Norma Legal Oficial del día 21 de octubre del año 2002 (21/10/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

MORDAZA, lunes 21 de octubre de 2002

NORMAS LEGALES

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VISTO, el Acuerdo Nº 193, tomado por la Comision Nacional Tecnica de Arqueologia, en su Sesion Nº 9, de fecha 22 de MORDAZA de 2002; y, CONSIDERANDO: Que el Instituto Nacional de Cultura es un Organismo Publico Descentralizado dependiente del Ministerio de Educacion, con personeria juridica de derecho publico interno, responsable de la promocion y desarrollo de las manifestaciones culturales del MORDAZA y de la conservacion del Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, el articulo 6º de la Ley Nº 24047, "Ley General de MORDAZA al Patrimonio Cultural de la Nacion", encarga al Instituto Nacional de Cultura la funcion de proteger y declarar Patrimonio Cultural arqueologico, historico y artistico, asi como las manifestaciones culturales, orales y tradicionales del pais; Que, mediante el Acuerdo Nº 193, de fecha 22 de MORDAZA de 2002, la Comision Nacional Tecnica de Arqueologia recomienda a la Direccion Nacional del Instituto Nacional de Cultura la aprobacion del Plano Perimetrico - Area Remanente de la MORDAZA Arqueologica Cajamarquilla, Nº 061INC-COFOPRI-2001, de fecha agosto de 2001, a escala 1/2000, con un area de 1386075.28 metros cuadrados y un perimetro de 5411.73 metros lineales, ubicado en el distrito de Lurigancho, provincia y departamento de MORDAZA, con su respectiva Ficha Tecnica y Memoria Descriptiva; Con las visaciones de la Direccion General de Patrimonio Arqueologico, la Direccion Ejecutiva y la Gerencia Legal; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 24047, "Ley General de MORDAZA al Patrimonio Cultural de la Nacion", Decreto Supremo Nº 027-2001-ED, que aprueba el "Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Cultura" y la Resolucion Suprema Nº 0042000-ED que aprueba el Reglamento de Investigaciones Arqueologicas; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar el Plano Perimetrico - Area Remanente de la MORDAZA Arqueologica Cajamarquilla, Nº 061INC-COFOPRI-2001, de fecha agosto de 2001, a escala 1/2000, con un area de 1386075.28 metros cuadrados y un perimetro de 5411.73 metros lineales, ubicado en el distrito de Lurigancho, provincia y departamento de MORDAZA, con su respectiva Ficha Tecnica y Memoria Descriptiva. Articulo 2º.- Disponer la inscripcion en Registros Publicos y en el Sistema de Informacion Nacional de los Bienes de Propiedad Estatal (SINABIP) la condicion de Patrimonio Cultural de la Nacion de la MORDAZA Arqueologica mencionada en el articulo 1º de la presente Resolucion. Articulo 3º.- Cualquier proyecto de obra nueva, caminos, carreteras, MORDAZA, denuncios mineros o agropecuarios, obras habitacionales y otros que pudiese afectar o alterar el paisaje de la MORDAZA Arqueologica declarada "Patrimonio Cultural de la Nacion", debera contar con la aprobacion del Instituto Nacional de Cultura. Articulo 4º.- Transcribase la presente Resolucion a COFOPRI, Municipalidad Distrital y Provincial, autoridades politicas y civiles correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Directora Nacional 18572

VISTO, el Acuerdo Nº 249, tomado por la Comision Nacional Tecnica de Arqueologia, en su Sesion Nº 12, de fecha 27 de MORDAZA de 2002; y, CONSIDERANDO: Que el Instituto Nacional de Cultura es un Organismo Publico Descentralizado dependiente del Ministerio de Educacion, con personeria juridica de derecho publico interno, responsable de la promocion y desarrollo de las manifestaciones culturales del MORDAZA y de la conservacion del Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, el articulo 6º de la Ley Nº 24047, "Ley General de MORDAZA al Patrimonio Cultural de la Nacion", encarga al Instituto Nacional de Cultura la funcion de proteger y declarar Patrimonio Cultural arqueologico, historico y artistico, asi como las manifestaciones culturales, orales y tradicionales del pais; Que, mediante el Acuerdo Nº 249, de fecha 27 de MORDAZA de 2002, la Comision Nacional Tecnica de Arqueologia recomienda a la Direccion Nacional del Instituto Nacional de Cultura la aprobacion de los siguientes Planos de Delimitacion: - Plano Perimetrico del Sitio Arqueologico Los Jazmines, Nº 0009-INC-COFOPRI-2002, de fecha MORDAZA de 2002, con un area de 17,125.80 metros cuadrados y un perimetro de 540.50 metros lineales, a escala 1/1000, ubicado en el distrito de San MORDAZA de Porres, provincia y departamento de Lima. - Plano Perimetrico de la MORDAZA Arqueologica Mangomarca - Sector C, Nº 0011-INC-COFOPRI-2002, de fecha 2 de MORDAZA de 2002, con un area de 21,015.96 metros cuadrados y un perimetro de 610.94 metros lineales, a escala 1/500, ubicado en el distrito de San MORDAZA de Lurigancho, provincia y departamento de Lima. Con las visaciones de la Direccion General de Patrimonio Arqueologico, la Direccion Ejecutiva y la Gerencia Legal; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 24047, "Ley General de MORDAZA al Patrimonio Cultural de la Nacion", Decreto Supremo Nº 027-2001-ED, que aprueba el "Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Cultura" y la Resolucion Suprema Nº 0042000-ED que aprueba el Reglamento de Investigaciones Arqueologicas; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar los siguientes Planos: - Plano Perimetrico del Sitio Arqueologico Los Jazmines, Nº 0009-INC-COFOPRI-2002, de fecha MORDAZA de 2002, con un area de 17,125.80 metros cuadrados y un perimetro de 540.50 metros lineales, a escala 1/1000, ubicado en el distrito de San MORDAZA de Porres, provincia y departamento de Lima. - Plano Perimetrico de la MORDAZA Arqueologica Mangomarca - Sector C, Nº 0011-INC-COFOPRI-2002, de fecha 2 de MORDAZA de 2002, con un area de 21,015.96 metros cuadrados y un perimetro de 610.94 metros lineales, a escala 1/500, ubicado en el distrito de San MORDAZA de Lurigancho, provincia y departamento de Lima. Articulo 2º.- Disponer la inscripcion en Registros Publicos y en el Sistema de Informacion Nacional de los Bienes de Propiedad Estatal (SINABIP) la condicion de Patrimonio Cultural de la Nacion de las dos (02) Zonas y un (01) Sitio Arqueologico mencionados en el Articulo 1º de la presente Resolucion. Articulo 3º.- Cualquier proyecto de obra nueva, caminos, carreteras, MORDAZA, denuncios mineros o agropecuarios, obras habitacionales y otros que pudiese afectar o alterar el paisaje de las dos (02) Zonas y un (01) Sitio Arqueologico declarados "Patrimonio Cultural de la Nacion", debera contar con la aprobacion del Instituto Nacional de Cultura.

Aprueban planos perimetricos de sitio y MORDAZA arqueologicas Los Jazmines y Mangomarca, ubicados en la provincia de MORDAZA
RESOLUCION DIRECTORAL NACIONAL Nº 724/INC MORDAZA, 1 de agosto de 2002

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