Norma Legal Oficial del día 29 de abril del año 2003 (29/04/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, martes 29 de MORDAZA de 2003

situacion de urgencia o hasta que se otorgue la Buena Pro, esbozados en los informes emitidos por la Oficina de Administracion y de Asesoria Juridica, a fin de que la ciudadania no se vea perjudicada por la falta de los bienes y servicios MORDAZA senalados, que atentaria contra la salud publica; Estando a lo expuesto y a lo dispuesto en el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento aprobados por D.S. Nº 012-2001-PCM y el D.S. Nº 013-2001-PCM respectivamente y en uso de las facultades que le confiere la Ley 23853 Organica de Municipalidades, por MORDAZA unanime y con dispensa de tramite de aprobacion de acta: ACUERDA: 1º.- Declarar en Situacion de Urgencia la contratacion del suministro de combustibles y lubricantes para los vehiculos de la Municipalidad, asi como la contratacion del servicio de Disposicion Final de los Residuos Solidos. 2º.- Exonerar los Procesos de Seleccion en la contratacion del Suministro de los combustibles con un monto referencial de S/. 136,845.60 Nuevos Soles y el servicio de Disposicion Final de los Residuos Solidos con un monto referencial de S/. 34,181.76 Nuevos Soles; en ambos, por la Fuente de Financiamiento: Recursos Directamente Recaudados y con un plazo de 60 dias o hasta que se otorgue la Buena Pro. 3º.- Encargar a la Oficina de Administracion para que a traves del Comite Especial Permanente proceda a contratar los suministros y servicios senalados en el numeral precedente via Adjudicacion de Menor Cuantia. 4º.- La Secretaria General del Concejo, dispondra la publicacion de este acuerdo en el Diario Oficial El Peruano, debiendo hacerlo de conocimiento a la Contraloria General de la Republica, conforme a Ley. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA M. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 08167

Autorizan contratar suministro de recursos alimenticios para el Programa del Vaso de Leche mediante adjudicacion de menor cuantia
ACUERDO DE CONCEJO Nº 043-A-2003-SEGE-06-MDEA El MORDAZA, 11 de MORDAZA de 2003 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE EL MORDAZA VISTO.- En sesion extraordinaria de fecha 11 de MORDAZA de 2003, el informe legal Nº 224-2003-DAJ-MDEA y el informe tecnico Nº 072-2003-ADM/00-MDEA, y lo que dispone el Art. 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, en virtud del cual se solicita la expedicion del Acuerdo de Concejo que autorice la declaracion de situacion de urgencia (ampliacion) para la adquisicion de los recursos alimenticios para el programa del vaso de leche; CONSIDERANDO: Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 007-A-2003SEGE-06-MDEA del 11-1-2003 se declaro en urgencia por el plazo de 90 dias el suministro de los recursos alimenticios para el programa del vaso de leche, permitiendo convocar a adjudicacion de menor cuantia que permitio cubrir con el recurso alimenticio desde la semana 4 hasta la semana 14, segun contrato suscrito con las empresas a quien se le otorgo la buena pro; Que, el MORDAZA de la licitacion publica nacional Nº 0001-2003-CE-MDEA para la adquisicion de los insumos para el PVL se encuentra en pleno MORDAZA de convocatoria, tal es asi que de acuerdo al calendario establecido

