Norma Legal Oficial del día 21 de octubre del año 2002 (21/10/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

MORDAZA, lunes 21 de octubre de 2002

NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

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dos y se establezca la categorizacion definitiva de los mismos. Articulo 7º.- Comunicar a la COFOPRI, que debera denegar cualquier solicitud de formalizacion, bajo ninguna modalidad, a los asentamientos humanos ubicados en la Parcela A categorizada como MORDAZA Arqueologica Intangible. Articulo 8º.- Comunicar a la directiva del A.H. Senor de los MORDAZA, que cualquier obra que implique movimiento de tierras a realizarse en la Parcela O, debera contar con la autorizacion del Instituto Nacional de Cultura y se ejecutara bajo estricta supervision de un arqueologo a traves de un monitoreo permanente con el fin de registrar cualquier evidencia arqueologica que aun pudiera encontrarse bajo la superficie. Articulo 9º.- Inscribir el Plano del Area Remanente Nº PREM-006-CCZAOAHH-2002 de la MORDAZA Arqueologica e Historica Armatambo Morro Solar en los Registros Publicos de MORDAZA y Callao y en el Sistema de Informacion Nacional de los Bienes de Propiedad Estatal - SINABIP, de manera que quede saneada su situacion legal, estableciendo sus caracteristicas de inalienabilidad e imprescriptibilidad. Articulo 10º.- Comunicar a la Municipalidad Distrital de Chorrillos, COFOPRI, autoridades politicas y civiles acerca de las categorias establecidas en la MORDAZA y las acciones que deberan realizar acorde con estas, despues de emitida la Resolucion Directoral correspondiente. Articulo 11º.- Dejar sin efecto las demas disposiciones que se opongan a la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA LUMBRERAS MORDAZA Director Nacional 18574

SUNARP
Emiten disposiciones dirigidas al personal de la SUNARP relativas a la prohibicion de realizar actividades politicas durante los procesos electorales
RESOLUCION DEL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS N° 477- 2002-SUNARP/SN MORDAZA, 17 de octubre del 2002 CONSIDERANDO: Que, la neutralidad y la transparencia son obligaciones fundamentales que deben orientar la conducta de los servidores publicos; Que, de acuerdo al Decreto Supremo N° 076-2002PCM, corresponde a la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos ­ SUNARP, como organismo descentralizado MORDAZA del Sector Justicia, el garantizar la absoluta neutralidad de sus funcionarios y servidores publicos, durante el MORDAZA electoral regional y municipal del ano 2002; Que, es obligacion de todo trabajador de la SUNARP, independientemente de la funcion que cumpla, no aprovecharse de su cargo o afectar el mismo con fines politicos, en concordancia con el articulo 12° del Codigo de Etica de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, aprobado mediante Resolucion del Superintendente Nacional de los Registros Publicos N° 287-2002SUNARP/SN; De conformidad con el Codigo de Etica de la Funcion Publica, Ley N° 27685, la Directiva sobre neutralidad y transparencia de los organismos, funcionarios y servidores publicos del Poder Ejecutivo durante el MORDAZA electoral regional y municipal del ano 2002, Decreto Supremo N° 076-2002-PCM, y el Codigo de Etica de la SUNARP, Resolucion N° 287-2002-SUNARP/SN;

Articulo 1º .- Recordar al personal que labora en todas las oficinas a cargo de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos ­ SUNARP, la obligatoriedad de garantizar la neutralidad politica en el servicio y velar por la transparencia en el destino de los bienes asignados. Articulo 2º.- Hacer presente al personal de la SUNARP a nivel nacional que esta prohibido el ejercicio de toda actividad politica durante los procesos electorales regionales y municipales, dentro de los locales institucionales o en sus alrededores, asi como durante las comisiones de servicio dentro o fuera del area laboral. Articulo 3º.- El personal de la SUNARP que por la naturaleza de sus funciones deba entregar informacion a trabajadores del Sistema Registral o usuarios, debera informar en forma precisa, MORDAZA y neutral respecto a lo que se solicita, no debiendo inducir, presionar, influenciar u orientar el MORDAZA del solicitante de la informacion. Articulo 4º.- Esta prohibida la utilizacion de la condicion laboral para favorecer o desprestigiar cualquier posicion politica, social, partidaria, electoral o de algun candidato en particular, asi como esta prohibido tambien, el uso de los locales y recursos materiales asignados para estos fines. Articulo 5º.- El uso del correo electronico institucional excluye su utilizacion para toda forma de propaganda politica o de los candidatos que participan en los procesos electorales, sea a favor o en contra de los mismos. La recepcion de comunicaciones en el correo electronico institucional con contenidos politicos o electorales debera ser informada, bajo responsabilidad. Articulo 6º.- Se recuerda al personal de la SUNARP, que es deber de todos los miembros de la institucion, respetar y cumplir con la Constitucion, leyes y reglamentos que regulan su actividad, en el MORDAZA de una etica institucional, ajena a cualquier condicionamiento politico, social, partidario o electoral. Articulo 7º.- En caso de incumplimiento o violacion de cualquiera de estas normas, se puede determinar la aplicacion de una sancion escrita, siendo aplicable lo senalado en el Titulo IV, sobre sanciones del Codigo de Etica de la SUNARP, sin perjuicio de las demas que determine la ley. Articulo 8º.- Las Zonas Registrales y el Registro Predial MORDAZA en sus respectivos ambitos de competencia, adoptaran las medidas que MORDAZA necesarias para el cumplimiento de las normas establecidas en esta Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA UGAZ Superintendente Nacional 18513

Expresan reconocimiento a registradores publicos seleccionados para participar en el 2º Curso de Derecho Registral, a realizarse en Espana
RESOLUCION DEL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS Nº 478 -2002-SUNARP/SN MORDAZA, 17 de octubre de 2002 CONSIDERANDO: Que, la SUNARP, en virtud de las coordinaciones efectuadas en su oportunidad con el Colegio de Registradores de la Propiedad y Mercantiles de Espana, publico en el Diario Oficial El Peruano, la convocatoria para becas en Espana, llamando a concurso para la preseleccion de candidatos a un curso de formacion en Derecho Registral, a realizarse en MORDAZA en el proximo mes de noviembre;

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