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PÆg. 243390 NORMAS LEGALES Lima, martes 29 de abril de 2003 situación de urgencia o hasta que se otorgue la Buena Pro, esbozados en los informes emitidos por la Oficina de Administración y de Asesoría Jurídica, a fin de que la ciudadanía no se vea perjudicada por la falta de los bie- nes y servicios antes señalados, que atentaría contra la salud pública; Estando a lo expuesto y a lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento aprobados por D.S. Nº 012-2001-PCM y el D.S. Nº 013-2001-PCM respectivamente y en uso de las facultades que le confiere la Ley 23853 Orgánica de Municipalidades, por voto unánime y con dispensa de trámite de aprobación de acta: ACUERDA:1º.- Declarar en Situación de Urgencia la contrata- ción del suministro de combustibles y lubricantes para los vehículos de la Municipalidad, así como la contrata- ción del servicio de Disposición Final de los Residuos Sólidos. 2º.- Exonerar los Procesos de Selección en la contratación del Suministro de los combustibles con un monto referencial de S/. 136,845.60 Nuevos Soles y el servicio de Disposición Final de los Residuos Sólidos con un monto referencial de S/. 34,181.76 Nuevos So- les; en ambos, por la Fuente de Financiamiento: Recur- sos Directamente Recaudados y con un plazo de 60 días o hasta que se otorgue la Buena Pro. 3º.- Encargar a la Oficina de Administración para que a través del Comité Especial Permanente proceda a con- tratar los suministros y servicios señalados en el nume- ral precedente vía Adjudicación de Menor Cuantía. 4º.- La Secretaría General del Concejo, dispondrá la publicación de este acuerdo en el Diario Oficial El Perua- no, debiendo hacerlo de conocimiento a la Contraloría General de la República, conforme a Ley. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.VÍCTOR M. SALCEDO RÍOS Alcalde 08167 Autorizan contratar suministro de recursos alimenticios para el Progra-ma del Vaso de Leche mediante adju-dicación de menor cuantía ACUERDO DE CONCEJO Nº 043-A-2003-SEGE-06-MDEA El Agustino, 11 de abril de 2003 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE EL AGUSTINO VISTO.- En sesión extraordinaria de fecha 11 de abril de 2003, el informe legal Nº 224-2003-DAJ-MDEA y el informe técnico Nº 072-2003-ADM/00-MDEA, y lo que dis- pone el Art. 20º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Esta- do, en virtud del cual se solicita la expedición del Acuerdo de Concejo que autorice la declaración de situación de urgencia (ampliación) para la adquisición de los recursos alimenticios para el programa del vaso de leche; CONSIDERANDO: Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 007-A-2003- SEGE-06-MDEA del 11-1-2003 se declaró en urgencia por el plazo de 90 días el suministro de los recursos alimenticios para el programa del vaso de leche, permi- tiendo convocar a adjudicación de menor cuantía que permitió cubrir con el recurso alimenticio desde la sema- na 4 hasta la semana 14, según contrato suscrito con las empresas a quien se le otorgó la buena pro; Que, el proceso de la licitación pública nacional Nº 0001-2003-CE-MDEA para la adquisición de los insumos para el PVL se encuentra en pleno proceso de convocato- ria, tal es así que de acuerdo al calendario establecidooriginalmente el Comité Especial al haber recibido la ob- servación a las bases por la Empresa Proansa (Proce- sos Andinos S.A.) al observar los valores nutricionales mínimos establecidos por el Instituto Nacional de Salud según lo dispuesto por la Ley Nº 27470 y la Ley Nº 27712, ha considerado conveniente solicitar se publique el 08-4- 2003 un aviso de prórroga donde la nueva etapa de pre- sentación de propuestas aparece el 28-4-2003; Que, en relación con el párrafo precedente y en el plazo de los 90 días otorgados en el primer Acuerdo de Concejo de la urgencia vence el 13-4-2003 y estando por concluir la semana 14 es que