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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE ABRIL DEL AÑO 2003 (11/04/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 6

PÆg. 242504 NORMAS LEGALES Lima, viernes 11 de abril de 2003 AGRICULTURA Aprueban Reglamento de Altas, Bajas y Enajenaciones de los Bienes Patri- moniales de la Dirección Regional Agra- ria Lima - Callao y sus dependencias RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0285-2003-AG Lima, 25 de marzo de 2003 VISTO: El Oficio Nº 1224-2002-AG-DRA.LC.OA de fecha 3 de junio de 2002, emitido por la Dirección Regional Agra-ria Lima Callao, solicitando la aprobación del Reglamen-to de Altas, Bajas y Enajenaciones de los Bienes Patri- moniales de la Dirección Regional Agraria Lima-Callao (DRA LIMA-CALLAO) y sus dependencias; y, CONSIDERANDO: Que, el Artículo 125º del Reglamento General de Pro- cedimientos Administrativos de los Bienes de PropiedadEstatal, aprobado por el Decreto Supremo Nº 154-2001-EF, preceptúa que cada entidad estatal deberá elaborar un Reglamento de Altas, Bajas y Enajenaciones en con- cordancia con las disposiciones vigentes sobre la mate-ria; y de acuerdo, a lo dispuesto en la Resolución deSuperintendencia Nº 031-2002/SBN, que aprueba la Di-rectiva Nº 009-2002/SBN que regula el "Procedimientopara donación de bienes muebles del Estado y para la aceptación de la donación de bienes muebles a favor del Estado"; su cumplimiento es obligatorio y de alcancenacional por todas las entidades públicas, salvo disposi-ción legal en contrario; Que, el indicado Reglamento contempla la creación del Comité de Altas, Bajas y Enajenaciones como órga- no responsable de evaluar las solicitudes de altas y ba- jas de los bienes patrimoniales de las entidades públi-cas, así como organizar los actos de disposición de losbienes muebles de la entidad; Que, es necesario aprobar el Reglamento de Altas, Bajas y Enajenaciones de Bienes Muebles de la Direc- ción Regional Agraria Lima-Callao y sus dependencias, en su calidad de órgano desconcentrado y al formarparte de la Estructura Funcional Programática del PliegoPresupuestal correspondiente al Ministerio de Agricultu-ra; el mismo que contiene normas acorde con la nuevadisposición que procura una adecuada gestión adminis- trativa, y salvaguarda de los bienes muebles; Que, mediante Oficio Nº 3055-2002-AG-OGA-Nº 986- OL/UCP de fecha 10 de setiembre de 2002; la OficinaGeneral de Administración como órgano técnico emitióopinión respecto del contenido del Reglamento de Altas,Bajas y Enajenaciones de los Bienes Muebles de la Di- rección Regional Agraria Lima Callao (DRA LIMA-CA- LLAO) y sus dependencias; y mediante Oficio Nº 3340-2002-AG-OGA-1074-OL de fecha 3 de octubre de 2002,opina que mediante Resolución Ministerial Nº 0449-99-AG de fecha 1 de julio de 1999 se incorporó a la UnidadAgraria Departamental Lima-Callao constituyéndose como una Dirección Regional Agraria, en la Estructura Funcional Programática del Pliego 013: Ministerio deAgricultura, en virtud del Decreto Supremo Nº 017-2001-AG que aprobó el Reglamento de Organización y Fun-ciones del Ministerio; pasando con ello a formar parte delpliego presupuestal, por lo que le corresponde al Titular de dicho pliego aprobar el referido Reglamento; Que, mediante Informe Nº 857-2002-AG-OGAJ de fecha 29 de noviembre de 2002, la Oficina General deAsesoría Jurídica del Ministerio de Agricultura, opina quecomparte los fundamentos legales que amparan la opi-nión vertida por la Oficina General de Administración, los cuales se adecuan a la normativa e interpretación ade- cuada al respecto, siendo así la aprobación del Regla-mento de Altas, Bajas y Enajenaciones de la DirecciónRegional Agraria Lima Callao-DRA LIMA-CALLAO, de-berá