originalmente el Comite Especial al haber recibido la observacion a las bases por la Empresa Proansa (Procesos Andinos S.A.) al observar los valores nutricionales minimos establecidos por el Instituto Nacional de Salud segun lo dispuesto por la Ley Nº 27470 y la Ley Nº 27712, ha considerado conveniente solicitar se publique el 08-42003 un aviso de prorroga donde la nueva etapa de MORDAZA de propuestas aparece el 28-4-2003; Que, en relacion con el parrafo precedente y en el plazo de los 90 dias otorgados en el primer Acuerdo de Concejo de la urgencia vence el 13-4-2003 y estando por concluir la semana 14 es que la Oficina del Vaso de Leche con informe Nº 114-2003-PMVL-MDEA del 7-4-2003 solicitan la adquisicion complementaria para cubrir las semanas 15, 16 y 17 del cronograma, llegando a emitirse las Resoluciones de Alcaldia Nºs. 131 y 132-2003-A-SEGE-02-MDEA respectivamente el 9-4-2003 de conformidad con el Art. 141º del Reglamento de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; actos estos mientras se autoriza ampliar la situacion de urgencia por el Concejo Municipal por un periodo de 60 dias o hasta que se otorgue la buena pro; Que, el suministro de los recursos alimenticios para el PVL se encuentra comprendido en el Plan Anual de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado mediante la Resolucion de Alcaldia Nº 037-A-2003-SEGE02-MDEA del 10-1-2003 y en el Presupuesto Institucional de Apertura aprobado mediante el Acuerdo de Concejo Nº 051-2002-A-SEGE-06-MDEA el 16-12-2002; Que, el Art. 21º del TUO de la Ley Nº 26850 establece que se considera situacion de urgencia cuando la ausencia extraordinaria e imprevisible de determinado bien o servicio compromete en forma directa e inminente la continuidad de los servicios esenciales u operaciones productivas que la entidad tiene a su cargo; Que, en el presente caso, la situacion de urgencia si se habria producido, pues de no contar con el suministro y en tanto se lleva a cabo la licitacion publica se comprometeria directa e inminentemente su continuidad para atender a 44,000 beneficiarios empadronados en el distrito que donde diariamente reciben su racion con el valor nutricional minimo y que su paralizacion acarrearia un malestar general con la salud de los beneficiarios, la Organizacion Distrital del Programa del Vaso de Leche e incluso iria contra las funciones propias de la entidad y los fines establecidas por las Leyes Nº 27470 Normas complementarias para la ejecucion del PVL y su modificatoria Ley Nº 27712; Que, de acuerdo al memorandum de la Oficina del Vaso de Leche el suministro de los insumos para el PVL: enriquecido lacteo, leche evaporada entera, hojuela de quinua MORDAZA y el azucar rubia totalizan un monto referencial de S/. 778,551 nuevos soles a afectarse a la fuente de financiamiento: donaciones y transferencias, el cual le corresponderia convocar una licitacion publica y que por urgencia se exoneraria del MORDAZA convocandose una adjudicacion de menor cuantia; Que, la Oficina de Administracion con informe Nº 0732003-ADM/00-MDEA senala la posibilidad de cancelacion o nulidad del MORDAZA de licitacion iniciado, teniendo en consideracion que la Empresa Proansa hace observaciones a las bases, senalando que se ha incumplido con el articulo 4.1 de la Ley Nº 27712 que dispone entre otras exigencias, que la racion alimenticia diaria, debe tener el valor nutricional minimo determinado por el Instituto Nacional de Salud INS, que en este caso dispone 207 calorias, situacion que ha sido ratificada por el Departamento Academico de Nutricion, Laboratorio de Evaluacion Nacional de Alimentos de la Universidad Nacional Agraria de La MORDAZA, con carta de fecha 31-3-2003, exigencia que no ha sido considerada en las bases, confirmandose de esta manera que lo licitado se encuentra por debajo del valor nutricional, recomendado por el Ministerio de Salud; Que, existiendo omision y observaciones que se deben tener en cuenta, situacion que ha puesto en tela juicio el MORDAZA de licitacion, es conveniente recomendar a traves de la Alcaldia que preside el Comite de Administracion del Vaso de Leche, tomar acciones correctivas, con el objeto de dar la transparencia necesaria que dicho MORDAZA licitario merece; De conformidad con los Arts. 19º, 20º y 21º del TUO de la Ley Nº 26850 Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y los Arts. 105º, 108º y 116º de su Reglamento, y a la facultad que le confiere la Ley Nº 23853 Organica de Municipalidades y demas normas

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