Norma Legal Oficial del día 21 de octubre del año 2002 (21/10/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, lunes 21 de octubre de 2002

Visto el Oficio OFICE Nº 1624-02 cursado por el Director General de la Oficina de Financiamiento, Inversiones y de Cooperacion Externa del Ministerio de Salud; De conformidad con lo previsto en el Articulo 3º de la Ley Nº 27594 y el Articulo 77º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; Con la opinion favorable de la Oficina General de Asesoria Juridica y la Oficina Ejecutiva de Personal; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Designar, en el cargo de Director Ejecutivo de Promocion, Integracion y Programacion de la Oficina de Financiamiento, Inversiones y de Cooperacion Externa del Ministerio de Salud, Nivel F-4, al doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA QUIROZ. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CARBONE MORDAZA Ministro de Salud 18598

d) En la MORDAZA 7.32 Seguro US$ . MORDAZA de Seguro, del Ejemplar A, se consigna como MORDAZA de Seguro el codigo 9, correspondiente a CETICOS 2. La presente MORDAZA empieza a regir a partir del 28.OCT.2002. Atentamente, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Intendente Nacional de Tecnica Aduanera 18524

INSTITUTO NACIONAL DE CULTURA
Aprueban plano perimetrico de la MORDAZA arqueologica MORDAZA MORDAZA Grau, ubicada en el distrito de San MORDAZA, provincia de MORDAZA
RESOLUCION DIRECTORAL NACIONAL Nº 493/INC MORDAZA, 31 de MORDAZA de 2002 VISTO, el Acuerdo Nº 158, tomado por la Comision Nacional Tecnica de Arqueologia, en su Sesion Nº 08, de fecha 5 de MORDAZA de 2002; y, CONSIDERANDO: Que el Instituto Nacional de Cultura es un Organismo Publico Descentralizado dependiente del Ministerio de Educacion, con personeria juridica de derecho publico interno, responsable de la promocion y desarrollo de las manifestaciones culturales del MORDAZA y de la conservacion del Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, el articulo 6º de la Ley Nº 24047, "Ley General de MORDAZA al Patrimonio Cultural de la Nacion", encarga al Instituto Nacional de Cultura la funcion de proteger y declarar Patrimonio Cultural arqueologico, historico y artistico, asi como las manifestaciones culturales, orales y tradicionales del pais; Que, mediante el Acuerdo Nº 158, de fecha 5 de MORDAZA de 2002, la Comision Nacional Tecnica de Arqueologia recomienda a la Direccion Nacional del Instituto Nacional de Cultura se apruebe el Plano Perimetrico de la MORDAZA Arqueologica MORDAZA MORDAZA Grau, Lamina I/I, de fecha 27 de febrero de 2002, a escala 1/500, con un area de 5626.48 metros cuadrados y un perimetro de 314.05 metros lineales, ubicada en el distrito de San MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, con su respectiva Ficha Tecnica y Memoria Descriptiva; Con las visaciones de la Direccion General de Patrimonio Arqueologico, la Direccion Ejecutiva y la Gerencia Legal; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 24047, "Ley General de MORDAZA al Patrimonio Cultural de la Nacion", Decreto Supremo Nº 027-2001-ED, que aprueba el "Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Cultura" y la Resolucion Suprema Nº 0042000-ED que aprueba el Reglamento de Investigaciones Arqueologicas; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar el Plano Perimetrico de la MORDAZA Arqueologica MORDAZA MORDAZA Grau, Lamina I/I, de fecha 27 de febrero de 2002, a escala 1/500, con un area de 5626.48 metros cuadrados y un perimetro de 314.05 metros lineales, ubicada en el distrito de San MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, con su respectiva Ficha Tecnica y Memoria Descriptiva. Articulo 2º.- Disponer la inscripcion en Registros Publicos y en el Sistema de Informacion Nacional de los

ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS ADUANAS
Aprueban Circular relativa al llenado de la Declaracion Unica de Aduanas de vehiculos usados ingresados por los CETICOS
CIRCULAR Nº INTA-CR-71-2002 Callao, 4 de octubre de 2002 Senor Intendente de Aduana Presente.ASUNTO : Declaracion Unica de Aduanas (DUA) REF. : Instructivos INTA-IT.00.04, INTAIT.01.08 y Circular Nº INTA-CR-60-2002 Mediante la CIRCULAR-INTA-CR-60-2002, se dictaron precisiones a los Instructivos de Trabajo sobre Informe de Verificacion y Valoracion de Vehiculos Usados, siendo necesario ampliar dichas precisiones para el llenado de la DUA y estando a la delegacion de facultades conferidas por la Resolucion de Superintendencia de Aduanas Nº 001323 del 16.DIC.1999 y la Resolucion de Superintendencia Ejecutiva de Aduanas Nº 000017-2002/SUNAT del 30.SET.2002, se hace de conocimiento que: 1. Para efectos del llenado de la Declaracion Unica de Aduanas de los vehiculos usados, ingresados por los CETICOS; debera tenerse en cuenta al momento de declarar el flete, seguro y MORDAZA de embarque lo siguiente: a) En la MORDAZA 5.8 MORDAZA Embarque, del Ejemplar B, se consigna el codigo 1B correspondiente a Zonas Francas del Peru b) En la MORDAZA 8.3.1 Gastos de Transporte desde el lugar de embarque hasta el lugar de importacion, del Ejemplar B, y en la MORDAZA 7.31 del Ejemplar A, se consigna el importe pagado o por pagar por concepto de traslado del CETICOS, donde fue reparado o reacondicionado el vehiculo, hasta la Aduana de nacionalizacion, de no haberse incurrido en este concepto se consigna US$ 1,00 c) En la MORDAZA 8.4 Total Gastos de Seguro, del Ejemplar B, se consigna el importe pagado o por pagar por concepto de seguro por el traslado del CETICOS, donde fue reparado o reacondicionado el vehiculo, hasta la Aduana de nacionalizacion, de no haberse incurrido en este concepto se consigna US$ 1,00

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