la Oficina del Vaso de Leche con informe Nº 114-2003-PMVL-MDEA del 7-4-2003 solicitan la adquisi- ción complementaria para cubrir las semanas 15, 16 y 17 del cronograma, llegando a emitirse las Resoluciones de Alcaldía Nºs. 131 y 132-2003-A-SEGE-02-MDEA respecti- vamente el 9-4-2003 de conformidad con el Art. 141º del Reglamento de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; actos éstos mientras se autoriza ampliar la situación de urgencia por el Concejo Municipal por un período de 60 días o hasta que se otorgue la buena pro; Que, el suministro de los recursos alimenticios para el PVL se encuentra comprendido en el Plan Anual de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado me- diante la Resolución de Alcaldía Nº 037-A-2003-SEGE- 02-MDEA del 10-1-2003 y en el Presupuesto Institucio- nal de Apertura aprobado mediante el Acuerdo de Con- cejo Nº 051-2002-A-SEGE-06-MDEA el 16-12-2002; Que, el Art. 21º del TUO de la Ley Nº 26850 estable- ce que se considera situación de urgencia cuando la ausencia extraordinaria e imprevisible de determinado bien o servicio compromete en forma directa e inminente la continuidad de los servicios esenciales u operaciones productivas que la entidad tiene a su cargo; Que, en el presente caso, la situación de urgencia sí se habría producido, pues de no contar con el suminis- tro y en tanto se lleva a cabo la licitación pública se comprometería directa e inminentemente su continuidad para atender a 44,000 beneficiarios empadronados en el distrito que donde diariamente reciben su ración con el valor nutricional mínimo y que su paralización acarrearía un malestar general con la salud de los beneficiarios, la Organización Distrital del Programa del Vaso de Leche e incluso iría contra las funciones propias de la entidad y los fines establecidas por las Leyes Nº 27470 Normas complementarias para la ejecución del PVL y su modifi- catoria Ley Nº 27712; Que, de acuerdo al memorándum de la Oficina del Vaso de Leche el suministro de los insumos para el PVL: enriquecido lácteo, leche evaporada entera, hojuela de quinua avena y el azúcar rubia totalizan un monto refe- rencial de S/. 778,551 nuevos soles a afectarse a la fuente de financiamiento: donaciones y transferencias, el cual le correspondería convocar una licitación pública y que por urgencia se exoneraría del proceso convo- cándose una adjudicación de menor cuantía; Que, la Oficina de Administración con informe Nº 073- 2003-ADM/00-MDEA señala la posibilidad de cancelación o nulidad del proceso de licitación iniciado, teniendo en consideración que la Empresa Proansa hace observa- ciones a las bases, señalando que se ha incumplido con el artículo 4.1 de la Ley Nº 27712 que dispone entre otras exigencias, que la ración alimenticia diaria, debe tener el valor nutricional mínimo determinado por el Instituto Nacio- nal de Salud INS, que en este caso dispone 207 calorías, situación que ha sido ratificada por el Departamento Aca- démico de Nutrición, Laboratorio de Evaluación Nacional de Alimentos de la Universidad Nacional Agraria de La Molina, con carta de fecha 31-3-2003, exigencia que no ha sido considerada en las bases, confirmándose de esta manera que lo licitado se encuentra por debajo del valor nutricional, recomendado por el Ministerio de Salud; Que, existiendo omisión y observaciones que se de- ben tener en cuenta, situación que ha puesto en tela juicio el proceso de licitación, es conveniente recomen- dar a través de la Alcaldía que preside el Comité de Administración del Vaso de Leche, tomar acciones co- rrectivas, con el objeto de dar la transparencia necesa- ria que dicho proceso licitario merece; De conformidad con los Arts. 19º, 20º y 21º del TUO de la Ley Nº 26850 Ley de Contrataciones y Adquisicio- nes del Estado y los Arts. 105º, 108º y 116º de su Reglamento, y a la facultad que le confiere la Ley Nº 23853 Orgánica de Municipalidades y demás normas