisos 3) y 9) del Art. 90º del Texto Úni- co Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial; RESUELVE: Artículo Primero.- DISPONER que los señores Magis- trados a cargo de los órganos jurisdiccionales y el Jefe de la Oficina de Administración cumplan estrictamente los procedimientos establecidos en la Directiva Nº 002-2002- CE-PJ, sobre "Normas Reguladoras de la Devolución y Habilitación de Aranceles Judiciales", expedida por el Con- sejo Ejecutivo del Poder Judicial, al momento de recibirse alguna solicitud de Habilitación y Devolución de los mon- tos pagados por concepto de Aranceles Judiciales que no hayan sido utilizados por los usuarios. Artículo Segundo.- DISPONER que el Jefe de la Ofi- cina de Administración Distrital, proceda a la distribución de la Directiva Nº 002-2002-CE-PJ, a los señores Magis- trados de todos los órganos jurisdiccionales de esta sede judicial, Administradores o en su defecto los Jefes de Me- sas de Partes y/o encargados de la recepción de deman- das y escritos correspondientes a los Juzgados Especiali- zados en lo Civil, Laboral y Familia, Módulos Básicos de Justicia, Juzgado Mixto, Juzgados de Paz Letrados aún no Corporativizados, quienes tienen la responsabilidad de cautelar la observancia y estricto cumplimiento de las Re- soluciones Administrativas Nºs. 033-2002-CE-PJ y 005- 96-SE-TP-CME-PJ; sin perjuicio de procederse de igual forma a las Salas Superiores. Artículo Tercero.- PONER en conocimiento de los se- ñores Magistrados que, el proceso de Devolución y Habi- litación de los Aranceles Judiciales a los usuarios, no selleva a cabo a través de ninguna dependencia administra- tiva, sino sólo conforme a lo establecido en la Directiva Nº 002-2002-CE-PJ, contenida en la Resolución Administrati- va Nº 094-2002-CE-PJ. Artículo Cuarto.- DISPONER que el Jefe de la Oficina de Imagen Institucional proceda a la difusión de la Directi- va Nº 002-2002-CE-PJ, expedida por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, entre el público usuario, debiendo apa- recer en cada una de las vitrinas de esta sede judicial. Artículo Quinto.- PONER la presente Resolución, en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, Conse- jo Ejecutivo del Poder Judicial, Gerencia General del Po- der Judicial, Oficina de Control de la Magistratura del Po- der Judicial, Ministro de Justicia, Fiscal Superior Decana del Callao, Fiscalía de la Nación, Presidencia de la Comi- sión Distrital de Control de la Magistratura de esta Corte, los Magistrados de esta sede judicial, Oficina de Adminis- tración Distrital, Oficina de Imagen Institucional y los inte- resados, para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese. YRMA FLOR ESTRELLA CAMA Presidenta 18413 Aprueban Planes de Trabajo de la Biblioteca "Francisco Velasco Gallo" y del "Coro Polifónico" de la Corte Supe- rior de Justicia del Callao CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CALLAO RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 161-2002-P-CSJCL/PJ Callao, 20 de setiembre de 2002 LA PRESIDENCIA DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CALLAO VISTOS y CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Administrativa Nº 135-2002- P-CSJCL/PJ, de fecha 08 de agosto del año en curso, esta Presidencia designó a los señores doctores Hugo Roberto Garrido Cabrera, Juez Titular del Tercer Juzgado Especializado en lo Civil y Víctor Jimmy Arbulú Martínez, Juez Titular del Décimo Juzgado Especializado en lo Pe- nal, Magistrados Encargados y Responsables de la Biblio- teca "Francisco Velasco Gallo" de esta Corte Superior; Que, mediante Oficios S/N remitidos a esta Presidencia por los señores Magistrados Encargados y Responsables de la Biblioteca "Francisco Velasco Gallo" de esta Corte Supe- rior, presentan su "Plan de Trabajo", correspondiente a los meses de setiembre - diciembre del presente año judicial, con la finalidad de contar con una mejor modalidad de servi- cio y mantenimiento de los libros e instalaciones de dicha dependencia, dirigido a los señores Magistrados, personal jurisdiccional y administrativo y público en general; Que, entre los objetivos propuestos por los Magistra- dos antes citados se ha considerado: 1) Catalogar los li- bros que se encuentran en la Biblioteca; 2) Implementar un servicio de cómputo con acceso a Internet; 3) Adquisición de textos actuales; y, 4) Instalar una Videoteca (Televisor y VHS), por lo que solicitan la autorización respectiva a efec- tos de realizar actividades generadoras de recursos para cumplir con sus objetivos, entre las que se encuentran el aporte voluntario de S/. 10.00 (diez nuevos soles) men- suales a los señores Magistrados de esta sede judicial, con carácter de no obligatorio y la realización de una Acti- vidad Deportiva y Feria de Libros; Que, el Presidente de esta Corte Superior de Justicia, como máxima autoridad administrativa de este Distrito Ju- dicial, asumiendo competencia administrativa, tiene la fa- cultad de impartir las medidas más apropiadas para que las dependencias que conforman esta sede judicial fun- cione de manera eficiente y eficaz, dirigido a brindar un mejor servicio a los usuarios, entre los que se encuentran aquellos que hacen uso de los textos e instalaciones que se encuentran en la Biblioteca de esta sede judicial; Que, en uso de las facultades conferidas por los inci- sos 1) y 9) del Art. 90º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial;