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Pág. 231743 NORMAS LEGALES Lima, lunes 21 de octubre de 2002 Nº Registro Código de Memoria Fabricante País 03 A0004306 V8M100000601-02(M0) Bally Gaming & EE.UU. Systems 04 A0004307 V8M400000601-02(M1) Bally Gaming & EE.UU. Systems 05 A0004308 V8M0057C1501-11 (CD/ROM) Bally Gaming & EE.UU. Systems 06 A0004309 V8M0023E1501-10 (CD/ROM) Bally Gaming & EE.UU. Systems Regístrese, comuníquese y publíquese. MIGUEL ANT ONIO ZAMORA S . Director Nacional de Turismo 18529 Modifican artículo de resolución que autorizó a Inversiones La Rioja S.A. la explotación de juegos de casino en la provincia de Lima RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 200-2002-MINCETUR/VMT/DNT Lima, 11 de octubre del 2002 Vistos, el Expediente Nº 000389-2002-MINCETUR, presentado por la Empresa INVERSIONES LA RIOJA S.A., en el que solicita la modificación de la resolu- ción de Autorización Expresa para la explotación de juegos de casino en las instalaciones del Hotel 5 Es- trellas: "Lima Marriot Hotel & Stellaris Casino", ubica- do en la Av. Malecón de la Reserva Nº 615, distrito de Miraflores, provincia y departamento de Lima, y el Informe Legal Nº 056-2002-MITINCI/VMT/DNT/DE- JCMT/DAR-APD; CONSIDERANDO: Que, mediante el artículo 2º de la Resolución Directo- ral Nº 309-2000-MITINCI/VMT/DNT, se autorizó a la refe- rida empresa la explotación de un número determinado de modalidades de juego de casino y mesas de juego en el establecimiento antes mencionado; Que, mediante el Expediente Nº 000389-2002-MIN- CETUR, solicita el retiro de la mesa de juego de casino de la modalidad de Punto y Banca y el incremento de dos (2) mesas de juegos de casino de la modalidad de Midi Punto y Banca; Que, la documentación e información requerida para efectuar retiros e incrementos de mesas de jue- go y de modalidades de juego de casino se encuentra establecida en el artículo 25º del Reglamento para la explotación de máquinas tragamonedas aprobado mediante Decreto Supremo Nº 001-2000-ITINCI y en el Procedimiento Nº 20 del Decreto Supremo Nº 009- 2002-ITINCI; Que, de la evaluación de la documentación e informa- ción presentada por la solicitante, se advierte que ha cum- plido las disposiciones legales aplicables para aprobar su solicitud; De conformidad con la Ley Nº 27153 y los Decretos Supremos Nºs. 001-2000-ITINCI y 009-2002-ITINCI, es- tando a lo opinado mediante Informe Legal Nº 055-2002- MINCETUR/VMT/DNT/DEJCMT/DAR-APD; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modifíquese el artículo 2º de la Resolu- ción Directoral Nº 309-2000-MITINCI/VMT/DNT, el mis- mo que quedará redactado con el siguiente texto: "Artículo 2º.- La presente autorización faculta a la Em- presa Inversiones La Rioja S.A. a explotar dieciocho (18) mesas de juego según el siguiente detalle:Nº de Nombre del Juego de Casino Nº de Mesas Registro Autorizadas JC0001 Black Jack 08 JC0002 Ruleta Francesa 04 JC0006 Mini Punto y Banca 01 JC0006 Midi Punto y Banca 02 JC0007 Craps 01 JC0011 Caribbean Stud Póker 02 Total de Mesas Autorizadas 18 Artículo 2º.- La presente resolución entrará en vigen- cia al día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese MIGUEL ANT ONIO ZAMORA S . Director Nacional de Turismo 18530 MIMDES Establecen conformación del Directo- rio del PRONAA DECRETO SUPREMO Nº 011-2002-MIMDES EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, en aplicación de lo dispuesto por el Decreto Su- premo Nº 020-92-PCM y su Reglamento de Organiza- ción y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 010- 2001-PROMUDEH, el Programa Nacional de Asistencia Alimentaria - PRONAA es un organismo, con autonomía económica, técnica, financiera y administrativa, el cual tiene por finalidad contribuir a elevar el nivel alimentario y nutricional de la población en extrema pobreza y gru- pos vulnerables, a través de acciones de apoyo y seguri- dad alimentaria, con el propósito de coadyuvar al logro de la seguridad alimentaria integral en el país, así como a los damnificados por situaciones de emergencia tem- poral; Que, el Artículo 10º de la Ley Nº 27793 - Ley de Orga- nización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desa- rrollo Social - MIMDES, establece que el Programa Na- cional de Asistencia Alimentaria - PRONAA, es un Orga- nismo Público Descentralizado del Sector Mujer y Desa- rrollo Social; Que, por Decreto Supremo Nº 008-2002-MIMDES, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, el cual en su Primera Disposición Complementaria declaró en proce- so de reorganización a dicho Sector, el cual culminará en un plazo de 120 días útiles; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 591-2002- MIMDES se ha declarado en reorganización al PRONAA, por el plazo de noventa (90) días hábiles contados a par- tir de la fecha de publicación de dicho dispositivo, con la finalidad de formular una estrategia integral para su trans- formación en un sistema de seguridad alimentaria, sus- tentado en mecanismos de gestión descentralizada, par- ticipativa, transparente, neutral y eficaz; Que, mediante Decreto Supremo Nº 034-2002-PCM se constituyó el Directorio del PRONAA, cuya conforma- ción resulta necesario ampliar; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Le- gislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, Ley Nº 27658 - Ley de Modernización de la Gestión del Estado, Ley Nº 27793 - Ley de Organización y Funciones del MIMDES, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 008- 2002-MIMDES; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;