ser mediante Resolución Ministerial; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Su- premo Nºs 154-2001-EF, y las atribuciones concedidas en el Decreto Supremo Nº 017-2001-AG;SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el Reglamento de Altas, Bajas y Enajenaciones de los Bienes Patrimoniales de la Di- rección Regional Agraria Lima-Callao (DRA LIMA-CA- LLAO) y sus dependencias, que consta de 3 Títulos,127 Artículos, 4 Disposiciones Complementarias y 2 Dis-posiciones Transitorias, el mismo que forma parte inte-grante de la presente Resolución. Artículo 2º .- Encargar a la Oficina de Administración de la Dirección Regional Agraria Lima Callao, la difusión, implementación y cumplimiento del presente Reglamen-to. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALVARO QUIJANDRÍA SALMÓN Ministro de Agricultura 06997 Aceptan donación de tractores a favor de la Estación Experimental Donoso -Centro de Investigación y CapacitaciónKiyotada Miyagawa del INIA RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0336-2003-AG Lima, 10 de abril de 2003 CONSIDERANDO: Que, la Agencia de Cooperación Internacional del Japón - JICA, mediante Carta Nº JP-D-2002/015 de fe- cha 25 de febrero de 2003, manifiesta que el Gobierno del Japón a través de la Agencia a su cargo ha decididodonar a la Estación Experimental Donoso - Centro deInvestigación y Capacitación Kiyotada Miyagawa del Ins-tituto Nacional de Investigación Agraria - INIA, del Minis-terio de Agricultura dos (2) Tractores con las descripcio- nes siguientes: Tractor Agrícola Massey Ferguson, mo- delo 292/4, serie 2924128569, Motor SD8904B639606H,Conocimiento de Embarque Nº FGA007152 de fecha 10de enero de 2003 y detallado en la Factura Nº 903075 defecha 28 de diciembre de 2002 por un valor CIF de US$17,649.00 dólares americanos y el Tractor Agrícola Mas- sey Ferguson, modelo 275/4, serie 2754128809, Motor SC8B08B639534H, Conocimiento de Embarque NºFGA007190 de fecha 21 de enero de 2003 y detalladoen la Factura Nº 903076 de fecha 17 de enero de 2003por un valor CIF de US$ 15,854.00 dólares americanos,provenientes del puerto de embarque Río Grande, Bra- sil y puerto de desembarque Lima, Callao; Que, con fecha 7 de marzo de 2003, el Jefe del Institu- to Nacional de Investigación Agraria - INIA, expide laResolución Jefatural Nº 062-2003-INIA, a efectos de serpresentada ante la Agencia de Aduanas correspondien-te, con el objeto de que le permita el retiro de los dos tractores agrícolas descritos en el considerando prece- dente, donados por el Gobierno de Japón a través de laAgencia de Cooperación Internacional del Japón - JICAa favor de la Estación Experimental "Donoso" - Centrode Investigación y Capacitación Kiyotada Miyagawa delInstituto Nacional de Investigación Agraria - INIA, en el marco del Acuerdo Básico sobre Cooperación Técnica Peruano - Japonés, suscrito el 20 de agosto de 1979; Que, el artículo 172º del Reglamento General de Pro- cedimientos Administrativos de los Bienes de PropiedadEstatal, aprobado por Decreto Supremo Nº 154-2001-EF, establece que las donaciones provenientes del exte- rior, serán aceptadas mediante Resolución Ministerial del Sector al que corresponde el destino de los bienesmuebles; Que, por el artículo 17º del Decreto Ley Nº 25902, Ley Orgánica del Ministerio de Agricultura, se creó entreotros, el Instituto Nacional de Investigación Agraria - INIA, como un Organismo Público Descentralizado del Minis- terio de Agricultura con personería jurídica de derechopúblico interno, con autonomía técnica, administrativa,económica y financiera; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 7º del Decreto Ley Nº 25902 - Ley Orgánica del Ministerio de Agri- cultura y el artículo 172º del Reglamento General de Proce-